La expropiación procesal como naturaleza de la enajenación judicial forzosa

AutorLuis Patricio Ríos Muñoz
CargoMagíster en Derecho Procesal por la Universidad Nacional de Rosario (Argentina) - Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Arturo Prat, Iquique (Chile) - Abogado
Páginas307-358
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RESUMEN: Pretendemos analizar la fase de realización del Proceso de Ejecución, y den-
tro de las múltiples posibilidades de realización, de la denominada enajenación forzada,
aquella que permite la conversión en dinero de los bienes embargados al deudor, para
con ello satisfacer la acreencia del ejecutante.
Creemos que la naturaleza de este fenómeno (enajenación forzada) es la expropiación,
fundado en el pensamiento lógico de que siendo el Estado el que garantiza los derechos
de libertad y propiedad, es también el Estado el que pueda privarnos de ellos, cuando
los particulares alteran de alguna manera el orden jurídico y social preestablecido. Así, la
sanción por intervención estatal llegará a sus niveles más extremos mediante la privación
de libertad y de la propiedad. La privación de la propiedad recibe la denominación gené-
rica de expropiación, aunque últimamente se ha venido reservando dicha expresión sólo
a la intervención estatal que dice relación con el Derecho Administrativo: la expropiación
por causa de utilidad pública, al punto que se ha llegado a confundir el género (la expro-
piación) con la especie (por causa de utilidad pública).
Por su parte, las teorías que intentan explicar la naturaleza jurídica de la enajenación
forzada se alejan de la esencia del instituto, fijando su atención en el acto de transmisión
de un bien a una persona y la adquisición del mismo por otra distinta, cuando en reali-
dad la atención ha de ponerse en las partes principales de la ejecución y no en el tercero
adquirente. Si trasladamos la atención al ejecutante y ejecutado, entonces la característica
La expropiación procesal como
naturaleza de la enajenación
judicial forzosa
(The Judicial Expropriation as the nature
of the public auction execution)
Luis Patricio Ríos Muñoz
Magíster en Derecho Procesal por la Universidad Nacional de Rosario (Argentina)
Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Arturo Prat, Iquique (Chile)
Abogado
luispriosm@gmail.com
JUSTICIA AÑO 2022
Núm. 1. Págs. 307-358
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JUSTICIA AÑO 2022
Núm. 1. Págs. 307-358
LUIS PATRICIO RÍOS MUÑOZ
principal será la privación de un bien del patrimonio del ejecutado para que con él o
con el resultado de su subasta, se satisfaga la acreencia del ejecutante. Este cambio de
prisma permite rebatir las teorías que asemejan la enajenación forzada a una venta, y nos
atrae hacia la expropiación como continente, que para diferenciarla de la administrativa,
apellidaremos «procesal».
PALABRAS CLAVE: Proceso de Ejecución, Procedimiento de Apremio, Naturaleza Jurídica,
Enajenación Forzada, Expropiación Procesal.
ABSTRACT: We intend to analyze the phase of realization of the Execution Process, and
within the multiple possibilities of realization, of that so-called forced alienation, the one
that allows the conversion into money of the assets attached to the debtor, in order to
satisfy the accretion of the performer.
We believe that the nature of forced alienation is the expropriation, based on the logical
thought that being the State the one that guarantees the rights of freedom and property,
it is also the State that can deprive us of they, when individuals alter in some way the
pre-established legal and social order. Thus, the sanction for state intervention will reach
its most extreme levels by deprivation of liberty and deprivation of property. The depriva-
tion of the property receives the generic denomination of expropriation, although lately
this expression has been reserved only to the state intervention that says relation with
the Administrative Law: the expropriation due to public utility, to the point that it has
become confused gender (expropriation) with the species (due to public utility).
Accordingly, theories that attempt to explain the legal nature of forced alienation depart
from the essence of the institute; thus, whether they are private or publicist (even proce-
duralist), they focus on the act of transmitting a good to a person and acquiring it for a
different one, when in fact the attention must be placed on the main parts of the execu-
tion and not in the third party acquirer. If we transfer the attention to the performer and
executed, then the main characteristic will be the deprivation of a good of the assets of
the executed so that with the good itself or the result of its auction, the accretion of the
performer is satisfied. This change of axis allows us to realize the mistaken of the theories
that seek to approximate forced alienation to a sale, but also attracts us to the figure of
expropriation as a continent of that, which for the purpose of our study and in order to
differentiate it from administrative expropriation, we will call «procedural».
KEYWORDS: Execution Process, Pressing Procedure, Legal nature, Forced Disposal, Pro-
cedural Expropiation.
Fecha de recepción: 9 de noviembre de 2020
Fecha de aceptación: 12 de diciembre de 2021
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SUMARIO
1. Introducción. 2. Delimitación de l objeto de estudio. 3. Precisione s terminológica s. 3.1.
Procedim iento de apremio o simplemente «apremio». 3.2. Realización forzosa. 3.3. Ena-
jenación forza da. 4. La Naturaleza Jur ídica: lo que entenderemos por ella. 5. Est ado del
arte: las di stintas teorí as sobre la enajenación for zada. 5.1. Teorías privati stas con base en
la compraventa y la r epresentación. 5.2. Teorías publici stas con eje en el acto público y el
acto procesal. 5.3 . Teoría ecléctica del «Con trato Procesal». 5.4. L a Teoría propuesta por
Díez-Pica zo y defendida por Murga Fer nández. 6. La i ntervención e statal: la E xpropia-
ción como instit ución marco. 6.1. Breve rese ña histórica de la E xpropiación. 6.2. Intento
* Magíster en Derecho Procesal por la Universidad Nacional de Rosario (Argenti-
na); Becario por la Fundación Serra Domínguez para el I Curso de Profundiza-
ción en Derecho Procesal dictado en conjunto por el Instituto Iberoamericano
de Derecho Procesal y la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona, España, 2018);
Premio (VIII versión) Instituto Vasco de Derecho Procesal (San Sebastián, País
Vasco, 2018); Finalista de los Premios Gabilex (Castilla, La Mancha, 2020); Abo-
gado, Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Arturo Prat, Iquique
(Chile). Correo electrónico, luispriosm@gmail.com. Sitio web http,//luispatricio-
riosmunoz.webnode.cl.
La expropiación procesal como
naturaleza de la enajenación
judicial forzosa
(The Judicial Expropriation as the nature
of the public auction execution)
Luis Patricio Ríos Muñoz*
Magíster en Derecho Procesal por la Universidad Nacional de Rosario (Argentina)
Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Universidad Arturo Prat, Iquique (Chile)
Abogado
luispriosm@gmail.com
JUSTICIA AÑO 2022
Núm. 1. Págs. 307-358

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