DECRETO 173/2002, de 17 de diciembre, por el que se establece un Programa Extraordinario para la Inserción Laboral de personas con riesgo de exclusión del mercado de trabajo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 173/2002, de 17 de diciembre, por el que se establece un Programa Extraordinario para la Inserción Laboral de personas con riesgo de exclusión del mercado de trabajo.

La Constitución Española en el artículo 40, encuadrado en el Capítulo III del Título I relativo a los principios rectores de la política social y económica del estado social y democrático de derecho, dispone que los poderes públicos realizarán una política orientada al pleno empleo.

Por su parte, el artículo 6 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, establece que las instituciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura ejercerán sus poderes con el objetivo, entre otros, de adoptar las medidas que promuevan la inversión y fomenten el progreso económico y social de Extremadura, propiciando el pleno empleo y la especial garantía de puestos de trabajo para los jóvenes y mujeres de Extremadura.

Este Decreto supone un esfuerzo más en el propósito de dar respuesta a las desigualdades que se producen en el mercado laboral. Mientras que las tasas de desempleo en hombres se van aproximando y reduciendo cada vez más hacia medias homogéneas con nuestro entorno, las tasas de desempleo femenino continúan siendo elevadas. En este sentido, es muy importante tener en cuenta también que existen multitud de causas que dificultan la inserción laboral de los desempleados, pero existen otros colectivos que, al igual que las mujeres, se encuentran especialmente desfavorecidos y, en consecuencia, esta dificultad es aún mayor.

El presente Decreto se incardina en la Estrategia Europea de Empleo viniendo a reforzar las medidas para alcanzar los objetivos de la Cumbre de Lisboa, al incidir especialmente en colectivos específicos que, como la mujer o grupos en riesgo de exclusión, presentan más dificultades para acceder al mercado laboral.

En nuestra Comunidad Autónoma es de especial importancia la atención al medio rural, máxime cuando las nuevas tendencias de las políticas nacionales están limitando el acceso a la protección social de los trabajadores de este medio. La Junta de Extremadura está decidida a establecer efectos compensatorios que reduzcan lo máximo posible el impacto que dichas políticas tendrían de modo inevitable en este territorio.

La Junta de Extremadura ha intervenido continuamente corrigiendo las tendencias del mercado de trabajo de nuestra Comunidad, mediante Planes de Empleo y estableciendo prioridades en sus medidas de fomento del empleo para los colectivos que se encuentran en riesgo de exclusión del mercado laboral. Derivado de esta sensibilidad y filosofía de trabajo, y para respaldar en mayor medida esta política, se estableció el Programa Extraordinario para la Inserción Laboral de la Mujer en Extremadura (Cheque de Inserción Laboral de la Mujer).

Si bien, este programa ha tenido buena acogida entre la población femenina desempleada y entre buen número de instituciones, incluso mas allá de nuestra Comunidad, se ha demostrado que el sector privado en Extremadura aun no puede absorber la cantidad de empleo estable que es necesaria para reducir los diferenciales de desempleo entre géneros. Por ello, este programa necesita de acciones complementarias que le sirvan de refuerzo, pero que, a su vez, puedan rescatar a otros colectivos que igualmente se encuentran con dificultades de inserción laboral. Es por todo esto que el refuerzo complementario sólo se puede conseguir con la participación directa del sector público.

La realidad inmediata que se persigue con este Decreto es la creación de, al menos, 3.000 empleos en nuestra Comunidad Autónoma.

Por ello, en virtud de lo expuesto, y de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a

propuesta de la Consejera de Trabajo y del Consejero de Economía, Industria y Comercio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en sesión de fecha 17 de diciembre de 2002, D I S P O...

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