La fijación del precio de derivados extrabursátiles de cobertura del riesgo de tipo de interés y su calificación como conducta colusoria de acuerdo con el artículo 1 LDC y 101 TFUE

AutorBruno Martín Baumeister
CargoProfesor Adjunto de Derecho mercantil
Páginas2859-2882
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 769, págs. 2859 a 2882 2859
4. DERECHO BANCARIO
La fijación del precio de derivados
extrabursátiles de cobertura del riesgo de tipo
de interés y su calificación como conducta
colusoria de acuerdo con el artículo 1 LDC
y 101 TFUE
Price setting in over-the-counter interest rate
dePrice setting in over-the-counter interest
rate derivatives and its classification as a
collusive conduct under Articles 1 LDC and 101
TFEUrivatives and its classification as a collusive
conduct under Articles 1 LDC and 101 TFEU
por
BRUNO MARTÍN BAUMEISTER
Profesor Adjunto de Derecho mercantil
RESUMEN: La Resolución de la Sala de Competencia de la Comisión Nacio-
nal de los Mercados y de la Competencia (CNMC) de 13 de febrero de 2018 en
el expediente S/DC/0579/16 sanciona a cuatro entidades de crédito por infracción
muy grave del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) así como
del artículo 101 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)
por actuación concertada en la fijación de precios por encima de las condiciones
de mercado en los derivados extrabursátiles utilizados como cobertura del riesgo
de tipo de interés. Este trabajo tiene por objetivo evaluar los aspectos potencial-
mente anticompetitivos asociados a la contratación de derivados extrabursátiles
de cobertura de tipos de interés, tal y como aparecen identificados por la CNMC,
y señalar las dificultades interpretativas que presenta la Resolución.
ABSTRACT: In its Resolution of February 13, 2018, S/DC/0579/16, Spain’s Com-
petition Authority (CNMC) sanctions four banks for a very serious infringement of
Article 1 of the Law on the Defense of Competition (LDC) as well as Article 101
of the Treaty on the Functioning of the European Union (TFEU) for a concerted
action in setting prices above market conditions in over-the-counter interest rate
derivatives. This paper addresses the potentially anti-competitive aspects associated
with the contracting of over-the-counter interest rate derivatives, as identified by the
CNMC, and the interpretative difficulties presented by the Resolution.
PALABRAS CLAVE: CNMC. Derivados extrabursátiles de tipo de interés. Ar-
tículo 101 TFUE.
Bruno Martín Baumeister
2860 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 769, págs. 2859 a 2882
KEY WORDS: CNMC. OTC interest rate derivatives. Article 101 TFEU.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. CONTRATACIÓN DE DERIVADOS
EXTRABURSÁTILES DE TIPO DE INTERÉS VINCULADOS A CONTRATOS
DE FINANCIACIÓN SINDICADA: 1. OPCIÓN DE TIPO DE INTERÉS COLLAR (INTEREST
RATE COLLAR). 2. PERMUTA FINANCIERA DE TIPO DE INTERÉS (INTEREST RATE SWAP O IRS).
III. VALORACIÓN DE LOS DERIVADOS EXTRABURSÁTILES DE COBERTU-
RA DE TIPOS DE INTERÉS: 1. TIPO FLOOR DEL COLLAR Y TIPO FIJO DEL SWAP. 2. «IM-
PORTE DE LIQUIDACIÓN» EN CASO DE AMORTIZACIÓN ANTICIPADA.—IV. ANTECEDENTES DE
LA RESOLUCIÓN DE LA CNMC.—V. DELIMITACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS
CONDUCTAS IMPUTADAS: 1. APARTADO 1 DEL ARTÍCULO 1 LDC Y DEL ARTÍCULO 101
TFUE: A. Restricción por objeto. B. Carácter único y continuado de la infracción.
2. APARTADO 3 DEL ARTÍCULO 1 LDC Y DEL ARTÍCULO 101 TFUE.—VI. CONCLUSIONES.
You really do want to be the determining party
Shuyler K. Henderson, Henderson on Derivatives, 2010
I. INTRODUCCIÓN
La resolución de la Sala de Competencia de la Comisión Nacional de los Mer-
cados y de la Competencia (CNMC) de 13 de febrero de 2018 en el expediente S/
DC/0579/16 sanciona a cuatro entidades de crédito por infracción muy grave del
artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) así como del artículo 101
del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) por actuación
concertada en la fijación de precios por encima de las condiciones de mercado
en los derivados extrabursátiles utilizados como cobertura del riesgo de tipo de
interés en préstamos sindicados en financiación de proyectos1. Al margen de que
la multa de 91 millones de euros representa la tercera sanción más elevada en la
historia de la autoridad de defensa de la competencia española, este asunto reviste
el máximo interés porque supone la primera incursión de la CNMC en los aspectos
potencialmente anticompetitivos del mercado de financiaciones sindicadas2. El
interés de la CNMC por esta práctica bancaria puede enmarcarse dentro de una
tendencia más amplia impulsada en este mismo sentido en los últimos años por
la Comisión Europea y las autoridades nacionales de la competencia3. El ‘Mana-
gement Plan’ de 15 de febrero de 2017 de la Dirección General de Competencia
de la Comisión Europea4 sitúa entre sus prioridades de investigación los aspectos
de competencia relacionados con la negociación y conclusión de contratos de
financiación sindicada5. Esta declaración de principios se ha materializado en el
encargo de un estudio sobre ‘estructuras de mercado’ y ‘cuestiones potenciales
de competencia’ en Alemania, Francia, Países Bajos, Polonia, España y el Reino
Unido, cuya publicación está prevista para el segundo semestre de 20186. El en-
cargo de la Comisión comprende el análisis de las ‘dinámicas entre actores del
mercado’, sobre todo las restricciones a la liquidez de los mercados secundarios
de sindicación, la presencia de entidades de shadow banking y las diferencias en
el poder de mercado según el tipo de partes financiadas7. La Comisión Europea
también destaca en su Management Plan 2017 la notable opacidad del mercado
de derivados extrabursátiles en general y su intención de seguir investigándolo
en línea con sus decisiones en los asuntos ISDA e IHS Markit de julio de 20168.

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