La aportación francesa al Derecho Constitucional euroatlántico como racionalización del poder

AutorPablo Lucas Verdú
Páginas67-83

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Es conocida la importancia de la Revolución francesa. Numerosos autores la elogiaron o criticaron y subrayaron su carácter de acontecimiento universal que inauguró una nueva época en la historia de la Humanidad. Así, por ejemplo, KANT y HEGEL quien en sus Lecciones sobre la filosofía de la Historia Universal133 escribió: "La revolución francesa tiene en el pensamiento su comienzo y origen. El pensamiento que considera como lo supremo las determinaciones universales y encuentra que lo que existe está en contradicción con ellas, se ha sublevado contra el estado existente".

Por otra parte, es de sobra conocida la importancia del legado revolucionario francés a la cultura occidental. De entre todos los textos en que se manifestó uno de los más importantes es, sin duda, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 26 de agosto de 1789.

El infiujo del iusnaturalismo en la famosa Declaración francesa es indudable así como el de la Ilustración y, en particular, de autores como MONTESQUIEU y ROUSSEAU. Sin embargo, conforme se fue desarrollando el constitucionalismo galo se fue acentuando la racionalización del Derecho Constitucional y de las instituciones y se abrió el camino al positivismo jurídico de la exégesis. Esto se percibe, claramente, en el "ingeniero constitucional" SIÈYÉS134. Teórico abstracto, abandona todas las enseñanzas concretas e históricas y de la experiencia para recurrir a la idea no menos abstracta de la justicia del razonamiento. Por ello, rechaza el modelo de la Constitución

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británica135, contrario al racionalismo, una vez apagado el ímpetu emocional de los inicios de la Revolución que habría impulsado al tercer estado y a las masas parisinas.

Puede relacionarse esa orientación con la actitud hostil, crítica, a la Revolución francesa que, como ya hiciera BURKE136(1729-1791), manifestaron DE MAISTRE (1753-1821)137y DE BONALD (1751-1810).

Ahora me interesa, sin embargo, recoger las consideraciones que sobre ella formuló el inglés Jeremías BENTHAM (1748-1832), cuyo infiujo en España fue notorio. En particular, en los profesores de la Universidad de Salamanca a través del suizo DUMONT y, particularmente, en Ramón SALAS138, muy infiuido por el utilitarismo de aquél, según puso de manifiesto Juan BENEYTO139, quien subrayó su importancia en la historia política española de los años veinte del siglo XIX140.

BENTHAM dijo sobre la Declaración francesa de 1789141que promulgó solemnemente una gran parte de sofismas como derechos del hombre y que, por eso, ofrece grandes ventajas su refutación142. En otro escrito143afirmó: "Estos principios, dice el preámbulo, son simples e incontestables, tenemos

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pues dogmas políticos, artículos de fe política, artículos consagrados que es preciso recibir con sumisión y que no es permitido examinar".

"Los americanos, menos fogosos y menos violentos que los franceses, siendo todos propietarios y casi todos iguales, recibieron aquella declaración (se refiere a los textos norteamericanos) sin entusiasmo, y como estaban acostumbrados a gobernarse por leyes positivas, pusieron muy poca atención en unas generalidades metafísicas"144 y 145.

Merece reproducir unos textos significativos de Thomas CARLYLE (1795-1881)146, porque es uno de los precursores del concepto sustancial de Constitución. Sostuvo que en un sistema de hábitos, adquiridos o mantenidos, está el verdadero código, la verdadera Constitución de una sociedad, el sólo código, aunque no escrito, al que no se puede desobedecer. Lo que llamamos código escrito, Constitución, forma de gobierno, etc., es una miniatura, un sumario solemnemente expresado de un código no escrito147. Más adelante148, critica la ingeniería constitucional de SIÈYÉS así: "El abate SIÈYÉS está ocupado en el trabajo constitucional. Desgraciadamente, sus compañeros de labor se muestran menos dóciles de lo que deberían con un hombre que ha alabado la ciencia política. ¡Animo, sin embargo, SIÈYÉS! Veinte meses de trabajo heroico, de contradicción por parte de los estúpidos y la Constitución quedaría edificada. La piedra fundamental ha sido puesta en medio de aclamaciones, o por mejor decir, el papel fundamental, porque todo esto es de papel. Y tú has hecho en ello cuanto has podido, cuanto la tierra y el cielo podían exigir de ti". Antes DE BONALD criticó la necesidad de un texto escrito constitucional149.

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5.1. Los cahiers como símbolos característicos en los inicios de la revolución francesa

Mientras las lettres de cachet150fueron manifestaciones significativas del Ancien Régime, los cahiers de doléances representaron los comienzos del proceso revolucionario francés.

