Galicia. Computo de plazos por días hábiles en partición por contador partidor dativo

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Se plantea si ha transcurrido el plazo para realizar el sorteo a los efectos de designación de contador-partidor dativo previsto en el art. 298 de La Ley de Derecho Civil de Galicia cuando dispone: "En ningún caso podrá realizarse el sorteo hasta que hayan transcurrido treinta días hábiles desde la fecha en que se practicó la última de las publicaciones o notificaciones y sesenta días hábiles desde el requerimiento inicial al Notario ". Teniendo en cuenta que el requerimiento inicial al notario es el 9 de octubre, la notificación al heredero no compareciente, 16 de octubre de 2014 y fecha del sorteo, 10 de diciembre de 2014. El notario alega que no siendo claro cuáles son los días inhábiles el cómputo ha de ser por días naturales.

Señala la Dirección que se ha dado distinto tratamiento a los plazos según la legislación de que se trate: la LEC (arts 130 y 131) declara inhábiles los sábados y los domingos, los 24 y 31 de diciembre, los de fiesta nacional y los festivos a efectos laborables en las respectivas CCAA y localidad y los del mes de agosto; la LPA excluye los domingos y los declarados festivos; los señalados por meses se contarán por meses naturales sin excluir los días inhábiles según el CC (pero en este caso es claro que la ley habla de días hábiles) y en el Código Civil para el computo por días no se excluyen los días inhábiles (art. 5 CC). Podemos decir que en general que, tratándose de plazos...

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