Decreto 90/2013, de 30 de octubre, por el que se crea la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales del Principado de Asturias, se determina su organización, composición y funcionamiento y se crea el Fondo Documental Histórico de Instituciones Judiciales del Principado de Asturias. [Cód. 2013-20553]

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2013
SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de Modernización de los Archivos Judiciales, regula la organización y funcionamiento de los archivos judiciales y establece el procedimiento para el expurgo de la documentación judicial cuando los expedientes ya no están pendientes de ninguna actuación judicial y no se haya determinado su conservación permanente.

A tal fin, el citado real decreto dedica el Capítulo III a la regulación de los expurgos de documentos judiciales y, dentro de este Capítulo, diseña en el artículo 14 lo que denomina Juntas de Expurgo, a las que se remiten los expedientes de aquellos asuntos que se han ejecutado definitivamente o respecto de los que hayan transcurrido los plazos de caducidad o prescripción, configurando a aquéllas como órganos colegiados de naturaleza administrativa que tienen por finalidad determinar, por cuenta del órgano responsable del respectivo Archivo Judicial de Gestión, la exclusión o eliminación de los expedientes procesales o gubernativos del Patrimonio Documental o, en caso contrario, la transferencia de los mismos a la Administración competente en materia de patrimonio histórico.

Por otro lado, el citado precepto dispone la obligación de constituir una Junta de Expurgo en cada Comunidad Autónoma con competencia en el respectivo ámbito territorial. Asimismo, distingue entre las Juntas de Expurgo adscritas al Ministerio de Justicia y las pertenecientes a Comunidades Autónomas que tengan transferidas las competencias en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, correspondiendo, en este caso, a las propias Comunidades Autónomas la determinación de la sede y composición de la Junta de Expurgo.

De acuerdo con el Real Decreto 966/2006, de 1 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias fueron traspasadas al Principado de Asturias, las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, correspondiendo, por tanto a nuestra Comunidad Autónoma, el desarrollo del Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, en lo referente a la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales que debe constituirse en el Principado de Asturias.

El artículo 2.2 b) del Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, establece que la Consejería de Presidencia ejerce el desarrollo y gestión de las competencias que en materia de justicia le corresponden al Principado de Asturias, junto con las funciones de relación con el Poder Judicial y con los colegios y asociaciones profesionales de este ámbito; correspondiendo a la Dirección General competente en materia de Administración de Justicia.

Por su parte, el artículo 5.1 del mencionado Decreto 4/2012, de 26 de mayo, atribuye a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte la competencia para la promoción de la cultura en sus diversas manifestaciones, el desarrollo de la política lingüística, la protección y difusión del patrimonio histórico, de los museos y de las artes, fomento de las fiestas tradicionales, bibliotecas y archivos.

Teniendo en cuenta que los expedientes judiciales, además del valor histórico y cultural que puedan tener, pueden ser merecedores de otro valor jurídico-procesal, con el presente decreto se crea la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales, regulándose su creación, composición, organización y funcionamiento, y el Fondo Documental Histórico de Instituciones Judiciales del Principado de Asturias que estará formado por los expedientes que, provenientes de los distintos Juzgados y Tribunales con sede en el Principado de Asturias, la Junta de Expurgo estime que son dignos de ser preservados, correspondiendo a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico velar por la correcta custodia y conservación de aquéllos. Es por ello, que se hace necesaria una actuación conjunta y coordinada de ambas Consejerías con objeto de garantizar la preservación de tales expedientes. De conformidad con el Decreto 33/2005, de 28 de abril, por el que se crea y regula el Archivo Histórico de Asturias, corresponde a éste la conservación de la documentación histórica.

En el ejercicio de las referidas competencias, con la presente...

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