STSJ Cataluña , 8 de Junio de 2001

PonenteMARIA FERNANDA NAVARRO ZULOAGA
ECLIES:TSJCAT:2001:7070
Número de Recurso170/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE C A T A L U Ñ A. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCION 2ª.

-Recurso número 170 del año 2.000.- SENTENCIA Nº 614 de 2.001 ILUSTRISIMOS SEÑORES D. EMILIO BERLANGA RIBELLES Dª. Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA D. DIMITRY BERBEROFF AYUDA En Barcelona a ocho de junio del año dos mil uno. LA SECCION 2ª DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la siguiente sentencia en el recurso de apelación, número 170 del año 2.000, seguido entre partes; como demandante Doña María Dolores , representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Carmen Rami Villar y asistida por el letrado Don Sebastian Martinez Ramos; y como Administración demandada el Ayuntamiento de Barcelona, representada y asistida por el Sr. Letrado Ignacio Gual; versando el proceso sobre autorización de entrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso ha interpuesto recurso de apelación contra el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 7 de los de Barcelona de 17 de octubre del año 2.000.

SEGUNDO

Siendo admitido en un sólo efecto, por el Tribunal de instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma apelante y apelado.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 5 de junio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales .

Siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte recurrente la legalidad del auto del

Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 7 de los de Barcelona de 17 de octubre del año 2.000 que acuerda autorizar la entrada solicitada por el ayuntamiento de Barcelona en las fincas de esta ciudad C/Orista n° 135 LB y LE para proceder al desalojo de las mismas.

SEGUNDO

De todo lo actuado merece destacarse que:

  1. El auto dictado por esta misma Sección en autos 147.00 acuerda el archivo del recurso presentado contra la resolución conjunta de 12.1.00 del Regidor del Distrito de Nou Barris y Regidor de Política del Sol i Habitatge, que resuelve desestimar la reclamación efectuada por el Sr. Jose Ángel en fecha 2.7.97 en el sentido que es el propietario y ocupante de una casa situada en la finca de la calle Orista y solicitando se inicie expediente para proceder a su indemnización y se le facilite acceso a una vivienda alternativa en base a los siguientes motivos. 1. Por lo que hace a la reclamación de que se inicie expediente para indemnizarle una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR