Orden de 27 de abril de 2010, por la que se formaliza acuerdo de encomienda con la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía para la materialización referente a los programas sociolaborales y las ayudas sociales excepcionales dependientes de los mismos.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO
Rango de LeyOrden

P R E Á M B U L O

La Dirección General de Trabajo cuenta entre sus fuentes de financiación con fondos públicos contemplados en el presupuesto de gastos de la Consejería de Empleo, generado a través del Servicio de autofinanciado, para dar cobertura presupuestaria a las líneas de apoyo excepcionales de carácter sociolaboral a los trabajadores afectados por los procesos de reestructuración laboral y viabilidad de empresas, al amparo del artículo 114 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; el Reglamento (CE) 2006/1998, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea a las ayudas de minimis y a los planes socio-laborales ligados a la extinción de puestos de trabajo.

La actual situación económica y su incidencia en las empresas, situadas en Andalucía, con directa repercusión en su mercado laboral hace necesaria la puesta en marcha de un conjunto de actuaciones que, de forma ágil y eficaz, den respuesta a la situación de crisis económica y sociolaboral generada por la misma. El objetivo es facilitar una reestructuración de empresas con dificultades económicas transitorias, a fin de que afiancen su posicionamiento económico para garantizar su viabilidad y mejorar la competitividad de las mismas, y con ello se atienda a la problemática socio-laboral que pudiera derivarse de dicho proceso de reestructuración empresarial, de coyuntura económica y laboral, evitando su directa repercusión negativa sobre el mercado laboral andaluz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo en el ejercicio de las competencias asignadas, tiene entre sus objetivos de actuación las relaciones laborales, tanto individuales como colectivas, y de condiciones de trabajo; la mediación, arbitraje y conciliación, así como el estudio sobre viabilidad de empresas, análisis de la productividad y la resolución de expedientes de regulación de empleo y de acompañamiento sociolaboral en su caso, sin perjuicio de la necesaria coordinación con otros órganos directivos.

En este contexto, el apoyo económico necesario para el desarrollo de las referidas actuaciones incidirá de forma efectiva en la mejora de las condiciones de trabajo en el ámbito de las entidades destinatarias de las ayudas excepcionales, lo que constituye un objetivo de interés social por cuanto afecta directamente al mantenimiento del empleo y sus condiciones, a las repercusiones negativas que soporten los trabajadores en los procesos de reestructuración y extinción y/o modificación de la relación laboral, y a la viabilidad y productividad de las empresas que reforzaran y desarrollaran el tejido productivo andaluz.

Segundo. La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía es una entidad instrumental prevista en el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, dotada de personalidad jurídica propia y diferenciada de la Administración de la Junta de Andalucía, con plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, con...

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