Falseamiento de la competencia en licitaciones públicas de obras de rehabilitación de carreteras

AutorFernando Cachafeiro García
Páginas712-714
712 Anotaciones
f. DEfENSA DE LA COMpETENCIA24
fALSEAMIENTO DE LA COMpETENCIA
EN LICITACIONES pÚBLICAS DE OBRAS
DE REHABILITACIÓN DE CARRETERAS
Fernando ca c h a F e i r o Ga r c í a 25
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA
DE 19 DE OCTUBRE DE 2011, EXPTE. S/0226/10 – LICITACIONES
DE CARRETERAS. FUENTE: WWW.CNCOMPETENCIA.ES
1. La colusión entre oferentes en una licitación pública (bid rigging) se produ-
ce cuando éstos se ponen de acuerdo para jar el precio o cualquier otra condición
comercial, o para repartirse el mercado, con el objetivo de obtener mayores bene-
cios del concurso o subasta pública. Tales pactos afectan de manera muy negativa
tanto a la competencia en los mercados de los bienes y servicios objeto de licitación,
como a la gestión que las administraciones hacen de los recursos públicos. Según la
GuíadelaContrataciónPública publicada por la Comisión Nacional de la Compe-
tencia, los precios de los bienes y servicios contratados en las licitaciones en las que
se produce colusión pueden incrementarse en más de un 20 por 100.
La colusión entre empresas está prohibida por el artículo 1 de la LDC. El fal-
seamiento de la competencia en licitaciones públicas puede constituir también un
ilícito penal pues, según dispone el artículo 262 del Código Penal, quienes alteren
los precios en concursos y subastas públicas pueden ser sancionados con penas de
prisión de uno a tres años, sanción de días-multa de doce a veinticuatro meses, así
como la pena de inhabilitación especial para contratar con las Administraciones
Públicas por un periodo de tres a cinco años. Por otro lado, la Ley de Contratos del
Sector Público recoge la obligación de los órganos de contratación y de la Junta
Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de noticar a las autoridades
de competencia las infracciones a la legislación de defensa de la competencia.
2. El presente expediente tiene su origen en una denuncia presentada por un
particular contra varias empresas dedicadas a la construcción y reparación de ca-
rreteras a las que acusaba de haber celebrado diversos encuentros para ajustar sus
ofertas a una licitación pública convocada por POVILSA, empresa pública de la
Junta de Castilla y León, para la rehabilitación de una carretera. La investigación
abierta por la CNC a raíz de la citada denuncia permitió acreditar la celebración de
dos reuniones, en diciembre de 2008 y en junio de 2009, en las que participaron
numerosas empresas del sector con el n de coordinar sus ofertas no sólo a la licita-
ción pública de POVILSA, sino también a otras siete licitaciones del Ministerio de
Fomento para la rehabilitación de carreteras en las provincias de Alicante, Albacete,
Ávila, Cantabria, Murcia, Soria y Valencia.
La metodología empleada para la coordinación de las ofertas consistía, bási-
camente, en pactar la empresa que resultaría ganadora del concurso, comprome-
tiéndose el resto de las empresas participantes a presentar ofertas inferiores a la
24 Sección dirigida por el Prof. Dr. Julio Costas Comesaña.
25 Profesor Titular de Derecho Mercantil en la Universidad de A Coruña y Vocal del Consello Galego
da Competencia (Dirección de correo electrónico: fgarcia@udc.es).
ADI 32 (2011-2012).indb 712 18/9/12 12:33:23

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR