ORDEN FORAL 66/2013, de 7 de mayo, del Consejero de Fomento, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción del “Ensanche y mejora de la carretera NA-128. Tramo: Carcastillo-Límite de provincia”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 24/2013, de 7 de febrero, del Consejero de Fomento se procedió a la aprobación provisional del proyecto de construcción del “Ensanche y mejora de la carretera NA-128. Tramo: Carcastillo-Límite de provincia”, y se sometió a información pública a efectos de bienes y derechos afectados.

El Servicio de Estudios y Proyectos informa que, transcurrido el plazo de información pública, no se han recibido alegaciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, procede la aprobación definitiva del proyecto.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Estudios y Proyectos, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2 del Decreto Foral 21/2013, de 20 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Fomento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el proyecto de construcción del “Ensanche y mejora de la carretera NA-128. Tramo: Carcastillo-Límite de provincia”, con un presupuesto de 5.916.072,81 euros.

  2. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, en la página web del Departamento y remitir el correspondiente anuncio a uno de los diarios de mayor circulación de la Comunidad Foral.

  3. Notificar esta Orden Foral al Servicio de Estudios y Proyectos y a la Sección de Expropiaciones, así como al ayuntamiento de Carcastillo, instando su publicación en el tablón de anuncios.

  4. Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso...

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