Una vez más se corrobora que determinados documentos poseen características significativas para simbolizar una forma política. Esto es lo que sucede con las lettres de cachet y el Estado absoluto y con los cahiers y el Estado liberal al que apuntan. Fueron elementos básicos que respectivamente los identificaron. No hay que olvidar, por otra parte, la cantidad de panfietos publicitarios y manifiestos que ya aparecieron durante las revoluciones inglesa y norteamericana para justificar las respectivas conmociones subversivas del orden establecido.

Ahora bien, sin olvidar la eficacia de esos panfletos, algunos de ellos relevantes debidos a ser obra de importantes autores, debe destacarse que los cahiers infiuyeron en la mentalidad burguesa de la Revolución francesa y en los fundadores del constitucionalismo galo.

Es sabido que las lettres de cachet fueron cartas cerradas con sello real, que ordenaban la prisión o destierro de una o varias personas. Su uso produjo no pocos excesos y errores puesto que sus receptores quedaban indefensos. Además, en algunos casos perdieron la vida. Los tres estamentos del Reino reaccionaron vivamente contra tales abusos mediante los llamados cahiers de doléances reclamando su puesta en libertad.

No es menester recordar que en Inglaterra, mediante el Act of Habeas Corpus de 13 de febrero de 1689, estos abusos fueron impedidos.

El historiador británico F.C. MONTAGUE151analizó detenidamente estos documentos. Recogemos su interpretación que considero acertada. Ante todo,

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subrayó que su importancia para comprender la Revolución francesa es deci-siva y que fue reconocida por todos hace mucho tiempo. Aunque los Estados Generales de 1789 se reunieron con carácter extraordinario y consideraron que no estaban sujetos a seguir sus instrucciones, es cierto que la Asamblea Nacional no hizo casi nada que no estuviera indicado en algún cahier152.

Según MONTAGUE estas instrucciones del Tercer Estado eran muy precisas en la medida que apuntaban los abusos e indicaban sus necesidades perentorias. Casi todos ellos coincidían en sus peticiones y protestas. Por ejemplo, la necesidad de una declaración de los derechos humanos. Algunos, sin embargo, pedían cosas locales, como la distribución de las farolas en las calles de París153.

MONTAGUE se preguntó ¿quiénes fueron los autores de los cahiers154.

A esta interrogación responde diciendo que los de los bailíos y senescalatos estuvieron siempre compuestos por hombres instruidos, los del Tercer Estado fueron obra de profesionales ambiciosos y desencantados que leían a MONTESQUIEU, a ROUSSEAU y a los fisiócratas y lograron la uniformidad de los cahiers155.

Mientras los cahiers del primero y segundo Estado sostuvieron a menudo la existencia de una Constitución que debe ser restaurada y robustecida, los del Tercer Estado pidieron implícitamente una nueva Constitución. Exigían que los Estados Generales elaborasen una nueva Constitución prescindiendo del Rey, considerándolo sólo como mero soberano provisional hasta el establecimiento de un nuevo orden156.

Los cahiers, sigue MONTAGUE157, pedían una declaración de derechos colocada al principio de la Constitución. Por último, el autor británico concluye

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sus atinadas consideraciones sobre este importante fenómeno en los inicios de la Revolución de este modo: "De insensible calificaríamos al que no sintiera en el fondo de su alma un movimiento de simpatía hacia este generoso ardor de un gran pueblo y este anhelo de corregir injusticias inveteradas y restablecer el orden donde reinaba la confusión. La gran infiuencia ejercida por la Revolución francesa en toda Europa se debió al entusiasmo demostrado a favor de la regeneración social del hombre, pero también ese mismo entusiasmo fue la causa de su fracaso parcial"158.

5.2. El carácter preconstituyente de los cahiers

Me sorprende un poco que esta cuestión, tan relevante, apenas ha despertado interés entre los constitucionalistas del país vecino. Ha sido un tema analizado por los historiadores. Así, por ejemplo por Henri SÈE159.

Hay que subrayar el carácter preconstituyente de los cahiers por varias razones.

Es cierto que con arreglo a la consideración estricta, formalista, los cahiers no fueron proyectos rigurosamente constitucionales, máxime si se tiene en cuenta que no se aceptaba el mandato imperativo, sino el representativo. En la Asamblea Nacional a la postre no prevaleció la doctrina de ROUSSEAU sino el pensamiento de MONTESQUIEU160. Sin embargo, el profesor de Berlín

R. STERNFELD161señaló que en las elecciones a los Estados Generales de 1789 por sufragio universal los ciudadanos y...

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