La familia en el derecho de la seguridad social

AutorCristina Blasco Rasero
Páginas176-179

Hay temas que no sólo no pierden actualidad sino que, por el contrario, son objeto de atención continua en nuestras sociedades. Uno de los ejemplos más clarificadores es la familia, sobre la que puede debatirse desde múltiples puntos de vista: sociológico, jurídico, económico, etc. El libro «La familia en el Derecho de la Seguridad Social» aborda un aspecto sobre la familia: el estudio del sistema básico, público y obligatorio de la Seguridad Social de protección a la familia. Como señala su autora, Cristina Blasco Rasero, quedan al margen de su análisis la asistencia social y los servicios sociales, las formas de protección de naturaleza privada, así como cualquier otro mecanismo, público o privado, de protección social y económica de la familia.

El desarrollo en el seno de la familia de unas funciones esenciales de atención y cuidado de las personas dependientes, de ayuda mutua y protección de sus miembros, de formación y participación en un patrimonio común, permite atribuir a la familia una posición singular en el Derecho de la Seguridad Social, precisamente encargado de procurar asistencia y protección social a los ciudadanos.

El libro comprende dos partes claramente diferenciadas: de un lado, la protección Œcontributiva y no contributivaŒ del sistema de la seguridad social a la familia y, de otro lado, el estudio de aspectos más generales relacionados con la familia como su tratamiento en la Constitución Española o la concepción de la familia en el sistema.

El libro comienza con un apartado inicial Œparte primeraŒ sobre «la protección social de la familia: evolución histórica y marco constitucional», para abordar en la segunda y tercera partes los temas relativos a «la familia en la protección contributiva de la seguridad social» y a «la familia en la protección no contributiva». Finaliza con una parte cuarta sobre «la configuración de la protección social de la familia».

Por lo que se refiere a la protección contributiva, la autora dedica capítulos independientes al estudio de la protección de la maternidad; la protección del cónyuge supérstite Œla pensión de viudedadŒ; la protección de los huérfanos Œla pensión de orfandadŒ; las prestaciones de supervivencia en favor de familiares; los familiares beneficiarios de las indemnizaciones por muerte y supervivencia y, finalmente, la familia y las prestaciones por desempleo.

Dentro de la protección no contributiva se analizan la protección sanitaria de los familiares; la protección de las responsabilidades familiares; la familia en las prestaciones no contributivas, y el complemento por mínimos y las responsabilidades familiares.

En palabras de su autora, «resulta de interés estudiar la situación, la relevancia y el contenido de la organización familiar y de las relaciones familiares en el Derecho de la Seguridad Social. Se trata de exponer de forma ordenada y crítica la regulación en vigor, de comentarla en función de las circunstancias sociales y familiares en las que debe ser aplicada, de proponer las reformas normativas que sean oportunas para conseguir un conjunto normativo, ordenado y coherente, adaptado a los tiempos y capacitado para conseguir los objetivos principales de la regulación constitucional y social, en particular, y del ordenamiento jurídico, en general».

En el capítulo dedicado a «La familia en la Constitución», se señala que hay que dedicar una especial atención al precepto nuclear en este tema, es decir el artículo 39 del Texto Constitucional que ordena, de un lado, la protección pública de la familia y, en particular, de los hijos y de las madres y, de otro, el deber de los padres de prestar asistencia a sus hijos. Ahora bien, el tratamiento integral del tema exige considerar otras disposiciones constitucionales en las que de forma directa o indirecta se alude a la familia y, en concreto, aquellas que tienen una aplicación material inmediata, como son los artículos 32 y 50, en sus referencias al matrimonio y a las personas de la tercera edad, como preceptos que inciden directamente en la delimitación del hecho familiar.

El análisis de la protección de la maternidad se centra en el estudio de las prestaciones de maternidad y de riesgo durante el embarazo, con especial atención a lo establecido en la Ley 39/1999, de conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

Una misma contingencia, la muerte de las personas incluidas en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social, puede dar origen a una pluralidad de prestaciones sociales de contenido, características y beneficiarios diversos: el cónyuge supérstite; los hijos huérfanos; otros familiares.

