Finalización del plazo de adaptación

AutorJavier Ribas
Cargo del AutorAbogado
Páginas#148

El plazo establecido para los ficheros de nivel básico finalizó el pasado mes de marzo.

Son de nivel medio los ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros y servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito.

También se aplicarán las medidas de seguridad de nivel medio a los ficheros que contengan un conjunto de datos de carácter personal suficientes que permitan obtener una evaluación de la personalidad del individuo.

Las medidas de seguridad de nivel medio que deben aplicarse antes del 26 de junio son las siguientes:

  1. Documento de seguridad

  2. Régimen de funciones y obligaciones del personal

  3. Registro de incidencias

  4. Identificación y autenticación de usuarios

  5. Control de acceso

  6. Gestión de soportes

  7. Copias de respaldo y recuperación

  8. Medidas de seguridad de nivel básico

  9. Responsable de seguridad

  10. Auditoría bianual

  11. Medidas adicionales de identificación y autenticación

  12. Control de acceso físico

  13. Medidas adicionales de gestión de soportes

  14. Registro de incidencias

  15. Pruebas sin datos reales

Puede solicitar más información sobre los pasos a seguir para conseguir la adaptación de la empresa al Reglamento de Seguridad de la LORTAD a:

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