Gestación subrogada: delimitación de su alcance actual y su urgente necesidad de regulación

AutorSilvia Ruiz Velasco
Páginas240-257
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GESTAC IÓN SU BROGADA: DELI MITACIÓN DE SU ALC ANCE AC TUAL
Y SU URGENTE NECESIDAD DE REGULACIÓN
SILVIA RUIZ VELASCO
Jurista y Traductora jurada de inglés.
Funcionaria de la Fiscalía General del Estado
1. APROXIMAC IÓN AL CON CEPTO DE GE STACIÓN S UBROGADA
1.1. Antec edentes histór icos
Desde tiempos inmemorables queda constancia de la práctica de la gestacn
subrogada. Ya en Escrituras Sagradas existen relatos en los que se manifiestan cómo
las g entes de entonces que no tenía n capac idad por sí de proporc ionar descendencia
se veían obligadas a recurrir a personas extramatrimoniales para reproducirse.
Se realizaba la fecundación natural de la donante, que a su vez era la gestante,
para dar sucesión a reyes y gara ntizar herederos. Desde el punto de vista legal, a
tales niños engendrados por mujeres ajenas al matrimonio se les consideraban hijos
de profeta s bíbli cos y de sus esposas l egítima s. Test imonio de ta l realidad es El na-
cimiento de Ismael cuyo tenor literal del pasaje bí blico reza c omo sigue:
«16.1 Sarai, la esposa de Abram no le había dado ningún hijo. Pero ella te-
nía una esclava egipcia llamada Agar. 2 Sara dijo a Abram: “Ya que el Señor me
impide ser ma dre, únete a mi escl ava. Tal vez por medio de ell a podré tener hi-
jos”. Y Abra m accedió a l deseo de Sarai».1 (Énfasis añadido)
En época fa raónica son muchos los fara ones egipcios qu e se servían de sus c ria-
das pa ra aseg urar una descendencia . Los hijos naci dos de concubinas se considera-
ban hijos del fa ra ón a todos l os efect os. No obsta nte, se veía n merma dos sus dere-
chos de ac ceso al trono y podían pretenderl o exclusivamente en def ecto de herederos
más legítimos. Claro relato ilustrativo de esta práctica es la del caso de la dinasa
Tutmosis2, plagada de prácticas de gestación subrogada a lo largo de todo su reina-
do en el que se engendr aron f ara ones por medio de esposas secundari as, hij os a los
que se les reconocí a los derechos de a cceso al trono .
1 «Libro sa grado de l os judíos, cr istianos y musu lmanes», Antiguo Testamento, La Biblia, Géne sis 16.
2 ROBINS, G. «Las mujeres en el Antiguo E gipto», Akal, Colección Universitaria; 1996, pá g. 48.
Gestac ión subroga da: delimit ación de su a lcance a ctual y su urgente necesida d de regula ción
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En las Antiguas Grecia y Roma t ambién existen testimonios de esta práctica.
Conocido es el relato de Estratónica, princesa del año ochenta antes de Jesucristo y
mujer de Deyotaro, rey de la Galacia región de la part e centra l de Asia menor,
que no pudo dar sucesión a su esposo, por lo que le persuadió por el interés del Esta-
do para que engendrara hijos con Electra, una sirvienta que Estratónica eligió, y
posteriorment e, adoptarlos y criarlos como si de Estratónica hubieren sido engen-
drados. 3
Desde entonces ha sta nuestra Edad Moderna , podemos, por tan to, confirma r sin
reparos la práctica de la gestación subrogada en su versión más histórica y rechazar
categóric amente la nota de modernidad de esta técnica, concebida ante la sociedad
moderna actua l como revolucionaria que rompe con todos los paradigma s pasados.
En la actualidad, las alternativas de que el ser humano dispone para ser padre
o madre son la reproducción humana por fecundación nat ural o por técnica s de re-
producción humana asistida (en adelante, «TRHA») y la adopción.
Por cuanto a las TRHA, ha de reconocerse la dificultad emocional y económica
que supone someterse a ellas para quienes se encuentran en c asos de infertilidad y
de riesgos en el embara zo, llegando a acontecer situaciones que suponen un verda-
dero peligro para la vida. Respecto de la a dopción, pese a que ac tualmente existen
más de 30 000 familia s españolas consideradas ineas para adoptar, se hacen efec-
tivas al año alrededor de 12004 adopciones.
Por lo expuest o y por las car encias de respuesta que suponen las vías exist entes,
no resulta extraño esperar que haya quienes recurran a la gestación subrogada co-
mo vía de escape. Cada año, en torno a 1000 espa ñoles recurren a la g estación su-
broga da en el extranjero5. A priori, no parece una cif ra a la rmant e en comparación
con la s 1200 adopciones que anticipá bamos en lí neas precedent es. Por tanto, ¿qué
esconde verdaderamente esta alarma social? ¿Cuál es el impacto real incuantifica ble
en términos económi cos? La respuesta : los derechos fundamen tales.
El hecho de que la g estación subrog ada se reconozc a en otros ordenamientos
jurídicos, y no en España , provoca que ca da año al rededor de 1000 niños se engen-
dren en el extr anjero para volver a España sin unas g arant ías mínima s como resul-
tado de que en nuestro ordenamiento jurídico no teng a cobertura legal tal práctica,
que expresament e declara nula la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de
Reproducción Humana Asi stida (LTRHA) 6.
3 DIEZ CANSECO, V. «Diccionario biográfico universa l de mujeres célebres», J.F. Pal acios, 1 de enero de
1844.
4 http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/mas-dat os/2015/01/22/espana -tercer-pais-del-mundo-que-
mas.html. Fecha de la consulta: marzo de 2018.
5 http://www.elmundo.es/papel/historias/2016/12/13/584ed04146 163fa7258b4611.h tml. Fec ha de la
consulta : marzo de 2018.
6 Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre T écnicas de Reproducción Humana Asistida . Artícul o 10. Gestación
por sustitución: «1. Será nu lo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gesta ción, con o sin precio,
a carg o de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.»

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