Financiación y protección del patrimonio histórico: propuestas de futuro

AutorAlejo Hernandez Lavado
Cargo del AutorUniversidad de Extremadura
Páginas237-251

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Introduccion

España, en un país que cuenta con un importante patrimonio cultural, y dentro de ello un conjunto de ciudades que atesoran una parte fundamental de dicho patrimonio cultural que por su alto valor ha merecido ser decla-

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rado Patrimonio de la Humanidad. Un Patrimonio Cultural que puede ser una fuente de riqueza bien gestionado, pero que tiene también un coste de protección y mantenimiento superior al normal.

Con ésta realidad los Ayuntamientos de las ciudades patrimonio de la Humanidad se encuentran con una mayor necesidad de recursos tanto económicos como materiales para la conservación y gestión de dicho patrimonio cultural.

El objetivo tiene que ser a mi modesto criterio hacer de estas ciudades prósperos centros de turismo, cultura y negocios. No basta que aprovechen su potencial turístico y cultural si no se convierten en centros de negocios. No son ciudades para la industrialización salvo que se sitúe la industria a una distancia considerable, pero si para los negocios. Hoy día no son las actividades consistentes en instalar una industria contaminante las que generan mayor riqueza, son los negocios on-line. Cáceres por ejemplo debería despegar económicamente a través de la informática y del crecimiento de la universidad con una oferta específica para estudiantes de Iberoamerica.

No quiero centrarme exclusivamente en el aspecto económico, porque aunque ello sea importante, no es más importante que la necesidad de contar con unos profesionales altamente cualificados para gestionar dicho patrimonio. Todo ello para conseguir aprovechar uno de los mejores recursos para el desarrollo con los que cuentan estas ciudades1.

Por otra parte continuamos inmersos en una crisis económica que ha vaciado de recursos a los entes públicos, que ven año a año incrementarse su déficit público a la vez que se incrementan sus obligaciones para con el patrimonio cultural. Y a ello se une, el recorte presupuestario2de los recur-sos destinados a la cultura y al Patrimonio cultural3.

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Ante estas duras realidades conviene recordar que existe una relación directa entre el progreso económico y el bienestar de una sociedad y el nivel de creatividad, de innovación, de cultura de esa sociedad. Además todo ello está en conexión directa con la eficiencia y eficacia con que el Estado fomenta la creatividad en todas sus expresiones, y la conservación de su patrimonio cultural, el coleccionismo y el mecenazgo. Los Estados capaces de implicar a sus ciudadanos en la participación y desarrollo de la creatividad, en el arte, en la cultura, en el patrimonio, en el coleccionismo y en el mecenazgo son países que avanzan en lo económico y en lo social. El hombre culto, generoso, que ama el arte es el más productivo económica y humanamente en una colectividad. Un instrumento para ello es el desarrollo de una buena política fiscal, junto a una eficaz gestión financiera.

Este cuadro refleja por columnas del 2005 al 2014 el gasto en cultura, que va subiendo de 20015 hasta 2009 y a continuación va bajando en un descenso próximo al 50% en el 2014. Se ha reducido el gasto en cultura a la mitad.

Quiero enmarcar mi intervención en dos planos: (ser y deber ser). Un primer plano en el que analizaremos cómo se protege, cómo se incentiva fiscalmente la recuperación del patrimonio cultural español y un segundo plano de cómo se podría o debería hacer, pues entiendo que un foro como éste no debe quedarse en el análisis de la realidad sino ir más allá y proponer

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nuevos medios o instrumentos de protección y recuperación del patrimonio cultural de nuestras ciudades “Patrimonio de la humanidad”.

1. Actual protección fiscal de los bienes culturales

Los valiosos profesionales que han intervenido ayer han puesto de manifiesto la conexión del patrimonio cultural con las Haciendas Locales, pero entiendo que la protección del patrimonio cultural a través de beneficios fiscales requiere una visión total de la fiscalidad actualmente vigente en España.