Al analizar la protección del cónyuge superviviente, la autora comienza con la pensión de viudedad, con un exhaustivo estudio de los diversos aspectos que deben tomarse en cuenta: contenido del derecho; circunstancias personales del beneficiario; causas de extinción del derecho; etc. Al estudiar la causa de extinción del derecho a la pensión de viudedad como consecuencia de contraer nuevo matrimonio se recoge la excepción recientemente establecida a favor de aquellos beneficiarios de la pensión de viudedad que sean mayores de 61 años o menores de dicha edad que tengan reconocida una incapacidad permanente absoluta, una gran invalidez o una minusvalía en un grado igual o superior al 65%, siempre que sea la pensión de viudedad su principal o única fuente de ingresos y obtenga el matrimonio unos rendimientos inferiores a ciertos límites.

Esta limitada aplicación de dicha excepción a las personas mayores de cierta edad, incapacitadas o minusválidas, expulsa de la protección a aquellos sujetos que, encontrándose en la misma situación de necesidad o precariedad económica, no cumplan las condiciones personales señaladas.

Por lo que se refiere a la pensión de orfandad, se contemplan diversos aspectos sobre la misma: el fundamento de dicha pensión; la delimitación del sujeto beneficiario; los requisitos o condiciones personales que deben reunir los huérfanos; los sujetos perceptores de la prestación, pues la pensión se abona directamente a los huérfanos cuando sean mayores de 18 años no incapacitados, en coherencia con la plena capacidad de obrar que adquieren con la mayoría de edad.

Finaliza el estudio de la protección por muerte y supervivencia con las prestaciones de supervivencia a favor de familiares, a las que se dedica un análisis pormenorizado de posibles beneficiarios, requisitos, etc., y con las indemnizaciones a favor de ciertos familiares cuando el fallecimiento del causante deriva de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.

Un capítulo especial se desarrolla para la familia y las prestaciones por desempleo, tanto en su modalidad contributiva como en el denominado subsidio asistencial, analizando los temas relacionados con las responsabilidades familiares, la convivencia y dependencia económica, etc.

Dentro de la protección no contributiva la autora recoge la protección sanitaria de los familiares, las prestaciones no contributivas, y el complemento por mínimos. Pese al principio de universalidad subjetiva como ideal de cobertura del ordenamiento español respecto a la cobertura sanitaria, tiene todavía sentido estudiar las prestaciones sanitarias dentro de las medidas de protección social integradas en la Seguridad Social. De acuerdo con la regulación actual de esta materia, la condición familiar o, dicho de otra forma, la existencia de una relación conyugal o de parentesco con los sujetos directamente incluidos en el campo de aplicación del sistema, constituye una forma de ampliación del ámbito subjetivo de las prestaciones sanitarias a las que, por esta vía, accede un grupo sumamente importante de ciudadanos. Actualmente, por lo tanto, la relación familiar constituye una forma de acceso de parte de la población a las prestaciones sanitarias públicas.

La implantación y la regulación de las llamadas prestaciones no contributivas supuso un paso importante en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 41 de la Constitución, permitiendo la protección de las situaciones más graves de pobreza, centrando su atención en las que padecen los segmentos menos protegidos de la población, es decir, los ancianos, los minusválidos y los niños. Las prestaciones no contributivas guardan una relación relevante con el hecho familiar, pues la situación familiar del beneficiario tiene importancia no sólo para determinar el derecho a la prestación misma, sino también para concretar la cuantía que le corresponde.

Asimismo, como es conocido, cada año se aprueba un cuadro de cuantías mínimas de las pensiones contributivas que sirve para determinar, en su caso, el importe del complemento por mínimos que corresponde a cada beneficiario. En este sentido, la situación familiar del pensionista es importante para la determinación de las cuantías mínimas de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares, y junto a otros criterios como la edad, el grado de invalidez o el número de beneficiarios de las prestaciones, se atiende a la situación familiar del preceptor de la ayuda para concretar su importe mínimo.

