SAP Segovia 73/2007, 31 de Julio de 2007
Ponente | IGNACIO PANDO ECHEVARRIA |
ECLI | ES:APSG:2007:220 |
Número de Recurso | 94/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 73/2007 |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SEGOVIA
SENTENCIA: 00073/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEGOVIA, Sección Única
PENAL
RECURSO DE APELACIÓN Nº 94 / 2007
Juicio de Faltas Nº 20 / 2007
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción
Nº 4 de Segovia
SENTENCIA Nº 73 / 2007
En la ciudad de Segovia a treinta y uno de Julio de dos mil siete.
El Ilustrísimo señor Magistrado de esta Audiencia Provincial don Ignacio Pando Echeverría, ha visto en grado de apelación contra sentencia, los autos de Juicio de Faltas Nº 273/06 del Juzgado de Instrucción de Santa María la Real de Nieva, en el que consta como recurrente el MINISTERIO FISCAL y como recurrido Ernesto.
El Juzgado de Instrucción, con fecha 20 de abril de 2007, dictó sentencia nº 56/07 en el procedimiento de que dimana el presente recurso, cuyo supuesto de HECHOS PROBADOS, es como sigue:
Se tiene por probado la formalización de atestado por hechos al parecer ocurridos el dia 24-11-2006 en acuartelamiento Alto de los Leones que pudieran ser constitutivos de falta de lesiones, sin que la realidad de los hechos se haya podido acreditar.
Dicha sentencia, en su parte dispositiva, dice así:
"Que debo absolver y absuelvo libremente a Alejandra Y Ernesto de la falta que les venia siendo atribuida, declarando de oficio las costas causadas."
Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por el MINISTERIO FISCAL, la que fue admitida a trámite, dándose traslado de la misma a las demás partes para que presentaran escrito de adhesión o de impugnación al recurso, la que fue impugnado por don Francisco Javier Casillas Barral, Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Segovia, designado en turno de oficio en defensa de don Ernesto ; constando en las actuaciones doña Alejandra asistido por el letrado doña Beatriz Avial Escobar que no presenta escrito de alegaciones al recurso, transcurrido el plazo señalado se remitieron las actuaciones a esta Sala.
Recibidos los autos en este Tribunal, registrados y formado rollo, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para dictar la resolución procedente, habiéndose observado en esta segunda instancia las prescripciones legales del procedimiento.
Se interpone recurso de apelación por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada en juicio de faltas en la que se absolvía a los denunciantes y denunciados ante su ausencia en el juicio.
El único motivo del recurso se basa en la vulneración del derecho a usar los medios de prueba pertinentes, por considerar que debieron ser citados a juicio los testigos que presenciaron las supuestas agresiones entre los denunciantes, por lo que se interesa la nulidad de las actuaciones y reposición al momento anterior al juicio para que se proceda a la citación de los testigos.
La petición de la aparte hace que no proceda en este momento determinar la confirmación o revocación de los hechos probados, pues tales extremos no se discuten en este momento y la posible admisión del recurso daría lugar a una nulidad anterior que arrastraría la de la sentencia en su totalidad.
Al acto del juicio...
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