AAP Madrid 464/2003, 5 de Noviembre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:12131 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 464/2003 |
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
CG
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
MADRID
Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 305 /2003
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 202 /2003
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 16 de MADRID
S E N T E N C I A Nº 464/03
ILMOS. SRES.
PRESIDENTA DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ
MAGISTRADA DÑA. SUSANA POLO GARCIA
MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
En MADRID, a cinco de Noviembre de dos mil tres.
VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. Rosario Guijarro de Abia, en representación de Carina , contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid siendo partes apeladas el Ministerio Fiscal y la Procuradora Dª María Esperanza Alvaro Mateo en representación de Daniel , actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª A. MARÍA RIERA OCÁRIZ.
En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 23/06/03, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Que debo CONDENAR y CONDENO a Daniel , como autor criminalmente responsable de una falta de amenazas, ya definida, a la apena de 20 días de multa, a razón de 60 euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, así como la prohibición de acercarse y comunicarse con Carina durante el plazo de 6 meses desde la notificación de esta sentencia; a que indemnice a Carina en 180 euros por las lesiones sufridas y al pago de las costas causadas..<
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada a la cual nos remitimos.
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes apeladas, se presentaron escritos de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 05/11/03.
HECHOS PROBADOS
No se valoran los hechos probados de la sentencia apelada.
La sentencia de instancia ha sido recurrida por la Acusación Particular que ejercita Carina , denunciando en su recurso la inaplicación indebida del art.172 del CP. Según se afirma en el recurso los hechos declarados probados en la sentencia apelada constituyen un delito de coacciones previsto en el art.172 del CP porque el acusado entró, permaneció y consiguió echar a su ex mujer de su domicilio en contra de la voluntad de su moradora. También se alega en el recurso que el acusado amenazó a su mujer con una katana de su propiedad que adornaba una de las paredes de la vivienda. Con tal base se solicita de este Tribunal la condena del acusado por un delito de coacciones del...
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