Expediente de dominio para reanudar el tracto interrumpido. Debe ordenarse la cancelación de las inscripciones contradictorias

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Se plantea si para inscribir el auto aprobatorio de un expediente de dominio de reanudación de tracto debe contener expresamente el pronunciamiento de cancelación de las inscripciones contradictorias o, por el contrario, tiene por sí virtualidad cancelatoria sin necesidad de mandato alguno.

La Dirección confirma la nota de conformidad con el art. 286 RH y con la reiterada doctrina del propio centro directivo- RR 7 de marzo de 1979, 29 de agosto de 1983, 24 de enero de 1994, 4 de octubre de 2004 o de 16 de marzo de 2006-. En el mandato judicial de proceder a la cancelación de determinados asientos registrales, la necesidad de adecuación del auto judicial a la normativa aplicable al procedimiento se hace...

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