Tras el análisis de los ámbitos concretos en las que la situación familiar es tomada en cuenta en las diferentes modalidades de protección Œcontributiva y no contributivaŒ así como en las diversas prestaciones Œpensiones de viudedad, orfandad, etcŒ en que se materializa esa protección del sistema de seguridad social, el libro contiene una parte final dedicada al estudio de la «configuración de la protección social de la familia», en la que se recogen las notas fundamentales de la protección familiar en el Derecho español y dispensada por el sistema de la Seguridad Social, es decir, una valoración general de la política de la protección familiar que realiza el Estado español a través de dicho sistema.

En palabras de la autora, «se puede afirmar la existencia de razones suficientes para mantener una política singular de protección a la familia y, en concreto, para que el ordenamiento de la Seguridad Social siga prestando una atención especial al hecho familiar: de una parte, por la propia importancia y extensión de la familia como fenómeno social incuestionable; de otra, por el cumplimiento efectivo de unas funciones esenciales para la sociedad y de unas relaciones humanas y jurídicas fundamentales para la subsistencia de las personas. En particular, la existencia de una relación de dependencia, económica y material, entre los miembros del grupo, justifica el mantenimiento de una política general que materialice la protección pública a través de la familia. Por ello, aunque se pueda revisar y reformar la política social actual de protección familiar, es conveniente que permanezca en el ordenamiento social una consideración específica, con distintos objetivos, de esta realidad humana».

Ciertamente, el sistema general de prestaciones sociales constituye un cuadro complejo de protección de la realidad familiar que conlleva una protección plural en la que se mezclan elementos de carácter subjetivo con otros de carácter objetivo. La pluralidad de relaciones que se dan efectivamente en la familia y la consideración de los distintos bienes jurídicos que constituyen el objeto de la protección social exigen una actuación constante de ampliación y mejora del ámbito subjetivo y objetivo del sistema. Por ello, señala la autora, sería conveniente una nueva perspectiva: la realización de una política deliberada de protección a la familia en la que se definan las unidades familiares, las situaciones, los bienes y los derechos que deban ser objeto de la protección social y, en razón de tales fines, programar una protección completa, sistemática e integrada de la familia. De esta forma, se daría eficaz cumplimiento al mandato constitucional de protección integral de la familia.

El libro supone una importante aportación al estudio de la consideración de la familia en el sistema de la Seguridad Social y de las diferentes vías de protección de la misma, profundizando no sólo en la consideración de las prestaciones concretas establecidas al efecto Œpensiones, complementos, asistencia sanitaria, etcŒ sino también en aquellos otros múltiples aspectos y elementos Œconvivencia, dependencia económica, relación de parentesco, etc.Œ que deben ser tenidos en cuenta a la hora de diseñar y establecer los mecanismos de atención a la familia. Al lado de las prestaciones estrictamente económicas, también es posible y conveniente mejorar la protección social a través de medidas complementarias y servicios sociales destinados a la atención de necesidades varias (tales como guarderías, centros especiales de ancianos, enfermos, minusválidos, etc.).

Otro elemento que debe ser destacado es que el libro recoge tanto la normativa reguladora de cada una de las prestaciones analizadas como la jurisprudencia que ha recaído sobre aspectos controvertidos como las uniones extramatrimoniales, por ejemplo. Asimismo, pone de manifiesto algunas insuficiencias en la protección de las situaciones familiares que deberían ser objeto de atención. Al fin y al cabo dentro de las nuevas recomendaciones del Pacto de Toledo se recoge en su recomendación duodécima la necesidad de «reformular las prestaciones de supervivencia con un doble objetivo: cubrir las necesidades familiares que se producen a consecuencia del fallecimiento y mejorar las actuales prestaciones de viudedad de las personas que no tienen otro tipo de ingresos, especialmente en el caso de mayores de 65 años. Continuar mejorando las pensiones de orfandad».

PEDRO EXTREMO CASADO

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