SAP Guadalajara 57/2007, 14 de Marzo de 2007

PonenteISABEL SERRANO FRIAS
ECLIES:APGU:2007:181
Número de Recurso65/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución57/2007
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00057/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

GUADALAJARA

Sección 001

Domicilio: PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Telf: 949-23.52.30 y 31

Fax: 949-23.52.24

Modelo: SEN00

N.I.G.: 19130 37 1 2007 0100067

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000065 /2007

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA

Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000598 /2006

RECURRENTE: CLUB BÁSICO DEPORTIVO SOCIEDAD CAZADORES DE GAJANEJOS

Procurador/a: MERCEDES ROA SANCHEZ

Letrado/a: PABLO CARDERO CALVO

RECURRIDO/A: Matías

Procurador/a: MARIA CRUZ GARCIA GARCIA

Letrado/a: ISABEL SEVILLA NAVARRO

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

Dª CONCEPCIÓN ESPEJEL JORQUERA

Dª ISABEL SERRANO FRIAS

Dª Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ

S E N T E N C I A Nº 57/07

En Guadalajara, a catorce de Marzo de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de JUICIO VERBAL 598/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo Nº 65 /2007 (antiguo Mixto nº 2), en los que aparece como parte CLUB BÁSICO DEPORTIVO SOCIEDAD CAZADORES DE GAJANEJOS representado por la Procuradora Dña. MERCEDES ROA SANCHEZ, y asistido por el Letrado D. PABLO CARDERO CALVO, y como parte apelada D. Matías representado por el Procurador Dña. MARIA CRUZ GARCIA GARCIA, y asistido por la Letrada Dña. ISABEL SEVILLA NAVARRO, sobre acción de responsabilidad extracontractual, y siendo Magistrado/s Ponente la Ilma. Sra. Dª. ISABEL SERRANO FRIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 8-Noviembre-2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Con estimación de la demanda promovida por D. Matías, representado por el procurador Sra. García García y asistido por el letrado Sr. Sevilla Navarro contra Club Deportivo Básico Gajanejos, representada por el procurador Sra. Roa Sánchez y asistida por el letrado Sr. Cardero, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 1.370,93 Euros, más intereses legales, todo ello con imposición de las costas devengadas.".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de CLUB BÁSICO DEPORTIVO SOCIEDAD CAZADORES DE GAJANEJOS, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo en el día de ayer.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- El recurso interpuesto frente a la sentencia que acoge la demanda de responsabilidad civil del titular de un coto de caza por daños causados al vehículo del actor cuando circulando fue obstaculizado por un corzo que salió de aquel, se apoya con carácter exclusivo en la legislación aplicable entendiendo el recurrente errónea la referencia al art. 33 de la Ley de caza, al haberse dictado con posterioridad la Ley 17/2005 por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y en la que se menciona también la responsabilidad en los accidentes de tráfico por atropello de especies cinegéticas, y de acuerdo con la cual será responsable el conductor cuando se le pueda imputar el incumplimiento de las normas de la circulación.

A través de dichos alegatos se argumenta, en definitiva, que no está probado que el accidente ocurriera como la sentencia apelada declara acreditado, a lo que se añade que -a tenor de lo prevenido en la Ley ut supra mencionada- los titulares de aprovechamientos...

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