Fondo de Garantía de pensión de alimentos

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez - María Angélica Moreno Cabello
Páginas113-114
113
Capítulo 19
Fondo de Garantía de
pensión de alimentos
A nivel estatal, existe la Ley 42/2006 de 28 de diciembre, la cual creó
el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, regulado por el Real Decreto
1618/2007 de 7 de diciembre, con el objetivo de garantizar a los hijos e hijas
menores de edad el pago de alimentos reconocidos e impagados, establecidos
en convenio judicialmente aprobado o en resolución judicial en procesos de
separación, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, liación o ali-
mentos, mediante el abono de una cantidad que tendrá la condición de an-
ticipo. También en los casos de hijos e hijas mayores de edad discapacitados,
estos serán beneciarios de los anticipos del Fondo cuando concurran en ellos
las mismas circunstancias.
Se considera una unión a los mandatos de protección de los hijos y de
la familia del artículo 39 de la Constitución Española, y de la obligación de
adoptar las medidas necesarias para asegurar el cobro de las pensiones de ali-
mentos contraída por los Estados que han raticado la convención de las Na-
ciones Unidas sobre Derecho del Niño, de 20 de noviembre de 1989, entre los
que se encuentra nuestro país. En este sentido, la doctrina211 consideraba la
necesidad de crear un Fondo de Garantía de Pensiones, para hacer frente a los
graves desequilibrios económicos que generaban los casos de incumplimiento
de pago de las pensiones de alimentos por parte de cónyuges obligado a ha-
cerlo, garantía de pago que tenía su origen en la protección prevista para los
niños en diferentes Convenios Internacionales, especialmente en la Declara-
211 Vid. SANZ MORÁN, Carmen, «Algunas consideraciones relativas al delito de impago de
pensiones», op. cit., pág. 1633.

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