Gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios

AutorNoemí Pino Miklavec
CargoDoctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Páginas46-49
Recopilación mensual n. 77, Marzo 2018
46
Iberoamérica
Argentina
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 19 de marzo de 2018
Gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios
Autora: Noemí Pino Miklavec. Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y
Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina del 29/07/2002, número 29950, p. 1.
Temas Clave: Presupuestos mínimos de protección ambiental; Gestión integral de
residuos de origen industrial y de actividades de servicio; Procesos industriales o de
actividades de servicios; Niveles de riesgo; Generadores; Tecnologías; Registros;
Manifiesto; Transportistas; Plantas de tratamiento y disposición final; Responsabilidad civil;
Responsabilidad administrativa; Jurisdicción; Autoridad de aplicación
Resumen:
La Ley 25.612 creó un nuevo marco regulatorio de gestión integral de residuos industriales
y actividades de servicios, de manera similar al estructurado por la Ley 24.051, de Residuos
Peligrosos, pero con la intensión de sustituirlo por completo, siendo de aplicación en todo
el territorio nacional sin necesidad de normas provinciales de adhesión, pues se
autodenomina como ley de presupuestos mínimos. No obstante, la legislación provincial,
dictada en respuesta a la invitación de adhesión que formuló la antigua Ley 24.051, se
mantiene vigente, incluso, varias provincias con normas que evidencian la insuficiencia de
la Ley 25.612.
Comentario:
En esta oportunidad venimos a cumplir con el comentario de la Ley de presupuestos
mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y
de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional y sean
derivados de procesos industriales o de actividades de servicios, la Ley 25.612, sancionada
el 3 de julio de 2002, con el fin de sustituir el régimen de la anterior ley de residuos
peligrosos, la Ley 24.051, en adelante LRP.
Sin embargo, gracias al veto del Poder Ejecutivo a la Ley 25.612, mediante Decreto N°
1343/2002
81, la Ley 24.051, claramente mantiene en vigencia sus artículos 51 a 54, relativos
a la responsabilidad penal, siendo en lo formal derogada tácitamente en todo lo demás por
la ley que ahora proponemos analizar, puesto que más allá del veto a su artículo 60, la
intención del legislador era reemplazar la norma anterior. A pesar de ello, lo cierto es que
en los hechos el andamiaje normativo que gira en torno a la Ley 24.051, no ha podido ser
81 B.O. del 29/07/2002, número 29950, p. 3.

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