Gestación subrogada: un problema global. Situación en el marco de la Unión Europea, la Conferencia de Derecho internacional privado de La Haya, y el Comité de los Derechos del Niño

AutorHermida Bellot, Beatriz
CargoProfesora Colaboradora Doctora de Derecho Civil, Universidad CEU-Cardenal Herrera
Páginas1194-1230
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 767, págs. 1193 a 1229 1193
Gestación subrogada: un problema
global. Situación en el marco de la
Unión Europea, la Conferencia de
Derecho internacional privado de La
Haya, y el Comité de los Derechos
del Niño*
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Surrogacy: a global problem. Situation
within the framework of the European
Union, the Hague Conference on
Private International Law and the
Committee on the Rights of the Child
por
BEATRIZ HERMIDA BELLOT
Profesora Colaboradora Doctora de Derecho Civil, Universidad CEU-Cardenal Herrera
RESUMEN: Tras la aparición de la gestación subrogada como práctica trans-
nacional, las instituciones tanto comunitarias como de Derecho internacional
* Este artículo se enmarca dentro del proyecto de investigación del MINECO DER2013-
47866-C3-2-P.
Beatriz Hermida Bellot
1194 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 767, págs. 1193 a 1229
privado comienzan a cuestionarse los problemas que plantea su práctica a nivel
mundial, dando lugar a multitud de estudios generados por dichas instituciones
con la finalidad por un lado de plantearse su legalidad y por otro de dar solución
a los abusos que sobre las mujeres y los niños genera dicha práctica. Destacan
las aportaciones de la Conferencia de Derecho internacional privado de La Haya,
que viene realizando trabajos en orden a crear un convenio multilateral entre
estados que cree puentes entre ellos a los efectos de evitar los inconvenientes
que la gestación subrogada genera y, por otro lado, la implicación sobre la
materia que está asumiendo el Comité de los Derechos del Niño, que viene
instando a los estados a definir claramente su postura acerca de esta situación
y a tomar medidas para la protección de los menores nacidos a través de esta
práctica tratando de evitar el tráfico de niños como consecuencia de la misma.
ABSTRACT: Following the emergence of surrogacy as a transnational prac-
tice, both the European community and private international law institutions
begin to question the problems posed by its practice at the global level, result-
ing in a multitude of studies generated by these institutions for the purpose of
to consider their legality and on the other to solve the abuses that women and
children generate in this practice.
They emphasize the contributions of the Hague Conference of Private In-
ternational Law, which is carrying out work in order to create a multilateral
agreement between states that creates bridges between them in order to avoid
the inconveniences that the surrogacy generates and, on the other hand, the
involvement of the Committee on the Rights of the Child on the matter, which
urges states to clearly define their position on this situation and to take meas-
ures for the protection of children born through this practice by trying to avoid
Trafficking in children as a result of it.
PALABRAS CLAVE: Gestación subrogada. Maternidad subrogada. Ges-
tación por sustitución. Problema global. Turismo reproductivo. Derecho inter-
nacional público. Derecho internacional privado.
KEY WORDS: Surrogacy. Global problem. Reproductive tourism. Public
international law. Private international law.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. TRABAJOS EN EL MARCO DE
LA UNIÓN EUROPEA: 1. POSICIÓN DEL CONSEJO DE EUROPA. 2. POSICIÓN DE LA
COMISIÓN EUROPEA. 3. POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO. 4. A MODO DE CONCLU-
SIÓN.—III. TRABAJOS REALIZADOS POR LA CONFERENCIA DE DERE-
CHO INTERNACIONAL PRIVADO DE LA HAYA.—IV. POSTURA EN EL
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 767, págs. 1193 a 1229 1195
Gestación subrogada: un problema global
MARCO DE LA ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS: PRONUNCIA-
MIENTOS DEL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.—V. ANÁLISIS
DE LA SITUACIÓN EN ESPAÑA. PROBLEMAS QUE PLANTEA LA INS-
CRIPCIÓN DE LOS MENORES EN EL REGISTRO CIVIL ESPAÑOL: 1. RE-
GULACIÓN DE LA GESTACIÓN SUBROGADA EN ESPAÑA. 2. INSCRIPCIÓN DE LA FILIACIÓN:
POSTURAS ENCONTRADAS DEL TS Y DE LA DGRN.—CONCLUSIONES.—ÍNDICE
DE RESOLUCIONES.—BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
La aparición de las técnicas de reproducción asistida abrió, entre otras, la
posibilidad de que el embrión de una pareja estéril bien por razones naturales
(enfermedades o patologías) o de género (pareja de hombres que desean tener
descendencia) fuera gestado por una mujer ajena a ellos1 dando lugar a la
llamada gestación subrogada, gestación por encargo, gestación por sustitución,
entre otras denominaciones que se le han dado y que podemos definir como:
Forma de reproducción en virtud de la cual una persona —hombre o mu-
jer—, o una pareja, cualquiera que sea su condición sexual, —casados o no—
llamados padres intencionales, acuerdan con otra mujer, llamada madre gestante,
que esta, bien sometiéndose a alguna técnica de reproducción asistida, bien de
manera natural, se comprometa a fecundar (en el caso de gestación subrogada
natural) y gestar (o solo gestar en los casos de gestación por sustitución a través
de técnicas de reproducción asistida) el embrión que pertenecerá a los padres
intencionales según el acuerdo celebrado entre ambas partes, renunciando la
gestante en dicho acuerdo a la filiación que le correspondería en caso de no
haberse celebrado el contrato.
La generalización de esta práctica en aquellos países en los que la ausencia
de regulación produjo un vacío legal que permitió llevarla a cabo, en ocasiones
con escasa seguridad para las mujeres gestantes (ténganse en cuenta por ejem-
plo los casos de la India, Ucrania o Tailandia entre otros) o, en aquellos otros
que legislaron a favor de la misma (por ejemplo en algunos estados de Estados
Unidos), provocó que en los países en los que se prohibió dicha práctica, sirva
como ejemplo el nuestro (ex art. 10 Ley sobre técnicas de reproducción asistida
en un primer lugar y mismo artículo de la Ley sobre técnicas de reproducción
humana asistida posteriormente) sus ciudadanos acudieran a otros a practicar la
gestación subrogada dando lugar, así, al llamado «turismo reproductivo».
La aparición de este «turismo reproductivo» ha dado lugar a no pocos proble-
mas no solo legales sino también éticos y morales, llegando a plantearse la cuestión
de si estamos ante un supuesto de tráfico de niños pues a cambio de un precio
(llámese contraprestación o atribución de gastos razonables de gestación) una o
dos personas obtienen un recién nacido a cuya filiación renuncia la madre gestante.

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