STSJ Comunidad de Madrid 455/2006, 23 de Marzo de 2006
Ponente | MARIA JESUS VEGAS TORRES |
ECLI | ES:TSJM:2006:5434 |
Número de Recurso | 230/2005 |
Número de Resolución | 455/2006 |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTAJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
Apelación nº 230/05
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00455/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO DE APELACIÓN Nº 230/05
SENTENCIA NÚM.455
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
D. José Felix Martín Corredera
En la Villa de Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil seis.
Vistos por los autos del recurso de apelación nº 230/05 que ante esta Sala, ha promovido el letrado Sr. Lucas Cedillo en nombre de D. Jose María , contra el auto dictado en fecha 28 de marzo de 2005, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 83/05. Ha sido parte la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID, representada por el Sr. Abogado del Estado.
Con fecha 14 de enero de 2005 por el letrado Sr. Lucas Cedillo se interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta de la solicitud de caducidad del procedimiento de expulsión incoado a D. Jose María y el archivo de las actuaciones.
Con fecha 28 de marzo de 2005 el Juzgado dictó Auto por el que se inadmite a trámite el recurso contencioso administrativo y se acuerda el archivo de las actuaciones por falta de representación de la parte recurrente.
Contra dicho auto se ha interpuesto el presente recurso de apelación en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para votación y fallo el día 21 de marzo, fecha en la que ha tenido lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.
Se interpone el presente recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 28 de marzo de 2005 que inadmite a trámite el recurso contencioso administrativo y se acuerda el archivo de las actuaciones por falta de comparecencia personal o de representación de la parte recurrente.
Es un axioma absoluto el de que la parte actora en un recurso contencioso- administrativo SIEMPRE ha de estar en el proceso, y ello puede hacerlo: a) por sí misma firmando el escrito con asistencia de letrado, cuando la Ley lo permita; b) representada y defendida simultáneamente por Letrado con poder bastante o apoderamiento apud acta, también cuando así esté autorizado; c) asistencia de Letrado y representada por Procurador debidamente apoderado. Tratándose de un procedimiento abreviado ante el Juzgado, el escrito de interposición debió ir firmado por la parte en persona, junto con su Letrado. Como no lo estaba, y el Letrado carecía de representación, se impone la comparecencia personal o el acreditamiento de representación. Entonces, y como el Letrado asumió plenamente la defensa en vía administrativa, es a él a quien correspondía, en beneficio de su...
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