Festividades religiosas: ¿Un ámbito de conflicto por resolver entre mayorías y minorías? (Especial referencia al ámbito laboral)

AutorJosé Mª Contreras Mazarío
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Eclesiástico del Estado. Universidad Pablo de Olvide de Sevilla
Páginas167-196
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Festividades religiosas:
¿Un ámbito de conflicto por resolver
entre mayorías y minorías?
(Especial referencia al ámbito laboral)
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Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado.
Universidad Pablo de Olvide de Sevilla
SUMARIO: 1. Introducción: festividades religiosas y sistemas de relación
Estado-fenómeno religioso. 2. Festividades y libertad de conciencia.
3. Festividades religiosas, minorías y migración. 4. Festividades religiosas
y relaciones de trabajo. 5. El fenómeno religioso en España: entre “lo
privado” y “lo público”. 6. Festividades religiosas y libertad de concien-
cia en España. 7. Festividades religiosas, no discriminación y derecho
del trabajo. 8. Festividades religiosas y contrato de trabajo: 8.1. Fase pre-
contractual. 8.2. Fase contractual: descanso semanal e inactividad labo-
ral: 8.2.1. Descaso semanal. 8.2.2. Festividades religiosas y principio de
no discriminación. 8.2.3. Festividades religiosas y derecho a no partici-
par. 9. Consideraciones finales.
RESUMEN
En el presente trabajo se aborda la temática del establecimiento, dentro del
calendario laboral, de un conjunto de días festivos o feriados. Parece claro que
en un Estado confesional, también los días festivos tengan relación directa con
la religión profesada. Las festividades religiosas fijadas serán las de la mayoría,
bien porque la población profese la religión oficial, bien porque es reflejo de
la cultura de la sociedad, bien porque el derecho y el Estado así lo establecen.
Todas las personas tendrán los mismos días festivos (o feriados) y de descanso
con independencia de las creencias o convicciones religiosas o filosóficas que
profesen, incluidas las minorías religiosas las practiquen o no. Llegados a este
punto, nos preguntaremos si este posicionamiento, que puede parecer lógico
en un modelo de Estado confesional, puede resultar igualmente lógico en otros
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tipos de modelos como pueden ser el Estado exclusivista o el Estado laicista e
incluso el laico. Amén de cómo juega en esta materia el factor de las mayorías, y
–sobre todo– si puede introducirse o no algún tipo de criterio modulador a favor
de las minorías, y todo ello con una referencia especial a España.
1. INTRODUCCIÓN: FESTIVIDADES RELIGIOSAS Y SISTEMAS DE
RELACIÓN ESTADO-FENÓMENO RELIGIOSO
Todos y cada uno de los países del mundo tienen establecidos, dentro de
su calendario oficial, un conjunto de días festivos (de descanso, inhábiles, etc.)
bien de carácter secular, bien de carácter religioso. A la hora de la adopción de
estos días, seguramente, cada Estado haya tenido presente y tenga presentes cri-
terios de muy distinta naturaleza (histórica, identitaria, cultural, sociológica,…),
lo que ha supuesto que en una gran parte de esos Estados se tenga en cuenta las
creencias religiosas o filosóficas de la mayoría de la población, cuando no –en el
caso de existir– la configuración política del Estado en materia religiosa.
A este respecto, parece claro que un Estado que adopte una declaración de
confesionalidad en favor de una determinada religión, también los días festi-
vos o feriados por él establecidos tengan relación directa con la religión pro-
fesada1. En estos casos el Estado se convierte en sujeto activo del derecho de
libertad de religión y en dicha calidad establece los días festivos y de descanso,
haciendo coincidir éstos con la celebración de festividades de especial relevan-
cia para la religión oficial, con independencia de cuál sea ésta. En un modelo
como el descrito, la discriminación suele ser consustancial al mismo, como lo
es la violación de los derechos fundamentales en general, y del derecho a la li-
bertad religiosa en particular. Las minorías religiosas no son reconocidas y, en
los casos más extremos, incluso perseguidas; aunque también cabe decir que,
en el mejor de los casos, su estatuto será el de la mera tolerancia. Por tanto, las
festividades fijadas serán las de la mayoría, bien porque la población profese
1 DÍAS FESTIVOS en GRECIA para 2019: Año Nuevo: 1 de enero; Epifanía: 6 de enero;
Lunes de Purificación: 11 de marzo (Primer día de Cuaresma para los cristianos ortodoxos); Día
de la Independencia de Grecia: 25 Marzo; Viernes Santo: 26 de abril; Domingo de Pascua: 28
de abril; Lunes de Pascua: 29 de abril; Fiesta del Trabajo: 1 de mayo; Pentecostés: 16 de Junio;
Espíritu Santo: 17 de Junio; Asunción de la Virgen María: 15 de agosto; Día del No o Aniversario
del “No”: 28 de octubre (se celebra el «no» de Grecia al ultimátum de ocupación italiana en
1940. Es un día muy importante con desfiles y fiestas patrias); Celebración de la Navidad: 25 de
diciembre; y Celebración de San Esteban: 26 de diciembre (Primer mártir).

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