EL patrimonio cultural español, uno de los más importantes cuantitativa y cualitativamente del mundo occidental sufrió en el siglo XIX una verdadera hecatombe que tuvo causas muy diversas que confluyeron en una destrucción masiva y dolorosa que provocó la pérdida de innumerables bienes culturales muebles e inmuebles. Las causas la sistematicé en un trabajo publicado en Italia en 2014 en las siguientes categorías o grupos4:

1.1. Causas que han provocado la destrucción del patrimonio cultural español

1.1.1. Causas demográficas y urbanísticas, qué provocaron un fuerte crecimiento de las ciudades y la destrucción de las murallas y edificios emblemáticos en un urbanismo descontrolado, que también destruyó las costas y magníficos espacios naturales de enorme valor cultural.

1.1.2. Las sucesivas guerras, la primera de las cuales fue la invasión francesa que entre la rapiña (tanto la oficialmente planificada y organizada desde París como la de los militares) con la destrucción masiva de edificios muchas veces con patente intencionalidad como los maravillosos jardines renacentistas de Abadía, que ya estaban deteriorados cuando llegaron los franceses5.

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1.1.3. Causas ideológicas, como la ilustración que dio lugar a la desamortización.

1.1.4. Y causas económicas, como la pérdida de poder económico de la Iglesia y la nobleza que se vieron obligadas a vender lo que durante siglos habían atesorado. Naturalmente con la colaboración dé compradores compulsivos, fundamentalmente de Estados Unidos, que quisieron hacerse con todo lo que pudieron del patrimonio europeo.

1.2. Beneficios fiscales a la recuperación del Patrimonio Cultural Español

Consciente el Estado de la necesidad de recuperar y poner en valor lo que aún queda de nuestro rico patrimonio cultural tiene establecidos una serie de incentivos fiscales, tanto en tributos estatales, cómo en tributos autonómicos y locales, que a continuación sucintamente mencionamos para hacernos una composición de lugar:

1.2.1. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

  1. Deducción en la cuota del 15 por ciento del importe de las inversiones o gastos que realizados en la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico Español, realizada fuera del territorio español para su introducción dentro de dicho territorio, siempre que los bienes sean declarados bienes de interés cultural o incluidos en el Inventario general de bienes muebles en el plazo de un año desde su introducción y permanezcan en territorio español y dentro del patrimonio del titular durante al menos cuatro años6.

  2. Ayudas y subvenciones: De conformidad con lo dispuesto en el art. 14 letra j del I.R.P.F. las ayudas públicas a los titulares de bienes integrantes del Patrimonio histórico cuyo destino exclusivo sea la conservación o rehabilitación de los mismos, y siempre que el propietario cumpla con los deberes de apertura y acceso al público de dichos bienes, podrá imputar la cuantía de la ayuda en cuartas partes durante cuatro ejercicios

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    sucesivos. Dada la progresividad del tributo que puede llegar a tipos de gravamen superiores al 50% (depende de cada CCAA) el aplazamiento en el pago del impuesto es un beneficio interesante.

  3. Ganancias y pérdidas patrimoniales.

    Para impulsar el pago de las deudas tributarias en especie a través de la entrega de bienes del patrimonio histórico se establece la no sujeción de las ganancias que se pongan de manifiesto por la alteración patrimonial que supone dicha entrega.

  4. La cuota íntegra del impuesto es el resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base liquidable y, a su vez, la cuota líquida es el resultado de realizar una serie de deducciones en la cuota íntegra. Entre las deducciones se encuentra la establecida en el apartado 5 del artículo 68 correspondiente al Patrimonio Histórico Español. -Se genera el derecho a una deducción en la cuota del 15% de las inversiones o gastos realizados en:

    - La conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad.

    - La rehabilitación de edificios, el mantenimiento y reparación de sus tejados y fachadas, así como la mejora de infraestructuras de su propiedad.

  5. La posibilidad de pagar el impuesto con los bienes integrantes del Patrimonio Histórico inscritos en el Inventario General de Bienes...

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