SAP Pontevedra 39/2011, 22 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 22 Junio 2011 |
Número de resolución | 39/2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 de PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00039/2011 - sede de Vigo
Rollo: PROCEDIMIENTO ABREVIADO N º. 41/2010
Órgano Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº. 1 de Redondela
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS nº 741/2006
SENTENCIA Nº 39/10
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ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente/a:
D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA (Ponente)
Magistrados/as
Dª. VICTORIA EUGENIA FARIÑA CONDE
Dª. MERCEDES PÉREZ MARTIN ESPERANZA
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En Vigo, a veintidós de junio de dos mil once.
VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 5 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 41/2010, procedente de DILIGENCIAS PREVIAS nº 741/2006, del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº. 1 de Redondela y seguida por el trámite de PROCEDIMIENTO ABREVIADO por el delito de FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL y un delito de ESTAFA AGRAVADA EN GRADO DE TENTATIVA, contra Bartolomé , mayor de edad con D.N.I. nº. NUM000 , nacido en Granada el día 21 de septiembre de 1973, hijo de José y de Antonia, con domicilio en C/ DIRECCION000 , NUM001 - NUM002 . de Madrid. C.P.-28012 y actualmente interno en el Centro Penitenciario de Navalcarnero (Madrid IV ) por otras causas, representado por la Procuradora Dª. MARIA DOLORES VIRULEGIO FIGUEROA y defendido por el Letrado D. LUIS ORGE MIGUEZ. Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.
Las presentes actuaciones fueron tramitadas por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº. 1 de Redondela en virtud de atestado de la Policía Nacional, dando lugar a la incoación de DILIGENCIAS PREVIAS nº 741/2006, habiéndose practicado las diligencias probatorias que se estimaron procedentes.
Llevadas a efecto indicadas diligencias probatorias y acordada por el instructor la prosecución del trámite establecido en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , se dio traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para que solicitaran la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa y evacuado tal trámite y adoptada la primera de las resoluciones, y señalada esta Audiencia como órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa, se dio traslado de las actuaciones a la defensa del procesado quien evacuó el trámite formulando escrito de defensa, remitiendo a continuación los autos a esta Sala.
Recibidas las actuaciones en esta Audiencia y examinadas las pruebas propuestas, se dictó auto admitiendo todas las pruebas propuestas por las partes, acordándose su práctica en el mismo acto del juicio señalándose para la celebración del juicio el día 22/6/2011 a las 10:00 horas.
En el día y hora señalados, comparecieron las partes y antes de darse inicio a la práctica de las pruebas, la acusación y la defensa solicitaron del Tribunal que procediera a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación más gravemente formulado en presencia del acusado compareciente, quien mostró también su expresa conformidad con la acusación contra él formulada, pena interesada y responsabilidad civil solicitada, estimando innecesaria la celebración del juicio, quedando los autos vistos para sentencia.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, estimó que los hechos eran constitutivos de un delito de Falsedad en Documento Oficial previsto y penado en...
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