Garantías de estabilidad en el empleo o de protección contra el despido

AutorÁngel Ureña Martín
Cargo del AutorAsesor laboral
Páginas14-15

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Para conseguir esta protección, los representantes disponen de un conjunto de garantías que tienen la finalidad de proporcionar a los mismos una estabilidad en el empleo, al considerarse la permanencia en el trabajo como base de toda su función representativa. A continuación, expondremos someramente los mencionados mecanismos de control.

En primer término, contamos con la denominada "inmunidad o inviolabilidad representativa". El art. 68 c) del ET recoge la prohibición de despedir o de imponer sanciones arbitrarias4durante el ejercicio de las funciones de representación y dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en el caso de que esta traiga causa de la revocación o dimisión del representante.

En la misma línea podemos incluir la obligatoriedad de realizar un expediente contradictorio ante un despido disciplinario5, aplicándose a las sanciones por faltas graves y muy graves -entre las que se incluyen los mencionados despidos disciplinarios-. Este expediente contradictorio va a cumplir una función cautelar y de garantía, "evitando

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decisiones precipitadas, y en él ha de posibilitarse la contradicción y la defensa del trabajador expedientado, oyéndole y dándole la oportunidad de ser oído6".

Igualmente tienen el derecho de opción para el supuesto de que el despido sea declarado improcedente, pudiendo optar el representante entre percibir una indemnización o ser readmitido, entendiéndose que corresponde esta última si el representante no opta por ninguna de las dos7.

Como última medida, cabría citar la prioridad de permanencia del representante en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores en los casos de despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Esta garantía también se reconoce, en términos similares, respecto de traslados y desplazamientos.

[4] Como estudiaré en otro apartado, el representante no tiene una impunidad absoluta frente a las actuaciones disciplinarias de la empresa, y si realiza comportamientos abusivos va a poder ser castigado con el despido.

[5] El TS ha definido este expediente contradictorio indicando que "debe hacerse saber a quién se pretende sancionar con claridad los hechos y las faltas que se le imputan, dándole audiencia y otorgando la posibilidad de desvirtuarlos en el mismo expediente". (Sentencia de 11 de febrero de...

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