Ley 17/1986, de 5 de mayo, sobre concesión de un crédito extraordinario, por importe de 323.834.000 pesetas, para sufragar los gastos de las elecciones al Parlamento Gallego en 1985.

MarginalBOE-A-1986-11063
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

JUAN CARLOS I,

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Convocadas elecciones al Parlamento Gallego para el año 1985, la Administración Central ha de satisfacer una serie de gastos que se ocasionan con motivo de sus actividades en el proceso electoral, con independencia de los a cuenta del Ejecutivo Autonómico, que deben ser asumidos con cargo a su propio presupuesto.

Ante la inexistencia de dotación específica en los Presupuestos Generales del Estado para atender dichos gastos, ha sido preciso instrumentar la habilitación de los recursos necesarios mediante la concesión de un crédito extraordinario, en cuya tramitación han recaído los preceptivos informes favorables de la Dirección General de Presupuestos y de conformidad del Consejo de Estado.

Artículo primero

Se concede un crédito extraordinario, por importe de 323.834.000 pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la sección 16, "Ministerio del Interior" servicio 01, "Ministerio, Subsecretaria y Servicios Generales", programa 463A, "Elecciones y Partidos políticos", capítulo 2, "Gastos en bienes corrientes y servicios" artículo 22, "Material suministros y otros", concepto 227, "Para sufragar los gastos derivados de las elecciones al Parlamento Gallego 1985".

Artículo segundo

Dicho crédito extraordinario se financiará con crédito del Banco de España al Tesoro Público, que no devengará interés.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 5 de mayo de 1986.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

FELIPE GONZALEZ MARQUEZ

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