Real Decreto 2010/1983, de 15 de Junio, por el que se concede franquicia postal y Telegrafica a los Organos e Instituciones de la Comunidad autonoma de Madrid.

MarginalBOE-A-1983-20997
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJuntas Electorales Provinciales
Rango de LeyReal Decreto

La Ley orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de autonomía de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 8. Que los poderes de la Comunidad de Madrid se ejercen a través de sus instituciones de autogobierno: La Asamblea de Madrid, El Consejo de Gobierno y El Presidente de la Comunidad, especificándose en los artículos 9. Al 21 las potestades y competencias de dichos Organos institucionales; En los artículos 46 al 50 se refiere a la organización judicial y en su artículo 58 dispone que , Procediendo, en consecuencia, concederle franquicia postal y telegráfica para el curso de su correspondencia Oficial. En su virtud a propuesta de los Ministros de economía y Hacienda y de transportes, turismo y comunicaciones y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 1983, dispongo:

Artículo 1

Las Oficinas de Correos y telecomunicación admitirán con franquicia postal y telegráfica la correspondencia de la Asamblea de Madrid, El Consejo de Gobierno y El Presidente de la Comunidad y de la administración de Justicia de la Comunidad autónoma de Madrid, con el alcance que se determina en el artículo 71.1, apartados a) y b), de la Ordenanza postal, según la redacción dada por el Real Decreto 1258, de 6 de junio de 1980, y reúna las condiciones y requisitos establecidos en los reglamentos de los servicios de correos y telecomunicación.

La correspondencia dirigida por la Asamblea de Madrid a nombre de sus Diputados será admitida con franquicia.

Art. 2. Se faculta al Ministro de transportes, turismo y comunicaciones para dictar cuantas disposiciones pudieran ser necesarias en orden al desarrollo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 15 de junio de 1983.- Juan Carlos R.- El Ministro de la Presidencia, Javier moscoso del prado y Muñoz.

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