AAP Madrid 291/2003, 4 de Julio de 2003
ECLI | ES:APM:2003:8145 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 291/2003 |
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION: 17ª
APELACION NUMERO/AÑO: 245/03
PROCEDIMIENTO
: JUICIO DE FALTAS
NUMERO/AÑO
: 276/02
JUZGADO DE INSTRUCCION
LOCALIDAD/NUMERO
: NAVALCARNERO 3
MAGISTRADA: Ilustrísima Señora:
Doña María Jesús Coronado Buitrago
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de
referencia, ha dictado,
EN NOMBRE DE S.M., EL REY,
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 291/03
En la Villa de Madrid, a cuatro de julio de dos mil tres.
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, la Ilustrísima Señora Magistrada Doña María Jesús Coronado Buitrago, ha visto el recurso de apelación interpuesto por Pedro Jesús , contra la sentencia dictada, con fecha siete de marzo de dos mil tres, en juicio de faltas número 276/02, del Juzgado de Instrucción nº 3 de los de Navalcarnero. Intervino como parte apelada, Jesús Manuel .
Con fecha siete de marzo de dos mil tres, se dictó sentencia en juicio de faltas número 276/02, del Juzgado de Instrucción nº 3 de los de Navalcarnero.
En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:
Quedado probado y así se declara que en el Pleno del Ayuntamiento de Aldea del Fresno, celebrado el día 26 de septiembre de 12002, D. Pedro Jesús , Concejal asistente a dicho pleno, tomo la palabra y manifestó, refiriéndose al Sr. Jesús Manuel , lo siguiente: "Que utiliza el Proyecto para procurarse un pelotazo personal. Que el Sr. DIRECCION000 no respeta las Leyes y en su lugar lo que hace es descalificar a otras personas y recurrir a la presión popular, como hace el Sr. Gabino , recordando el dicho de : Sí la Ley da para mucho el Pueblo dá para mucho más.
Que ante tales manifestaciones el DIRECCION000 D. Jesús Manuel contesta que: "siempre ha respetado las Leyes....La prueba de que no es un dictador es que le permite decir lo que quiere, incluso sin pedir permiso para intervenir a pesar de no ser el portavoz de su partido.... En cuanto al Sr. Gabino le replica que no le va a consentir que le compare con el Sr. Gabino , y le avisa que si lo dice otra ver le partirá la cara".
Al finalizar la sesión D. Jesús Manuel pide disculpas públicamente por lo dicho y su salida de tono.
Que el Sr. Pedro Jesús durante el año 2000 al 2002 ha interpuesto contra el Sr. Jesús Manuel cuatro denuncias y una querella, todas ellas archivadas.
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
ABSUELVO libremente y con todos los pronunciamientos favorables de los hechos de que deriva esta causa a Jesús Manuel con declaración de oficio de las costas causadas.
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Pedro Jesús .
Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.
H E C H O S P R O B A D O S
Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.
Se fundamenta el recurso de apelación formulado...
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