La función de defensa y las fuerzas armadas

AutorRamón Huidobro Salas
Cargo del AutorProfesor Asistente de Derecho Administrativo, Facultad de Derecho, Universidad de Chile
Páginas615-623

Page 615

Ver Nota1

1. Introducción

El transcurso del tiempo y la vorágine de cambios sobrevenidos a la sociedad global contemporánea, hacen necesaria una revitalización de la concepción y estructura funcional de la defensa y de las instituciones castrenses. La revisión de las estructuras destinadas a darle su carácter esencial en una sociedad más compleja, integrada y global, se ha convertido en un imperativo, aunque en el otro polo se aprecie la tensión a causa de los fuertes embates reduccionistas, que tienden a privarle de su verdadero sentido de existencia.

En efecto, aquella visión que percibe a las Fuerzas Armadas como una simple organización administrativa, ya que sus grandes misiones de carácter propiamente militar están desapareciendo, en la misma medida que se encuentran ausentes las hipótesis de conflicto bélico, no ha logrado entender su necesidad funcional como pieza esencial de la Administración, unida indisolublemente al concepto y existencia del Estado en sus distintas formulaciones.

La organización militar conformada con las mismas características básicas de cualquier otra organización administrativa pública, en los aspectos material y orgánico, los medios para su funcionamiento, a saber, personal y bienes; el entramado normativo competencial que le dan su existencia jurídica, deberá seguir estando sustentada en ese otro aspecto -inmaterial, metafísico -, que son sus valores y principios, en cuanto identifican su función de servicio a la patria bajo coordenadas que le son esencialmente caracterizadoras.

Estos valores y principios resultan consustanciales para entender la razón de ser de la función de defensa y las instituciones armadas, relacionándose y encajando a su vez

Page 616

con los principios y valores superiores de la Nación, enmarcados constitucionalmente en la figura de un Estado Democrático de Derecho. Este modelo de Estado requiere para su salvaguarda y vigencia de la necesaria contribución de la función militar de defensa. La independencia, la soberanía, la seguridad de una Nación tienen en sus Fuerzas Armadas, bajo dependencia del poder democrático, la legitimidad garantizadora del uso de la fuerza para la Defensa Nacional.

Será necesario indudablemente compatibilizar fines y medios, de modo que la sociedad que reconoce a esta institución como esencial para el Estado, fortalezca y potencie las Fuerzas Armadas como instrumento necesario para que puedan cumplir su misión en cada momento con el grado de compromiso y eficacia que reclaman los nuevos tiempos.

2. La profesionalización de la Defensa y la función militar

A pesar de encontrarnos en un contexto en vertiginosa transformación, es razonable pensar que el ideario constitucional, continuará constituyendo la referencia sine que non de la función de defensa y militar. Esta, integrada en un ámbito cada día más sofisticado por el empleo de las tecnologías y por las exigencias de modernización y adaptación para hacer frente a los fenómenos globales que amenazan la seguridad y defensa del Estado, demanda la profesionalización y actualización permanente de las Fuerzas Armadas.

Las necesidades de defensa, se traducen en el imperativo que actualiza el concepto tradicional de militar profesional, independiente de la condición de ciudadano de ese servidor público, la actualización de sus conocimientos al mundo global, a las nuevas tecnologías, las nuevas situaciones de conflicto generadas por el terrorismo, ciberguerra, desastres naturales y emergencias. Será este soldado-ciudadano el que en el siglo xxi cumpla las tareas de defensa que la Constitución y la sociedad asigne a las Fuerzas Armadas en el Estado de Derecho.

El ordenamiento jurídico ha de ser capaz de armonizar lo antiguo y lo nuevo en relación a la defensa y las Fuerzas Armadas, integrando en esta nueva y amplia función redefinida, el binomio ciudadano-soldado. En esta construcción jurídico-social el pasado histórico, los valores y principios del quehacer militar deben compatibilizarse plenamente con aquellos ideales del constitucionalismo y de la democracia y también con las nuevas misiones que tienen en la actualidad los miembros de las Fuerzas Armadas, tanto en el escenario nacional como en el internacional.

3. Las nuevas funciones de las Fuerzas Armadas

En el plano interno o nacional, sin duda la defensa y seguridad nacional constituyen la razón de ser de las Fuerzas Armadas. Pero a la defensa y seguridad del Estado, paradigma de la función militar, no es desde prácticamente el último tercio del siglo pasado, el único fin que las Fuerzas Armadas tienen asignado. Es así que al lado de la perspectiva interna, que también ha sido ampliada a las emergencias y catástrofes,

Page 617

tenemos que poner la externa o conjunta, por los procesos de integración en estructuras u organismos internacionales, en operaciones de paz.

Fenómenos como el terrorismo, la ayuda humanitaria en catástrofes naturales o crisis sociales, resguardo de procesos electorales, desarrollo científico y tecnológico, operaciones de paz, etc. agregan una labor profesional especializada que otorga asimismo a las Fuerzas Armadas misiones internas o extraterritoriales, más allá de aquellas clásicas que dicen relación con la defensa de la soberanía de cada Estado.

Han surgido, por ello, cuerpos militares cada vez más profesionales y de élite, para labores de policía o seguridad y unidades militares de emergencia que han ampliando la concepción clásica de defensa. Presumiblemente, estarán en constante evolución y desarrollo, y marcarán la dinámica del fenómeno militar en este siglo xxi.

La vorágine de expectativas y decepciones frente a la paz universal aún no realizada, entrega a esas nuevas misiones, en cuanto no altere la esencia de los ideales, principios y valores que dieron origen al ejército, una vigencia y prioridad en su ejecución conjunta con sus otras misiones esenciales, incorporándolas también en el fin de servicio a la patria y sus valores fundamentales.

Un claro ejemplo, de esta trasformación lo encontramos en el modelo español en que Las Fuerzas Armadas, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Constitución Española, tienen atribuida la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional se gún lo reafirma el art.15.1 de la Ley Orgánica 5/2005 de Defensa de España.

Las Fuerzas Armadas contribuyen militarmente a la seguridad y defensa de España y de sus aliados, en el marco de las organizaciones internacionales de las que España forma parte, así como al mantenimiento de la paz, la estabilidad y la ayuda humanitaria (art.15.2)2.

Las Fuerzas Armadas, junto con las Instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas, conforme a lo establecido en la legislación vigente (art.15.3)3.

Las Fuerzas Armadas pueden, asimismo, llevar a cabo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR