STSJ Galicia , 22 de Abril de 2004

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2004:2786
Número de Recurso547/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

MARÍA SOCORRO BAZARRA VARELA, SECRETARIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso nº 0547-04 MGL ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA AMOR A Coruña, a Veintidós de Abril de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 0547-04 interpuesto por "HABILITACIÓN NAVAL FERROL, SA.- HANAFESA" contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Ferrol siendo Ponente el

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 428/03 se presentó demanda por DON Carlos Antonio en reclamación de DESPIDO siendo demandados "HABILITACIÓN NAVAL DE FERROL, SA.- HANAFESA", INTERVENCIÓN JUDICIAL DE LA SUSPENSIÓN DE PAGOS DE HABILITACIÓN NAVAL FERROL, SA. en las personas de D. Íñigo y D. Jose Ángel , "TRANSFORMACIONES Y REPARACIONES, SL.", "FERROL JUMILLA, SL." y FOGASA en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha catorce de octubre de dos mil tres por el Juzgado de referencia que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante, D. Carlos Antonio , ha venido prestando servicios como personal laboral por cuenta y orden de la empresa HABILITACION NAVAL DE FERROL SA. con antigüedad 13-10-98, con destino en distintos centros de trabajo sucesivos, Pravia-Asturias, ASTANO-Fene, Burela-Jugo, Ferrol, Burela, IZAR FENE, ocupando la categoría profesional de Oficial 2ª, y percibiendo un salario mensual de 1.127.55 euros, incluida prorrata de pagas extras SEGUNDO.- El demandante suscribió con la empresa HABILITACION NAVAL DE FERROL SA., los siguientes tipos de contrato de trabajo: 1.- Contrato de trabajo de duración determinada, modalidad obra o servicio determinado, art. 15 ET., en relación al RDL 2546/1994, de fecha 13-10-98 , siendo la causa de temporalidad de dicho contrato "realización de trabajos de habilitación en el buque B Peismar 22 de Astilleros La Parrilla", en el cual figura una cláusula adicional única del tenor literal siguiente: El trabajador, aunque ha sido contratado - como así reconoce expresamente- para trabajar - y trabajar en el centro de trabajo de Ferrol, y siempre que así lo exijan las frecuentes e inevitables necesidades de la tipicidad, complejidad y justeza de tales trabajos, acepta de buen grado el tener que desplazarse a la ciudad donde esté ubicado el Astillero cliente, e incluso a permanecer en ella durante el tiempo (y cuantas veces sea)

necesario. Dicho contrato se extinguió por finalización de obra en fecha 8-12-99. 2.- Contrato de trabajo modalidad obra o servicio determinado, art. 15 ET., en relación a la Ley 63/97, de 26 de diciembre, de fecha 09-12-99 , siendo la causa de temporalidad de dicho contrato "realización de trabajos de habilitación en el buque 277 de ASTANO, de acuerdo con el pedido nº 062/1998, de 5-05 de Montajes Indunor", en cuya cláusula adicional única se insertó lo siguiente: "El trabajador, aunque ha sido contratado- como así reconoce expresamente- para trabajar - y trabajar en el centro de trabajo de Ferrol, y siempre que así lo exijan las frecuentes e inevitables necesidades de la tipicidad, complejidad y justeza de tales trabajos, acepta de buen grado el tener que desplazarse a la ciudad donde esté ubicado el Astillero cliente, e incluso a permanecer en ella durante el tiempo (y cuantas veces sea) necesario" Dicho contrato se extinguió por finalización de obra en fecha 30-9-01. 3.- Contrato de duración determinada, modalidad de eventual por circunstancias de la producción, art. 15 ET . de fecha 1-10- 01, siendo la causa de temporalidad del mismo acumulación de pedidos durante el año 2001, que se extinguió por terminación en fecha 31.3.02. 4.- Contrato de duración determinada, modalidad obra o servicio determinado, de fecha 10-4-02, en el que figura como causa de temporalidad realización de trabajos de habilitación en los buques 153 y 154 de Astilleros Armón- SA., Burela- Lugo, en cuya cláusula adicional consta lo siguiente El trabajador, aunque ha sido contratado- como así reconoce expresamente- para trabajar - y trabajar en el centro de trabajo de Ferrol, y siempre que así lo exijan las frecuentes e inevitables necesidades de la tipicidad, complejidad y justeza de tales trabajos, acepta de buen grado el tener que desplazarse a la ciudad donde esté ubicado el Astillero cliente, e incluso a permanecer en ella durante el tiempo (y cuantas veces sea) necesario", el cual se extinguió por carta de despido objetivo de fecha 16-06-03. TERCERO.- La TGSS. emitió informe en fecha 19-06-03, en relación a la vida laboral del demandante, en el cual constan los siguientes datos:EMPRESA FECHA ALTA FECHA BAJA DIAS COTIZADOS Hanafersa,S.A. 13-10-98 08-12-99 422 Hanafersa,S.A. 09-12-99 30-09-01 662 Hanafersa,S.A. 01-10-01 31-03-02 182 Hanafersa,S.A. 01-04-02 16-03-03 442 CUARTO.- El Registro Mercantil de A Coruña, emitió Nota Informativa Simple y los Estatutos de la Sociedad Habilitación Naval de Ferrol SA., en la cual constan los siguientes extremos:

  1. Datos Registrales: la sociedad Habilitación Naval de Ferrol SA., figura inscrita en la hoja C 6974, tomo 1268, folio 136, NIF A15034275, con domicilio social en Polígono de La Gándara, parcela 127, Narón, 15 A CORUÑA, fecha inicio de las operaciones 14-1-1980.

  2. Objeto social: 1.- La explotación de un taller de carpintería, ebanistería, así como carpintería naval y habilitación buques 2.- La participación en otras sociedades de idéntico o análogo objeto para el desarrollo propio de esta sociedad, mediante la suscripción de acciones o participaciones en la fundación o aumento de capital de las mismas, o la adquisición de ellas por cualquier título. c) El capital social de la citada sociedad es de 180.300 euros ó 30 millones de pts, distribuidos en tres mil acciones nominativas, por importe cada una de 10.000 pts, entre tres DIRECCION006 : D. Ángel Daniel , su esposa Dª. Paula y el hijo de ambos D. Plácido . d) Domicilio social: se fija en Polígono de La Gándara, parcela 127, Narón 15, A CORUÑA e) Organos de Administración: el Consejo de Administración está formado por D. Ángel Daniel , su esposa Dª Paula y el hijo de ambos D. Plácido , DIRECCION000 D. Plácido , nombrado por cinco años por Junta General de DIRECCION006 , acuerdo de fecha 3 de mayo de 2002 y siendo DIRECCION001 del mismo D. Ángel Daniel , D. Plácido , Dª Luisa y D. Luis Angel .

QUINTO

Asimismo, según nota informativa simple del Registro Mercantil de A Coruña, y los Estatutos de la Sociedad Transformaciones y Reparaciones SL. obrantes a autos, constan los siguientes datos a) Datos registrales: la sociedad Transformaciones y Reparaciones S. L., figura inscrita a la hoja C 6986, tomo 1268, folio 186, NIF 815035892, inicio de operaciones 28-12-1979.

  1. Objeto social: 1.- Construcciones, montajes e instalaciones navales e industriales así como la fabricación y compraventa de los utensilios y elementos correspondientes. 2.- La participación en otras sociedades de idéntico o análogo objeto para el desarrollo propio de esta sociedad, mediante la suscripción de acciones o participaciones en la fundación o aumento de capital de las mismas, o la adquisición de ellas por cualquier título. c) El capital social de la citada sociedad es de 2.000.000 pts divididas en 400 participaciones sociales de 5.000 pts cada una, distribuidos entre dos DIRECCION006 : D. Plácido y D. Sergio , cada uno con doscientas participaciones sociales. d) Domicilio social: se fija en Narón, 15 A Coruña, Polígono de La Gándara, parcela 127. e) Organos de Administración: el Consejo de Administración está formado por D. Ángel Daniel , DIRECCION002 , su esposa Dª. Paula , DIRECCION004 y el hijo de ambos D. Plácido , DIRECCION000 D. Plácido , DIRECCION003 , nombrado por cinco años por Junta General de DIRECCION006 , acuerdo de fecha 30 de mayo de 1998 y siendo DIRECCION001 del mismo D. Plácido , Dª Luisa , y D. Ángel Daniel .

SEXTO

El Registro Mercantil de A Coruña emitió Nota Informativa Simple y los Estatutos de la Sociedad obrantes a autos, en relación a la empresa Ferrol Jumilla SL., constan los siguientes datos: a)

Datos registrales: Ferrol Jumilla SL., inscrita a la hoja C 9860, tomo 1391, folio 137, NIF B15206774, fecha de inicio de las operaciones 10-2-1989.b) Objeto social: explotación de un taller de carpintería, ebanistería, así como carpintería naval y habilitación de buques y asimismo, cualquier otra actividad de lícito comercio relacionada con las anteriores que se acuerde ejercer por la Junta General.c) El capital social inicial de la citada sociedad cuando tenía la forma SA., era de 400.000 pts, divididas en 400 acciones siendo DIRECCION006 iniciales D. Agustín (100 acciones), D. Ángel Daniel (100 acciones) y D. Jesús María (200 acciones). En fecha 2-12- 1992 la citada SA. se transformó en SL., siendo nuevos DIRECCION006 D. Ángel Daniel , con 398 participaciones, D. Plácido , 1 participación, y Dª Paula 1 participación,d) Domicilio social:

se fija en C/Magdalena 217, Ferrol, A Coruña.e) Organos de Administración: el Consejo de Administración está formado por D. Ángel Daniel , DIRECCION002 , su esposa Dª Paula , DIRECCION004 y el hijo de ambos D. Plácido...

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