MIKUNDA FRANCO, Emilio, Derechos humanos y mundo islámico

AutorAntonio Osuna
CargoUniversidad de Valladolid
Páginas375-378

    MIKUNDA FRANCO, Emilio, Derechos humanos y mundo islámico, Secretariado Publicaciones de Universidad de Sevilla (Serie Derecho núm. 20), Sevilla, 2001, 285 pp.

Page 375

El lector suele tener dificultad en resumir el pensamiento de un libro extenso y donde se contemplan problemas variados, una vez concluida su lectura y sin el tiempo suficiente para sintetizar personalmente las mil sugerencias recibidas a lo largo del estudio. Por ello, agradezco al autor que en breves líneas nos haya ofrecido el propósito que ha guiado la composición del libro y el objeto de lo que en él hay de investigación personal, aunque los datos se reciban de otros investigadores. Dice el profesor Emilio Mikunda que pretende elaborar "un estudio de las premisas filosófico-jurídicas que estructuran y autolegitiman el pluralismo conceptual actual de los derechos humanos en y desde el pensamiento islámico y laico contemporáneo existente en los Estados autoproclamados confesionalmente islámicos en base a una perspectiva metodológica filosófico-jurídica de base histórica y espectro comparativista" (p. 16).

El objetivo definidor de estas páginas es, según percibe inmediatamente el lector y confiesa el mismo autor, entender la concepción arabo-islámica sobre los derechos humanos recogida en las constituciones de los modernos estados islámicos. Hay algo en principio indiscutible, el sistema jurídico del Islam es diverso del sistema jurídico actual en el mundo occidental y de raíz romanística. Las coordenadas del sistema jurídico occidental son suficientemente accesibles a todos y fáciles de rememorar por los estudiosos de este derecho. En cambio, las categorías mentales y terminológicas que estructuran el derecho islámico nos son desconocidas casi en totalidad. Hasta ahora las calas en el derecho islámico se hacían sólo desde una precomprensión del sistema occidental y con él se trataba de comparar el derecho islámico o se discutía el modo y el grado en que el derecho islámico se asimilaba o aproximaba tácticamente a dicho orden, pero nadie estaba interesado por entender el derecho islámico desde la cultura genuinamente islámica y conforme a su idiosincrasia caracterizadora de su ordo iuridicus, por encima de cualesquiera legislaciones vigentes o históricas y que, sin embargo, son su explicación filosófica más profunda. Es aquí donde se sitúa con acierto el propósito del investigador Emilio Mikunda y donde reside su originalidad y mérito. Estamos ante un campo nuevo de investigación filosófico-cultural por la que felicitamos sinceramente al profesor, pues demuestra una capacitación extraordinaria para proseguir con éxito su...

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