Expediente notarial de rectificación descriptiva del artículo 201 LH. Errores y cartografía catastral histórica

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: En los expedientes notariales de rectificación descriptiva del artículo 201 LH en los que resulte una aumento de superficie con modificación en la forma y perimetría de la finca respecto de la inscrita hay que acreditar el motivo de esos cambios de forma que se despejen esas dudas en el expediente. Una herramienta para ello es la consulta a la cartografía catastral histórica a la que el notario tiene acceso.

Hechos: Se tramita un expediente notarial del artículo 201 LH para rectificación descriptiva de finca inscrita, que aumenta su cabida de 3.866 m2 a 5.897 m2. El certificado catastral actual es coincidente con la nueva medida superficial. De las notificaciones a colindantes resulta que ninguno se ha opuesto a la rectificación pretendida.

La registradora suspende la inscripción pues tiene dudas de la identidad de la finca, ya que ha consultado la cartografía catastral histórica y resulta que no sólo ha variado la superficie sino también la forma y perimetría de dicha parcela respecto de la que figuraba cuando fue objeto de inmatriculación. Por ello deduce que han tenido que realizarse operaciones de modificación hipotecaria que no han accedido al Registro, circunstancia de la que ya se advirtió cuando se expidió a instancia del notario el certificado de dominio y cargas.

El interesado recurre y alega que la finca no ha variado de cabida, si bien es cierto que la cartografía catastral ha sufrido diversas rectificaciones por errores de representación gráfica de esta finca y de las fincas colindantes. Añade que la medida actual y representación gráfica consta en el Catastro desde poco después de la inmatriculación en el año 2003 y que no ha habido las modificaciones hipotecarias que supone la registradora sino rectificación de la cartografía catastral errónea.

La Dirección General desestima el recurso.

Doctrina: En el presente caso están justificadas las dudas de la registradora por cuanto no sólo hay una variación importante de la cabida sino también de la forma y perimetría de la parcela inscrita respecto de la que existía en el momento de la inmatriculación entonces plenamente coincidente con el Catastro.

Las dudas podrían haber sido despejadas en el expediente notarial, pero no se ha realizado ninguna diligencia para aclarar el motivo del aumento de superficie y de cambio de la perimetría. No basta para ello que ninguno de los colindantes notificados se haya opuesto.

Para ello se podrían haber realizado diligencias para...

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