Los Factores de riesgo
Autor | Daniel Valpuesta Contreras - Pablo Abascal Monedero - Concepción Nieto Morales |
Cargo del Autor | Fiscal Coordinador de Protección de Menores. Fiscalía de Sevilla - Dr. Derecho. coordinador turno Oficio Protección. Colegio Abogados de Sevilla. Pfr. A. Universidad Pablo Olavide. - Dra. Sociología. Pfra. A. Universidad Pablo de Olavide. Sevilla. España |
Páginas | 99-103 |
Page 99
El riesgo se considera un concepto indeterminado, y jurídicamente se regula a nivel estatal a través de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección de Menores, (Articulo 17) modificada por la Ley 26/2015 de 28 de Julio,de modificación del sistema de Protección de la Infancia y Adolescencia, aunque ya estaba definido en Leyes Autonómica. La Ley 26/2015 prima la declara ración de la situación de riesgo mediante resolución administrativa, previniendo y para evitar una ulterior declaración de desamparo.
El Art. 22 de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, de Andalucía, define las situaciones de riesgo, como "aquellas en las que existan carencias o dificultades en la atención de las necesidades básicas que los menores precisan para su correcto desarrollo físico, psíquico y social, y que no requieran su separación del medio familiar. La apreciación de la situación de riesgo conllevará la elaboración y puesta en marcha de un proyecto de intervención social individual y temporalizado que, en todo caso, deberá recoger las actuaciones y recursos necesarios para su eliminación". La infancia en situación de riesgo se suele definir como un grupo en proceso de desadaptación social por causas básicamente familiares.
El abordaje de las situaciones de riesgo corresponde a la Administración pública competente (Servicios Sociales Comunitarios y los Equipos de Tratamiento familiar) y el del desamparo a la Administración Autonómica.
La expresión de infancia en riesgo es relativamente reciente a pesar de que ha existido siempre, el termino se comenzó a utilizar desde los años 80 del siglo XX, para definir aquella situación de niños inmersos en condiciones de vida que perjudican el normal desarrollo y en situaciones especialmente vulnerable, encontrándose aspectos que amenazan y comprometen el buen desarrollo psicosocial y afectivo como parte de un proceso debido a una situación de inadaptación social.
Los principales factores de riesgo se dan en la infancia se producen en el seno familiar debido a carencias desde afectivas, económicas, educativas; se deben destacar las características personales cognitivas y afectivas del niño; formando parte de un proceso de inadaptación social que pone en peligro el desarrollo físico, psicológico, social, etc.
El inicio del proceso de inadaptación social, se produce en la propia persona, familia, la escuela, el barrio, etc. y el maltrato se produce en el seno familiar, debido a carencias que impiden el correcto desarrollo del niño.
Los diferentes agentes de socialización del menor son una fuente de riesgo de que se produzca maltrato infantil. Las situaciones...
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- Principales presupuestos sociológicos
- La desprotección y el maltrato
- Los Factores de riesgo
- La Detección de los factores de riesgo
- Circuito de actuación
- Servicio especializado de protección de menores de las CCAA
- La Acogida familiar y los centros de protección de menores en Andalucía
- Programa sistema de información sobre maltrato infantil de Andalucía (SIMIA)
- La Intervención Administrativa y Judicial con menores de protección
- La coordinación de servicios
- A modo de conclusión
- Bibliografía
- Anexos
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