ORDEN EYE/217/2011, de 3 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a fomentar la contratación, en régimen de interinidad, para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyOrden

I

El Plan Regional de Empleo para el año 2011, fruto del diálogo social, tiene como objetivo general la mejora del empleo, entendiendo por tal la creación de empleo y el mantenimiento del existente, procurando la mejora de su estabilidad y calidad.

Entre los objetivos específicos, determina fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y facilitar la realización efectiva de la conciliación de la vida laboral y familiar.

El citado Plan, que constituye el plan estratégico de subvenciones al que se refieren el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece como colectivos preferentes en las contrataciones a incentivar los parados de larga duración, los jóvenes y las mujeres.

Con la presente Orden se configura una línea de subvención para hacer efectivos los citados objetivos, y cuya finalidad es incentivar la contratación de personas desempleadas para sustituir a trabajadores que disfrutan de determinados derechos legalmente establecidos en materia de conciliación de la vida laboral y familiar.

II

Las bases reguladoras de esta subvención se incorporan como Anexo a la presente Orden, estructurándose en dos capítulos con un total de 17 bases: el Capítulo I regula las disposiciones generales y el Capítulo II el procedimiento de concesión.

El Capítulo I recoge el objeto y finalidad de la subvención, que es promover nuevas contrataciones en régimen de interinidad para sustituir trabajadores que se encuentren en situación de excedencia o reducción de jornada laboral por cuidado de hijo o familiar, o suspensión del contrato de trabajo por situación de riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.

Regula, además, entre otros aspectos, los requisitos para tener la condición de beneficiario, las características de las contrataciones a realizar, la cuantía de la subvención, los criterios de concesión de la misma y el régimen de incompatibilidades.

El Capítulo II regula el procedimiento de concesión el cual se tramitará en régimen de concesión directa.

Establece la forma de presentación de las solicitudes, que podrá efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

Por último, este Capítulo II exige la justificación previa para la concesión y pago de las subvenciones, la obligación de reintegro del importe de la subvención en caso de incumplimiento y la obligación que tiene el beneficiario de someterse a las actuaciones de control que realicen los organismos públicos.

III

Las subvenciones de esta Orden serán financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, establece en su artículo 4 las funciones de este Organismo, señalándose en el apartado 2.a) que le corresponde la elaboración y gestión de los programas de inserción laboral y fomento del empleo.

En consecuencia, oído el Consejo General de Empleo, a propuesta del Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, teniendo en cuenta las reglas establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo único

Aprobar las Bases Reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a fomentar la contratación, en régimen de interinidad, para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar en la Comunidad de Castilla y León, que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

Disposición Adicional

Estas subvenciones están sometidas al régimen de mínimis, en los términos establecidos en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis.

Disposición Derogatoria

Queda derogada la Orden EYE/224/2009, de 3 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar en la Comunidad de Castilla y León.

Disposición Transitoria

Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta Orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su iniciación.

Disposición Final

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 3 de marzo de 2011.

El Consejero de Economía y Empleo,

Fdo.: T omás V illanueVa R odRíguez

ANEXO

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD,

PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Base 1.ª- Objeto y finalidad.

Fomentar la contratación de personas desempleadas, para sustituir a trabajadores que prestan servicios en centros de trabajo de Castilla y León, que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

- Reducción de jornada laboral o excedencia por cuidado de hijo o familiar, en los supuestos establecidos en los Art. 37.5 y 46.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR