Genealogía del constitucionalismo democrático en Chile: el trabajo del Grupo de los 24 en las propuestas de cambio constitucional

AutorTania Busch Venthur, Manuel Campos Díaz
CargoAbogada, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Concepción/Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Concepción. Doctor en Derecho por la Universidad de Chile
Páginas357-382
© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 112, septiembre-diciembre 2021, págs. 355-382 357
Fecha recepción: 3.06.2021
Fecha aceptación: 28.09.2021
GENEALOGÍA DEL
CONSTITUCIONALISMO
DEMOCRÁTICO EN CHILE: EL
TRABAJO DEL GRUPO DE LOS 24 EN
LAS PROPUESTAS DE CAMBIO
CONSTITUCIONAL1
DRA. TANIA BUSCH VENTHUR2
DR. MANUEL CAMPOS DÍAZ3
1. INTRODUCCIÓN
Pisarello define un proceso constituyente como el «conjunto de actos que condu-
cen a la aprobación de una nueva Constitución»4. Así, la expresión incluye los ante-
cedentes políticos, sociales e intelectuales que hacen necesario, explican y desembocan
en un cambio constitucional. El cambio constitucional, por el contrario, se acota al
proceso institucional a través del cual se reforma o reemplaza una Constitución.
1 Una primera versión de este trabajo se presentó en el seminario «Manuel Sanhueza revisitado:
una recuperación del discurso del Grupo de los 24 para el debate constitucional actual» organizado por
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, el 25 de junio de 2015.
Debemos gran parte de las fuentes consultadas en esta investigación a doña Gabriela Jara, viuda de
Manuel Sanhueza, quien nos entregó en su oportunidad documentos personales del Presidente del Gru-
po de los 24, manuscritos y recortes de prensa sin los cuales esta investigación no habría sido posible.
Le estamos profundamente agradecidos por su generosidad y a su memoria dedicamos este trabajo.
2 Abogada, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Concepción. Magís-
ter en Ciencias Jurídicas y Doctora en Derecho por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Profe-
sora Asistente, Área de Derecho Público, Universidad Andres Bello. Facultad de Derecho. Bellavista
0121, Providencia, Santiago de Chile. Chile. ORCID 0000-0002-6943-2595. tania.busch@unab.cl.
3 Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Concepción. Doctor en
Derecho por la Universidad de Chile. Profesor Asistente Departamento de Historia y Filosofía del Dere-
cho, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Concepción. manucamp@udec.cl. El autor
agradece al fondo de incentivo para publicaciones de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la
Universidad de Concepción.
4 PISARELLO, G. (2014). Procesos constituyentes. Caminos para la ruptura democrática, Madrid, Trotta.
DRA. TANIA BUSCH VENTHUR / DR. MANUEL CAMPOS DÍAZ
© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 112, septiembre-diciembre 2021, págs. 355-382
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Sostenemos que el proceso constituyente chileno se instaló hace ya décadas en la
discusión política y académica; y, desde 2011 en adelante, en la discusión ciudadana.
Luego de la reforma constitucional posterior al «Acuerdo por la Paz y la Nueva Cons-
titución», nos encontramos en un proceso regulado de cambio constitucional que
deberá conducir a la aprobación de una nueva Constitución.
Aunque la efervescencia de la demanda constitucional aumentó durante la últi-
ma década, el problema constitucional dista de ser nuevo. El cauce de este problema
en la doctrina constitucional chilena se ha estructurado en tres ejes fundamentales
de crítica, que permanecen desde antes de la vigencia de la Carta hasta hoy: su origen
autoritario que impide considerarla legítima; segundo, el establecimiento de un
sistema democráticamente deficitario; y tercero, la opción ideológica de la Consti-
tución por una concepción neoliberal y como consecuencia de esto, una débil con-
sagración de los derechos económicos y sociales.5 Esas líneas críticas permanecen
hasta nuestros días6. Así se observa al contrastar las críticas desarrolladas, con lo
planteado el año 1981 por el Grupo de Estudios Constitucionales, conocido también
como «Grupo de los 24». Un día antes de que comenzara a regir la Constitución de
1980, publicó un documento que contenía las principales críticas a la carta. Este
comenzaba declarando que «…la nueva Constitución rechaza el sistema representa-
tivo de gobierno, desconoce el derecho natural y exclusivo del pueblo para gober-
narse, niega el pluralismo ideológico, establece un régimen político autoritario-mi-
litarista, implanta un verdadero cesarismo presidencial, minimiza al Parlamento,
transforma al Tribunal Constitucional en un organismo burocrático carente de
representatividad popular y más poderoso que el Congreso, otorga un poder ilimi-
tado a las FF.AA., subordina la vigencia de los derechos humanos fundamentales al
arbitrio del gobierno y se identifica en lo económico con el capitalismo individua-
lista de libre mercado. Además, dadas las exigencias que impone para eventuales
reformas constitucionales, perpetúa un determinado régimen político, económico y
social, que resulta prácticamente imposible de modificar»7. Del contraste de las
críticas que hoy se formulan a la carta vigente, con las enunciadas el año 1981, se
observa que las críticas a la Constitución de 1980 han corrido por los mismos ejes
durante las últimas cuatro décadas, y que los constitucionalistas demócratas no
5 BUSCH, T. (2012). El concepto de Constitución y la incomodidad constitucional en Chile.
Global jurist 12 (2), Doi: 10.1515/1934-2640.1410.
6 Gajardo adhiere y agrega como críticas la visión monocultural y nacional de la Constitución, en
la cual no se reconoce el carácter multicultural de la sociedad chilena y, en particular, a los pueblos
indígenas; el excesivo centralismo territorial; y el híper presidencialismo y el fenómeno de la concentra-
ción del poder. GAJARDO, J. (2015) «El dilema constitucional chileno» Serie Documentos de Trabajo
15, Universidad Externado de Colombia. Disponible en https://icrp.uexternado.edu.co/sdm_down-
loads/15-el-dilema-constitucional-chileno-jaime-gajardo-falcon/p.5
7 GRUPO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES (1988). «Las Críticas del Grupo de los 24»,
Revista APSI (N°276 Año XIII, octubre – noviembre), p.32

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