SAP Murcia 70/2007, 21 de Junio de 2007

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2007:1920
Número de Recurso295/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución70/2007
Fecha de Resolución21 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00070/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 295/07

SECCION SEGUNDA J. Yecla Nº Uno

MURCIA J.Faltas 7/07

S E N T E N C I A nº 7 0 / 0 7

En Murcia, a veintiuno de Junio de dos mil siete.

Visto por la Ilma. Sra. Magistrado Doña María Jover Carrión al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial el presente Rollo de apelación nº 295/07, dimanante de los autos de JUICIO DE FALTAS nº 7/07 sobre amenazas e injurias; procedentes del Juzgado de Instrucción de Yecla nº Uno; en el que han intervenido en calidad de apelante Jose Enrique, representado por la Letrado Sra. Ortega Ortuño.

  1. A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de Juicio de Faltas en el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha 27 de marzo de 2007, cuyos hechos probados establecen:"Son hechos probados y así se declara que Silvio y Jose Enrique eran amigos y trabajaban en la misma empresa y que a raíz de problemas entre Jose Enrique y su esposa, ésta estuvo viviendo unos días en casa de Silvio, lo cual molesto a Jose Enrique que decidió romper relaciones con Silvio, encontrándose el día 4 de enero de 2.007 en la calle Colón a la altura del establecimiento Telepizza, diciéndole Jose Enrique a Silvio, "hijo de puta te tengo que garrotear".

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Condeno a Jose Enrique como autor de una falta de injurias y amenazas, a la pena de multa de 10 días con una cuota diaria de 6 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad, por cada dos cuotas impagadas, así como al pago de las costas procesales.".

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Jose Enrique, que fue admitido en ambos efectos; y, tras el trámite de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer de dicho recurso; quedando los autos para dictar sentencia.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Se dan por reproducidos los hechos declarados probados en la sentencia recurrida, que expresamente se aceptan y dan por reproducidos.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Las...

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