La formación del jurista en el virreinato del Perú en las postrimerías del antiguo régimen

AutorCarlos Tormo Camallonga
Páginas199-237
LA FORMACIÓN DEL JURISTA EN EL VIRREINADO DEL PERÚ
EN LAS POSTRIMERÍAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN
Carlos Tormo Camallonga1
Resumen: La formación universitaria del jurista limeño y el recibimiento del egresado
como abogado ante la Audiencia de la ciudad, a nales del XVIII y principios del XIX,
siguen los cauces habituales de la monarquía hispana. Sin embargo, y frente a otros ám-
bitos de la misma, son varias las notas que parecen dotar a esta realidad de ciertas es-
pecicidades: la existencia de un único grado para Leyes y Cánones, la prontitud de la
reforma ilustrada en la universidad, la destacada importancia de los colegios mayores y,
muy especialmente, el de San Carlos, la práctica privada, el exhaustivo y bien documenta-
do procedimiento de habilitación, y el papel del Colegio de Abogados. Desde el análisis de
estos expedientes de recibimiento, nos preguntarnos si las reformas indianas, no tanto las
novohispanas como las peruanas, venían siempre precedidas por las peninsulares o bien
eran simultáneas.
Palabras clave: Universidad de San Marcos de Lima, Colegio Convictorio de San Carlos,
Leyes y Cánones, reformas ilustradas, Colegio de Abogados.
Abstract: University education of the jurists in Lima and reception of the graduate as a
lawyer in Cort follow the usual channels of the Spanish monarchy. However, there are sev-
eral specicities regarding legal education and practice in Lima: the existence of a single
degree for canon and civil law; the promptness of the university enlightened reforms; the
outstanding importance of the university colleges and, most especially, San Carlos; the
private practice; the exhaustive and well-documented procedure of habilitation; and the
role of the Bar Association. All this makes us wonder if Indian reforms, not in New Spain
but in Peru, were preceded by those at the Peninsula or if they were simultaneous.
Key words: San Marcos University, San Carlos University College, Civil and Canon Law,
Enlightened reforms, Bar Association.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN; II. EL PUNTO DE PARTIDA; III. LA REFORMA EN LA
UNIVERSIDAD; IV. LA REFORMA EN EL CONVICTORIO DE SAN CARLOS; V. EL RE-
GLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA; VI. LA FORMACIÓN PRÁCTICA; VII.
CONSIDERACIONES FINALES. VIII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Y FUENTES.
1 Profesor Titular de Universidad del Departamento de Derecho Financiero e Historia
del Derecho de la Universitat de València-Estudi General. Correo electrónico: ctormo@
uv.es.
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CARLOS TORMO CAMALLONGA
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I. INTRODUCCIÓN
El Derecho en el virreinato del Perú a nes del Antiguo Régimen era el
propio de la monarquía hispana. Es algo obvio, por mucho que se hable del
Derecho indiano como orden diferenciador; un término éste, el de Derecho
indiano, cuestionado incluso en su propia terminología.2 Como obvio resulta
decir que la justicia en su praxis forense era la misma, y por mucho que, de
nuevo, tuviera sus particularidades, que no eran de mayor calado que las pro-
pias de cualquier otra demarcación o sede judicial del imperio, a uno y otro
lado del Atlántico. Y por lo mismo, la formación en Jurisprudencia y el acceso
a la profesión de la abogacía tampoco iban a ser muy diferentes en ninguno de
los dominios del rey. Aun así, y admitiendo que, dentro de este orden común,
cada reino o magistratura podía disponer de según qué particularidades, en
este estudio nos aproximaremos a las propias del letrado en el virreinato del
Perú en los tiempos inmediatamente previos a la Independencia. Y lo haremos
desde dos premisas, una que restringe y otra que amplía el ámbito territorial
de nuestras consideraciones. Primeramente, y puesto que dentro del vasto te-
rritorio peruano existía o podía existir una cierta diversidad, nos centraremos
en la realidad de su metrópolis, Lima, dejando para otro momento la de, por
ejemplo y muy principalmente, Cuzco. Por el contrario, y en segundo lugar,
veremos que algunas de las características de que hablamos —que podían ser
diferentes respecto a la Península o a Nueva España— serán comunes a otras
sedes judiciales y universitarias de la América meridional.
