SAP Sevilla, 19 de Enero de 2005
ECLI | ES:APSE:2005:152 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
Rollo nº 5912/2004
S E N T E N C I A
Iltmos. Sres.:
Don Juan Márquez Romero
Don Conrado Gallardo Correa
Don Fernando Sanz Talayero
En la ciudad de Sevilla a 19 de enero de 2005.
Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio verbal nº 211/2002 sobre reclamación de indemnización por los daños sufridos por un vehículo al caerse un muro, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcalá de Guadaira, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Don Darío , mayor de edad y vecino de Alcalá de Guadaira (Sevilla), contra INVERSIONES INMOBILIARIAS JOSÉ RECIO, S.L. y MAPFRE INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, no comparecidos en forma ante este tribunal, contra Don Luis Pablo , mayor de edad y vecino de Alcalá de Guadaira, y ASEMAS-MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, con domicilio social en Bilbao, representados por el Procurador Don Laureano Leyva Montoto y defendidos por el Abogado Don Eduardo Díaz Flores, contra Doña Lucía , mayor de edad y vecina de Tomares (Sevilla), representada por la Procuradora Doña Consuelo Cuberos Huertas y defendida por el Abogado Don José Luis Marcos Sánchez-Terreros, y contra la compañía de seguros MUSAAT, declarada rebelde. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos de los recursos de apelación interpuestos por la tercera y cuarta de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 16 de abril de 2004, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "ESTIMAR PRCIALMENTE LA DEMANDA formulada por la Procuradora Sra. Rubio Jaén en nombre y representación de D. Darío y en consecuencia condenar a D. Luis Pablo , Dª. Lucía , COMPAÑÍA DE SEGUROS ASEMAS Y COMPAÑÍA DE SEGUROS MUSSAT a abonar al actor la cantidad de MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (1.334,78) más los intereses legales en el modo expuesto en el fundamento jurídico sexto con expresa imposición de costas a los mismos y ABSOLVER A INVERSIONES INMOBILIARIA JOSE RECIO S.L Y MAPFRE INDUSTRIA de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda sin condena en costas".
Contra la anterior sentencia interpusieron sendos recursos de apelación los Procuradores Don Laureano Leyva Montoto y Doña Consuelo Cuberos Huertas en la representación que respectivamente ostentan en estos autos, y admitidos los mismos, tras formular escrito de oposición la parte actora con respecto a ambos recurso y el Procurador Don Laureano Leyva Montoto con respecto al otro recurso, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 19 de enero de 2005 para la deliberación y fallo, en cuya fecha tuvo lugar.
Vistos, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.
La parte representada por el Procurador Don Laureano de Leyva Montoto recurre la sentencia alegando en esencia, falta de legitimación pasiva al no haber sido demandada en el presente procedimiento, prescripción y falta de responsabilidad del arquitecto en la caída del muro causante de los daños. Por su parte la parte representada por la Procuradora Doña Consuelo Cubero Huertas recurre la sentencia alegando igualmente prescripción, falta de legitimación pasiva y falta de responsabilidad en la caída del muro de la arquitecta técnica.
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