STSJ Cantabria 213/2008, 7 de Marzo de 2008
Ponente | CLARA PENIN ALEGRE |
ECLI | ES:TSJCANT:2008:368 |
Número de Recurso | 277/2007 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 213/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD
SANTANDER
SENTENCIA: 00213/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
S E N T E N C I A
Ilma. Sra. Presidente acctal.
Doña Clara Penín Alegre
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña María Josefa Artaza Bilbao
Don Rafael Losada Armadá
En la ciudad de Santander, a siete de marzo de dos mil ocho.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación nº 277/07 interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander, de fecha 12 de julio de 2007, en el procedimiento abreviado nº 1/07 por la Delegación del Gobierno en Cantabria, representada y asistida por el Abogado del Estado, siendo parte apelada Doña Milagros, representada por la Procuradora Sra. Felicidad Mier Lisaso y asistida de la Letrada Sra. Dominica Galván López.
Es Ponente la Iltma. Sra. Doña Clara Penín Alegre, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso de apelación se tuvo por interpuesto el día 3 de septiembre de 2007, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander, de fecha 12 de julio de 2007, en el procedimiento abreviado nº 1/07, que en su parte dispositiva establece: «Estimo el presente recurso contencioso administrativo, anulo los actos impugnados y declaro el derecho de la demandante a obtener la autorización que tales actos le denegaron. Sin condena en costas».
Del recurso de apelación se dio traslado a la contraparte que formuló oposición al mismo y solicitó de la Sala su desestimación.
En fecha 23 de octubre de 2007 se dictó diligencia de elevación de las actuaciones a esta Sala una vez efectuados los correspondientes emplazamientos y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 6 de marzo de 2008, en que se deliberó, votó y falló.
La presente apelación tiene por objeto Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander, de fecha 12 de julio de 2007, en el procedimiento abreviado nº 1/07, que en su parte dispositiva establece: «Estimo el presente recurso contencioso administrativo, anulo los actos impugnados y declaro el derecho de la demandante a obtener la autorización que tales actos le denegaron. Sin condena en costas».
Argumenta el juzgador en relación a la interpretación del artículo 45.2.b) del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sobre la necesaria permanencia continuada que el mismo contempla y que es exigida por la Administración conforme a los parámetros de la Instrucción de 22 de...
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