Antes que nada es necesario dejar constancia de la gran escasez documen-
tal a la que nos enfrentamos a la hora de estudiar cualquiera de estos aparta-
dos. Es una consecuencia de los lamentables avatares por los que han pasado
los diferentes archivos limeños, fundamentalmente el de la Universidad, el
la Audiencia y el del Colegio de Abogados.3 Sin embargo —oportuna excep-
2 Sin ánimo de exhaustividad, y con la bibliografía que contiene, puede verse GARRI-
GA ACOSTA, C., «Sobre el Gobierno de la Justicia en Indias (siglos XVI-XVII)», Revista
de Historia del Derecho, núm. 34, 2006, pp. 67-160.
3 GONZÁLEZ GONZÁLEZ, E., El Poder de las Letras. Por una historia social de las
universidades de la América hispana en el periodo colonial, 1.ª ed., México (EdicionesEyC),
2017, pp, 235 o 532; GONZÁLEZ GONZÁLEZ, E.; GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, V., «Los gra-
dos universitarios en las Indias (siglos XVI-XIX). Problemática y fuentes», en Universidad
y sociedad: historia y pervivencias, València (Universitat de València), 2018, pp. 251-278.
ARCELÉN RELUZ, C.; MALDONADO FAVARATO, H., “El saqueo de las Bibliotecas y Ar-
chivos de Lima durante la ocupación chilena entre 1881 y 1883”, Investigaciones Sociales,
vol. 18, núm. 33, 2014, pp. 141-153.
ESTUDIOS LUSO-HISPANOS DE HISTORIA DEL DERECHO
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ción—, se conservan numerosos expedientes de recibimiento de abogado ante
la Audiencia de Lima, que nos aportan copiosa información a nuestros efec-
tos. Nos remitiremos frecuentemente a ellos, pues recogen muchas referen-
cias sobre todas estas cuestiones, y en mucha mayor medida de lo que hemos
encontrado en otras audiencias. Eso sí, estamos hablando de unos legajos
muy desiguales en su contenido, así como de un rigor en ocasiones cuestio-
nable, especialmente por lo que se reere a la información aportada por el
propio graduado e interesado. Además, y puesto que la mayoría de estos ex-
pedientes son incompletos, tendremos que considerar las tesis e inferencias a
las que lleguemos desde una prudente distancia. Formularemos deducciones
que a menudo tendremos que sujetar a múltiples puntualizaciones, por lo
que mucho de lo que digamos deberemos encuadrarlo en el campo, sino de
la hipótesis, de una investigación todavía inconclusa. En cualquier caso,
y a pesar de tanta ausencia y relatividad, el valor de estos documentos de la
Audiencia es grande, pues, con todas las referidas objeciones, nos ofrecen una
idea más o menos aproximada de la formación letrada limeña y peruana para
las últimas décadas del XVIII y primeras del XIX, que es de cuando proceden
la casi totalidad de las solicitudes de recibimiento que hemos encontrado.4
Casi en la misma medida que estos expedientes, nos valdremos también
de una recopilación de textos, de muy diversa procedencia y autoría, publica-
dos por Luis Antonio Eguiguren en 1940. Eso sí, la frecuente imprecisión con
que en demasiadas ocasiones el autor recoge estos papeles, nos obliga a con-
siderarlos desde una más que prudente distancia, como bien han aconsejado
los investigadores Ella Dunbar Temple y Enrique González.5 En demasiadas
ocasiones, nos resulta difícil descifrar hasta qué punto estos escritos respon-
den a una información original, o bien a una mera interpretación del autor
sobre documentos diversos del Archivo General de Indias.6 Aún así, y dada
4 Archivo Nacional del Perú, Fondo Real Audiencia, Sección Grados de Abogados.
Puede verse una generosa e ilustrativa selección de estos expedientes en DUNBAR TEM-
PLE, E., Colección Documental de la Independencia del Perú. La Universidad. Libros de
Posesiones de Cátedras y Actos Académicos 1789-1826. Grados de Bachilleres en Cáno-
nes y Leyes. Grados de Abogados, Comisión Nacional del Sesquicentenario de la Inde-
pendencia del Perú, tomo XIX, vols. 1º-3º, Lima, 1972-1974. Obviamos la cita completa de
cada individuo que incluimos en las siguientes páginas.
5 DUNBAR TEMPLE, E., Colección Documental de la Independencia, cit., vol. I, pp.
XIII y XVII; GONZÁLEZ GONZÁLEZ, E., El Poder de las Letras. Por una historia social
de las universidades de la América hispana en el periodo colonial, cit., p. 273.
6 EGUIGUREN, L. A., Diccionario Histórico-Cronológico de la Real y Ponticia Uni-

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