Finalidad de la acción de suspensión de obra nueva

AutorIván Gayarre Conde
CargoAbogado del Estado-Jefe en Huelva
Páginas417-422

    Demanda elaborada por Iván Gayarre Conde, Abogado del Estado-Jefe en Huelva, en enero de 2006.

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Hechos

1. La mercantil «DINTEL [...]», en su doble condición de promotora y constructora, está realizando los trabajos de urbanización y edificación de la urbanización publicitada como «El Mirador [...]» en el sector [...] de las Normas Subsidiarias de Ayamonte (Huelva), sito en la ladera de una parcela anexa al Parador de Turismo de Ayamonte.

Este Parador está ubicado en lo alto de un montículo, y consta de dos alas: la originaria edificada en los años sesenta, y una ampliación realizada en los años ochenta.

2. En los primeros días del mes de enero de 2006, mientras se realizaban por la mercantil «DINTEL [...]» excavaciones y movimientos de tierra en la zona inferior de la falda oeste del montículo en cuya cima se asienta el Parador de Turismo de Ayamonte, se produjo un corrimiento de tierras que provocó:

a) La aparición de diversas grietas en el suelo de la cima del montículo en el que se asienta el Parador.

b) La apertura de la junta de dilatación que une las dos alas del Parador de Ayamonte, de tal forma que la ampliación realizada en los años ochenta corría un grave riesgo de volcarse hacia la ladera en la que se había producido el corrimiento de tierras.

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Ante esta situación, en la tarde del día 9 de enero de 2006 se requirió con carácter urgente al arquitecto don Antonio [...] (colegiado en Huelva con el núm. 136) para que acudiese al Parador de Huelva a analizar los desperfectos aparecidos.

Tras realizar esa misma tarde (sin luz solar) una inspección del Parador y de los desperfectos producidos, las partes intervinientes en el mismo (el arquitecto don Antonio [...], la Directora del Parador doña María José [...], el gerente de la mercantil «DINTEL [...]» don Francisco [...], y el arquitecto de las obras de urbanización don José [...]) acordaron la necesidad de desalojar con carácter urgente el ala del parador que había sido ampliada en los años ochenta, dejándose de admitir huéspedes en la misma a partir del día 10 de enero, situación que se mantiene inalterada hasta la fecha. Asimismo, se acordó realizar una nueva visita al día siguiente (martes 10 de enero) para poder realizar las comprobaciones oportunas a la luz del día.

3. La mercantil «DINTEL [...]» ha seguido realizando con posterioridad al 9 de enero de 2006 trabajos de urbanización y edificación en la zona afectada, los cuales subsisten hasta la fecha de interposición de la presente demanda.

4. El día 10 de enero de 2006 se colocaron en determinados puntos del Parador los correspondientes testigos provisionales para comprobar la evolución de los desperfectos.

Las comprobaciones realizadas los días 11, 12, 16, 17, 19, 20 y 23, todos ellos del mes de enero, ha permitido constatar un empeoramiento de la situación, apareciendo nuevas grietas y agravándose los desperfectos ya existentes.

En concreto, se constata que la estructura del ala del Parador afectada comienza a deformarse, al no poder absorber las deformaciones del terreno motivadas por los corrimientos de tierra que generan las obras que «DINTEL [...]» está efectuando en la zona inferior de la falda oeste del montículo en cuya cima se asienta el Parador. Ello motiva un deterioro de la junta de las alas nueva y vieja del Parador, comenzando a volcarse el...

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