El modelo francés de consejos de prefectura en la Europa de la primera mitad del siglo XIX

AutorSylvain Soleil
Cargo del AutorUniversidad de Rennes I. Francia
Páginas123-170
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CAPÍTULO 5
EL MODELO FRANCÉS DE CONSEJOS
DE PREFECTURA EN LA EUROPA DE LA PRIMERA
MITAD DEL SIGLO XIX
SYLVAIN SOLEIL
Universidad de Rennes 11
A Victor A. Chamocho
Sumario: I. LA EXPORTACIÓN DEL MODELO NAPOLEÓNICO A EUROPA.
1. La Europa francesa. 2. El imperio francés y su proceso de expansión.
3. Los Estados vasallos y la lógica de la transposición. II. LA HERENCIA
DEL MODELO NAPOLEÓNICO EN EUROPA. 1. Los vectores de resis-
tencia del sistema francés. 2. La supresión de los consejos de prefectura.
El caso de Renania. 3. La mutación de los órganos del contencioso admi-
nistrativo local. El caso de Polonia y los Países Bajos. 4. La resurrección
de los consejos de prefectura a la francesa. El caso de Piamonte-Cerdeña.
III. CONCLUSIONES.
En 1810, se publican en Coblenza los dos primeros volúmenes del
Manual de los Consejos de Prefectura
2. El primer volumen comienza
con una tabla cronológica referenciando los textos jurídicos que regu-
lan la institución, continúa con un breve tratado de derecho público
francés que describe las instituciones administrativas fundamentales
1 Sylvain Soleil es Catedrático de Historia del Derecho y miembro del Cen-
tro de Historia del Derecho de la Universidad de Rennes 1 (IODE-UMR CNRS
6262). Email: sylvain.soleil@univ-rennes1.fr
2 Mathias Simon, Manuel des Conseils de Préfecture, Coblence, 1810-1812,
3 vol.
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(ministerios, departamentos, etc.), y se centra en el funcionamiento y
las competencias de los consejos de prefectura. En este momento de
comienzos del siglo XIX, esta obra se convertirá en el manual de refe-
rencia para los millares de consejos de prefectura instaurados en toda
la Europa napoleónica. Ahora bien, Mathias Simon, su autor, no era
un «francés de interior» como se decía en los años de 1800. Era ale-
mán. Era consejero de prefectura del departamento de Rhin y Mosela
(Rhein-und-Mosel, cuya capital era Coblenza), uno de los cuatro nue-
vos departamentos, junto a Mont-Tonnerre, la Roer y la Sarre, creados
en 1797 sobre la margen izquierda del Rin e incorporados a la Repú-
blica francesa en marzo de 1801. Como tantos otros prácticos extran-
jeros, Simon ha asumido, aceptado y difundido como propio el sistema
jurídico francés impuesto a Europa.
Pero lo más curioso no es esto. Cuando Napoleón desaparece de
la escena europea, cuando Coblenza se convierte de nuevo en Koblenz
y los cuatro departamentos renanos se incorporan de nuevo al reino
de Prusia, el Manual de Mathias Simon vivirá dos situaciones parale-
las: la primera, en Francia, en su condición de obra utilizada de forma
cotidiana por los consejos de prefectura; la segunda, en Alemania,
como vestigio de un modelo de justicia administrativa. No nos equi-
voquemos: la palabra y el concepto de modelo presentan, efectivamen-
te, dos significados3. De una parte, se designa a un sistema que es
imitado, lo que permite identificar textos o instituciones que son
admiradas en otros países y sobre las que se inspiran cuando proceden
a reformar sus instituciones. De otra parte, pueden también designar
a un sistema jurídico de referencia, simplificado y diferente de otros,
lo que permite reducir la complejidad del sistema y de percibir fácil-
mente las diferencias con otros sistemas jurídicos comparables. En
este sentido, el modelo francés de consejos de prefectura se distingue
de otros posibles modelos consistentes en vincular el contencioso
administrativo, o bien a la administración activa, o bien a la adminis-
tración de justicia ordinaria, o bien a uno o varios tribunales judicia-
les de excepción, o finalmente a un orden jurisdiccional administra-
tivo independiente, tanto del orden judicial como de la administración
activa. El modelo francés del año VIII de la revolución se singulariza
3 Sobre esta cuestión véase Sylvain Soleil, Le modèle juridique français dans
le monde. Une ambition, une expansion (XVIe-XIXe siècle), París, I.R.J.S., 2014.
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por su ambivalencia. No siendo ni la administración activa, ni un
tribunal independiente de la administración, el consejo de prefectura
es, siguiendo lo expuesto por Michoud en 1897 «un tribunal creado
bajo la dependencia directa de la autoridad administrativa»4. Se dise-
ñó este tribunal al margen de cualesquier otro tipo de razones histó-
ricas o técnicas5: 1) un órgano encargado a la vez de la función admi-
nistrativa de consejo que asesora al prefecto y de una función
contenciosa; 2) un órgano colegiado presidido por el prefecto, quien
dispone de voz y voto de calidad; 3) un órgano competente para el
conocimiento para todos los asuntos contenciosos atribuidos y fijados
en el artículo 4 de la ley 28 del pluvioso del año VIII de la revolución
y que diversas leyes posteriores desarrollarán; 4) un órgano que esta-
blece verdaderas sentencias, aunque siguiendo un procedimiento en
el que las formas y las garantías en favor de los justiciables se encuen-
tran reducidas, en relación con el proceso civil o criminal ordinario.
Por todo esto, intentaremos comprender por qué y cómo, la justicia
administrativa local francesa ha podido servir de modelo en la Euro-
pa de la primera mitad del siglo XIX, y para ello creemos conveniente
partir de su origen para ser capaces de calibrar lo que significó la
exportación de los consejos de prefectura en la Europa de Napoleón.
Son centenares, millares de funcionarios extranjeros, por toda Euro-
4 Citado por F. Audran, « De l’aptitude des conseils de préfecture à bien
juger. La contribution du Conseil d’Etat à l’élaboration du régime des mesures
spéciales d’instruction devant les juges administratifs départementaux (1800-
1865)», G. Bigot et M. Bouvet (dir.), Regards sur l’histoire de la justice administra-
tive, París, Litec, LexisNexis, 2006, p. 183.
5 Sobre la naturaleza discutida de los consejos de prefectura bajo el Consu-
lado y el Imperio véase G. Guglielmi, « L’article 4 de la loi, une « erreur de
plume », fondement du droit administratif ? », en B. Mercuzot (ed.), La loi de
pluviôse an VIII deux cents ans après : survivance ou pérennité ?, París, PUF, 2000,
pp. 199 y ss. Sobre las nuevas competencias atribuidas a los consejos, tras la ley
de pluvioso año VIII, véase J.J. Clère, « Genèse des tribunaux administratifs
français (1800-1953) », en E. Gojosso (dir.), Les conseils de préfecture (an VIII-
1953), París, LGDJ, 2005, p. 49, nota 11. Para una bibliografía, antigua y reciente,
sobre los consejos de prefectura, véase M. Bouvet y F. Audran, « La procédure
contentieuse devant les conseils de préfecture au XIXe siècle », en J. Hautebert et
S. Soleil (dir.), La procédure et la construction de l’Etat en Europe (XVIe-XIXe siècles).
Recueil de textes, présentés et commentés, Rennes, PUR, 2011, pp. 810-813.
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