FERNÁNDEZ AMOR, JOSÉ ANTONIO: La responsabilidad fiscal de los administradores y sucesores de personas jurídicas, Bosch, 2005

AutorYolanda García Calvente
CargoProfesora Titular de Derecho Financiero y Tributario Universidad de Málaga

En el libro La responsabilidad fiscal de los administradores y sucesores de personas jurídicas, escrito por el profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona José Antonio Fernández Amor, se analizan los supuestos de responsabilidad tributaria que se regulan en los artículos 42.1.a), 43.1.a), b) y c), y el de sucesión previsto en el artículo 40 de la Ley General Tributaria de 2003. El interés que ha suscitado este tema tras la aprobación de la LGT/2003 ha sido mucho, buena muestra de lo cual son las diversas publicaciones relacionadas con este tema, así como la celebración de variados cursos, encuentros, jornadas, etc, cuyo eje central ha sido el análisis de los artículos mencionados.

No obstante, la monografía que reseñamos no es una más, sino un claro ejemplo del rigor con el que el autor de la obra acomete sus trabajos, lo que la convierte en una aportación doctrinal sin duda relevante. Además, el análisis de los preceptos que se ha llevado a cabo tiene una particularidad, y es que todos ellos se relacionan con las distintas fases por las que puede pasar una persona jurídica: constitución, realización de su actividad y extinción. El punto de partida del trabajo es la determinación de la naturaleza jurídica de la responsabilidad tributaria: un instituto jurídico que garantiza el crédito tributario. Siguiendo a CORTÉS DOMÍNGUEZ y MARTÍN DELGADO en Ordenamiento Tributario Español, el autor analiza los rasgos de la responsabilidad tributaria para acometer posteriormente un profundo estudio de la figura.

Tras la introducción, el segundo capítulo se dedica a la primera de las fases en la evolución de las personas jurídicas: su constitución. En este momento es preciso analizar varios artículos de la LGT, como el 35.4 (carácter de obligados tributarios de los entes sin personalidad); 42.1.b) (responsabilidad solidaria de cotitulares y copartícipes de los entes anteriores), y 43.1.a), en el que se regula la responsabilidad subsidiaria de los administradores de las personas jurídicas. El análisis se centra, en primer lugar, en determinar la función del artículo 42.1.b): ¿Es una garantía añadida a las que rodean el crédito tributario? ¿O constituye una puesta de manifiesto de la situación jurídico-pasiva real de los sujetos que se relacionan a través de un ente sin personalidad jurídica regulado por el artículo 35.4 LGT? En segundo lugar se dilucida si la fase de constitución de una persona jurídica se halla ligada a la responsabilidad solidaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR