Formas de persecución por motivos de género

AutorKahale Carrillo, Djamil Tony
Páginas57-71

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La violencia contra las mujeres no solo se extiende a las agresiones físicas, sino también a otros tipos de atentados contra la dignidad de la mujer; entre ellos violencia sexual, psíquica, física, ambiental y patrimonial. Bajo este contexto, el ACNUR ha señalado las formas de persecución por motivos de género.

3.1. Obligación de acatar valores, normas, costumbres violentas o sufrir discriminación grave por el simple hecho de ser mujer

Se refiere a aquellas personas que no cumplen con la función asignada por las normas religiosas o aquellas que se niegan a obedecer los códigos sociales y, por consecuencia, son perseguidas. Estas normas pueden incluir, por ejemplo, restricciones al empleo, educación, códigos de vestuario, entre otros. Normalmente estos casos son analizados en el contexto de la opinión política imputada o por persecución por motivos religiosos.

En relación a este último, la Ayuda a la Iglesia Necesitada en España ha denunciado que la falta de libertad religiosa cada vez es mayor. En concreto, en más de sesenta países, los cristianos sufren persecuciones

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de diversos tipos. Ello significa que hay más de 350 millones de cristianos que se encuentran sufriendo por su fe, en el que muchos de ellos ven su vida en peligro a causa de su confesión religiosa46.

3.2. Crímenes relacionados con la dote

La dote es el conjunto de bienes y derechos aportados por la mujer al matrimonio, que tiene como finalidad atender al levantamiento de las cargas comunes y que le deberá ser devuelto una vez disuelto aquel47.

En algunos países, por ejemplo en la India, las mujeres llegan a ser víctimas de muerte cuando el esposo o su familia consideran que la dote es inadecuada.

La dote es un sistema de desheredamiento por la exclusión de la mujer en la herencia, que en Europa mediterránea fue progresivamente concentrada a través del sistema de bienes vinculados y por la renuncia a ellos por parte de las mujeres. Dicho en otras palabras, la dote es una forma de desheredamiento dentro del grupo social cuya organización se ha vuelto significativamente menos bilateral48.

3.3. Mutilación genital femenina

La mutilación genital femenina o ablación comprende una serie de prácticas consistentes en la extirpación total o parcial de los genitales externos de las niñas. La Real Academia de la Lengua Española define ablación como la separación o extirpación de cualquier parte del cuerpo.

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De igual manera, es conocida, de forma inapropiada, como circuncisión femenina. El fin de esta práctica es la representación material del cierre del cuerpo de la mujer, reservado para la entrada del futuro marido, y la asociación de sexualidad y dolor. Entre una de sus consecuencias se encuentra el padecimiento de problemas de salud irreversibles49.

Según el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) la estimación del número total de mujeres actualmente vivas que han sufrido ablación en África es de entre 100 y 130 millones. Esto significa, tras considerar la actual tasa de nacimientos, que cada año aproximadamente dos millones de niñas corren el riesgo de padecer algún tipo de mutilación genital femenina. La mayor parte de las niñas y mujeres que han sido víctimas de esta práctica viven en 28 países africanos, aunque algunas se encuentran en el continente asiático. Cada vez se dan más casos en Europa, Australia, Canadá y Estados Unidos, principalmente entre inmigrantes procedentes de África y el sudeste asiático50.

La ablación se viene practicando bajo cuatro formas (Tabla 4) que consiste en una extirpación de mayor o menor medida del aparato genital femenino que conduce a grandes efectos dependiendo del grado de la mutilación padecida51:

  1. Circuncisión o escisión del clítoris: Conduce a la realización de un pequeño desgarro, sin anestesia, en la parte superior del clítoris sin llegar a efectuar la extirpación, hasta que salgan unas gotas de sangre. En ocasiones, en el mundo islámico, se cumple un ritual que se le conoce como sunnah y es la única práctica que cuenta para ello con cimientos religiosos.

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  2. Clitoridectomía: Consiste en la extirpación total del clítoris. El término clitoridectomía proviene del griego kleitoris y ablación de ektomé, que significa ablación del clítoris.

