Fernández Bermejo, Daniel: Individualización científica y tratamiento en prisión. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior. Madrid, 2014, 602 páginas

AutorCarlos García Valdés
CargoCatedrático de Derecho penal UAH
Páginas551-556

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I

De nuevo un discípulo de un discípulo mío da a la luz una obra de Derecho penitenciario. Enrique Sanz Delgado ha inspirado este magnífico libro y su mano se nota, sea esto dicho ante todo en reconocimiento de la labor directora de su maestro, sin perjuicio de las intrínsecas bondades del texto. Siete capítulos componen la monografía que abarcan toda la materia digna de estudio si bien, sistemáticamente, podría decirse que la misma se divide en dos grandes apartados: el minucioso análisis de la etapa histórica y el de la vigente, metodología que a mí personalmente excusado es decir que siempre me satisface.

Vaya por delante que Daniel Fernández Bermejo es doctor en Derecho por Alcalá, profesor que lo fue de la UNIR y, en la actualidad, de la UDIMA (Villalba-Madrid) y, sobre todas las cosas, para mejor entender su aportación, funcionario de Instituciones Penitenciarias. Para quien esto escribe no podía tener mejor carta de presentación.

Ya que he comenzado mencionando a su maestro, es precisamente en la primera parte de la monografía donde florece la enseñanza del prof. Sanz Delgado. La evolución histórica está excepcionalmente trabajada por Fernández Bermejo. El autor ha tenido la oportunidad de aprender, de primera mano, nuestros antecedentes y ¡vaya si los ha comprendido y aprovechado! La exposición de estos primeros tres centenares de páginas constituyen, por si solas, un libro autónomo, tal es la información que aportan y la profundidad con la que está concebido. A ello se añade la calidad y cantidad del soporte bibliográfico empleado que, sin dudar, está fuera de toda ponderación. Tanto en las numerosísimas citas a pié de página cuanto en el listado final, los libros y artículos científicos utilizados en la confección del meritorio trabajo supera, con mucho, lo habitual en esta clase de aportaciones. Está todo y está bien recogido, manejado, leído, entendido y mencionado donde procede, sin exceso y con precisión.

Penetrar en el origen del Derecho penitenciario significa remontarse a los previos pasos del mismo, cuando la prisión no era pena sino cárcel, es decir mero instrumento procesal de retención en espera de juicio, característica que aún hoy no ha perdido, sin ser ésta su verdadera esencia. Por ello, como hace el autor, hay que remontarse a los inicios del sistema entonces vigente en los locales prisionales y calabozos ancestrales, sin el más mínimo acondicionamiento ni medidas humanitarias, concepción lejana, la de su imperiosa mejora, del pensamiento que por entonces imperaba. Partiendo de esta base inequívoca, Fernández Bermejo parte de dos postulados concordantes, en lo que tienen de propuestas de reforma, y ambos divergentes: Howard no es Lardizábal, o sea el primero representa la vocación universal; el

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segundo la opción nacional, ambas determinantes para el asentamiento y el posterior logro de unos nuevos criterios de custodia.

La cita del filántropo inglés es la excusa, inexcusable podríamos decir, para señalar los básicos elementos de evolución positiva de un régimen carcelario: separación de los presos, diferenciación interna según fueran preventivos o condenados, dulcificación del sistema celular o necesidad del trabajo intramuros. Brevemente menciona su valiosa, innovadora y arriesgada tarea el autor (pp. 39 y ss.) porque su aportación no es, evidentemente, esta. Su esforzada investigación es España. Por eso parte de Manuel de Lardizábal (pp. 43 y ss.) y de su especificación de los centros, los arsenales y los presidios, a donde debían ser conducidos los reclusos. La clasificación, base del incipiente tratamiento, se inicia en las disposiciones tributarias del gran jurisconsulto. Es cierto que en el momento histórico contemplado, último tercio del siglo xviii, no existe una concepción del luego denominado tratamiento, siendo todo, como señaló hace tiempo Cesar Herrero, trato, pero trato mejor, en todo caso, que el que denunció Howard.

El prof. Fernández Bermejo deriva la primera calificación de modernidad de nuestro sistema penitenciario del eje de la clasificación de los reos presos o condenados, apuntada teóricamente por el egregio inglés y consoli-dada, en...

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