SAP Sevilla 484/2006, 13 de Noviembre de 2006

PonenteJOSE MANUEL DE PAUL VELASCO
ECLIES:APSE:2006:3130
Número de Recurso5662/2006/
Número de Resolución484/2006
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª

484/2006

Juzgado: Utrera-1

Causa: J.F.272/2005

Rollo: 5662 de 2006

S E N T E N C I A N 484/06

En la ciudad de Sevilla, a trece de noviembre de dos mil seis.

El Ilmo. Sr. D. José Manuel de Paúl Velasco, Magistrado de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas inmediato número 272 de 2005, seguidos en el Juzgado de Instrucción número 1 de Utrera y venidos al Tribunal en virtud de recurso interpuesto por la denunciada D.ª Eva, defendido por la Letrada D.ª Lidia Benítez Jiménez; siendo parte en la alzada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Con fecha 9 de febrero de 2006, la Sra. Juez titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Utrera dictó sentencia en el juicio de faltas arriba referenciado, declarando probados los siguientes hechos:

"El día 17 de noviembre de 2005 Eva hurtó la bombona de butano del patio de la casa propiedad de la denunciante, el cual comunica con la vivienda de la denunciada, que vive en la parte de abajo".

Y sobre esta base fáctica, la parte dispositiva de la sentencia es del tenor literal siguiente:

"FALLO que debo condenar y condeno a Eva, como autora responsable de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes a razón de 3 euros diarios con 15 días de arresto sustitutorio en caso de impago, imponiéndole el pago de las costas ocasionadas".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, la denunciada interpuso contra ella recurso de apelación, alegando sustancialmente error en la apreciación de la prueba y subsiguiente aplicación indebida del artículo 623.1 del Código Penal. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal, que interesó su desestimación, y a la denunciante apelada, que no formuló alegaciones.

TERCERO

Evacuado así el trámite de alegaciones, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento por reparto al Magistrado que ahora resuelve, al que fue turnado el asunto el día 4 de agosto de 2006, quedando el recurso desde el siguiente día 30 pendiente de sentencia, que se dicta rebasado el plazo legal por acumulación de asuntos anteriores o más urgentes.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los que como tales se declaran en la sentencia de primera instancia, y en su lugar se establecen definitivamente como tales los siguientes:

Sobre las 21,30 horas del día 17 de noviembre de 2005 la denunciada D.ª Eva, molesta con su nuera D.ª Edurne a raíz de la crisis que atravesaba el matrimonio de ésta con el hijo de aquella, accedió al patio que comparten las viviendas de ambas, en la calle DIRECCION000, números NUM000 y NUM001, de la localidad de...

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