  3. Infibulación: Conduce a la amputación total del clítoris y de los labios mayores y menores, seguida por el cierre vaginal por medio de sutura; solo se deja una pequeña abertura para la emisión de orina y descarga menstrual.

    TABLA 4

    TIPOS DE MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA

    Tipo I Supresión del prepucio con clitoridectomía parcial o total.
    Tipo II Supresión del clítoris y extirpación total o parcial de los labios mayores.
    Tipo III Extirpación de los genitales externos y sutura de los bordes de la vulva, dejando solo una apertura vaginal muy pequeña (infibulación).
    Tipo IV Resto de tipos de mutilación genital femenina que no están incluidos en las categorías anteriores.

    Fuente: Organización Mundial de la Salud.

    Los motivos por los que se practica la ablación son múltiples, los más destacables son los siguientes:

  4. Sexuales: A fin de controlar o mitigar la sexualidad femenina.

  5. Sociológicos: Se practica, por ejemplo, como rito de iniciación de las niñas a la edad adulta o en aras de la integración social y el mantenimiento de la cohesión social52.

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  6. Higiene y estéticos: Existe la creencia que los genitales femeninos son sucios y antiestéticos.

  7. Salud: Aumenta la fertilidad y hace el parto más seguro.

  8. Religiosos: Debido a la creencia errónea de que la ablación genital femenina es un precepto religioso. La ablación se practica mayoritariamente a niñas y adolescentes entre 4 y 14 años. En algunos países se realiza a niñas menores de un año, como en Eritrea y Malí, y de la cual en la práctica afecta, respectivamente, a un 44 y un 29 % de estas niñas.

    Bajo el contexto de estudio se considera que las niñas y las mujeres que tengan un fundado temor de ser sometidas a la mutilación genital femenina se considerarán que son perseguidas por motivos de género53.

    En este sentido, cabe destacar, diferentes casos que pueden darse en relación con este supuesto:

  9. Mujer que tras haber sufrido tal vejación huye de su país con su hija para evitar que su prole sea sometida a la mutilación. En este caso, además del motivo por grupo social determinado u opinión política, se puede aplicar la persecución por motivo de género.

  10. Mujer que ha sufrido una mutilación y huye de su país de origen y estando fuera da a luz a una hija. En este caso, la mujer puede solicitar asilo para su hija como solicitante principal y ella acogerse a la solicitud apelando que si es devuelta a su país existe el temor fundado de que su hija sea sometida a la mutilación genital femenina.

  11. En el caso de niñas o mujeres que antes de huir de su país de origen ya han sufrido la mutilación, y no siendo posible su repetición en el futuro, no existiera un fundado temor de sufrirla. Al

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    haber sufrido una experiencia traumática que constituye persecución pasada podrían ser reconocidas como personas refugiadas. Es decir, en una solicitud de asilo lo importante es demostrar que el riesgo de persecución existe en el momento de presentar la solicitud o en el futuro. Aunque no se requiere que la solicitante haya sido perseguida en el pasado, lo cierto es que la persecución o el maltrato pasado representan fuertes indicios para determinar el riesgo de persecución futura.

3.4. Crímenes de honor

Existen mujeres que mueren asesinadas por la deshonra de haber sido violadas. Son situaciones muy difíciles de erradicar porque están ligadas a cuestiones culturales y creencias religiosas. Generalmente, se dan en países de religión islámica y se producen por la trasgresión de normas o patrones sociales. En ciertas sociedades las mujeres encarnan el honor familiar, y en el caso de no cumplir con ciertas normas pueden ser víctimas de crímenes de honor. Por ejemplo, entrarían las relaciones sexuales extramaritales, aun cuando se trate de una violación. Estos crímenes pueden manifestarse en formas crueles y violentas que causan incluso la muerte. La ejecución puede ser llevada a cabo por el padre o hermanos de quien transgrede las normas, o por lapidación pública. La RAE define lapidar como apedrear; es decir, tirar o arrojar piedras a alguien o algo, y/o matar a pedradas54.

3.5. Matrimonios forzosos

Se trata de mujeres y niñas que son obligadas a contraer...

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