Oposición a la ejecución fundada en los títulos no judiciales

AutorvLex
Actualizado aJulio 2019





AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. __ DE __________


D./Dª. ____________________, Procurador/a de los Tribunales y de D. __________________, según designa apud acta que se verificará en el momento procesal oportuno/según poder para pleitos que se acompaña, y bajo la dirección letrada de D./Dª. ___________, Letrado/a del Iltre. Colegio de _________, col. núm. _____, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO:


Que por medio del presente escrito, y conforme en lo dispuesto en el art. 557 LEC, vengo a formular OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN FUNDADA EN TÍTULO NO JUDICIAL, en base a los siguientes:


HECHOS


PRIMERO.- En fecha _________ el tribunal despachó ejecución en base a __________ [indicar título no judicial] de fecha ___________, a petición de D. _________ por la cantidad de _________€.

SEGUNDO.- Formulamos oposición a la ejecución fundada en la siguientes causas:

[Especificar el motivo concreto]

- Haberse realizado el pago correspondiente de __________€, acreditado en el documento nº_____.

- Haberse realizado la compensación de crédito oportuna acreditada en el documento, con fuerza ejecutiva, nº_____ .


A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,


FUNDAMENTOS DE DERECHO


I.- COMPETENCIA: En conformidad con lo expuesto por la adversa en cuanto a la competencia del asunto.

II.- CAPACIDAD: Esta parte está legitimada en virtud del art. 556.1 LEC al ser parte ejecutada en el presente proceso ejecutivo.

III.- PROCEDIMIENTO: Deberá tramitarse por lo expuesto en los arts. 560 y 561 LEC.

IV.-FONDO DEL ASUNTO: En cuanto a los motivos de la oposición, los cuales vienen especificados en los hechos del presente escrito, será de aplicación el art. 557.1 de la LEC en sus apartados 1º y 2º:

1. Cuando se despache ejecución por los títulos previstos en los números 4º., 5º., 6º. y 7º., así como por otros documentos con fuerza ejecutiva a que se refiere el número 9º. del apartado 2 del artículo 517, el ejecutado sólo podrá oponerse a ella, en el tiempo y en la forma prevista en el artículo anterior, si se funda en alguna de las causas siguientes:

1ª. Pago, que pueda acreditar documentalmente.

2ª. Compensación de crédito líquido que resulte de documento que tenga fuerza ejecutiva.


Una vez formulada la presente oposición procede la suspensión de la ejecución despachada,hasta el momento en que se resuelva el incidente, sin necesidad de fianza y de conformidad con el art. 557.2 LEC:


V.-COSTAS.- En cuanto a las costas, se le...

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