RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la instalación, existente, de una fábrica de producción y distribución de materias primas plásticas, de la empresa Polyone España, S. L., ubicada en el término municipal de Barbastro (Huesca) (Nº. Expte.: INAGA/900301/02/2006/10748).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la instalación, existente, de una fábrica de producción y distribución de materias primas plásticas, de la empresa Polyone España, S. L., ubicada en el término municipal de Barbastro (Huesca) (Nº. Expte.: INAGA/900301/02/2006/10748).

Visto el expediente que se ha tramitado en este Instituto para la concesión de Autorización Ambiental Integrada, a solicitud de Polyone España S. L. resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 20 de diciembre de 2006, el promotor- Polyone España S .L.-inicia el expediente remitiendo al INAGA el Proyecto «Instalación existente de una fábrica de producción y distribución de materia primas plásticas, ubicada en el término municipal de Barbastro (Huesca)», firmado por el Ingeniero José Luis Durán Aced colegiado nº 2448 y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón, con número 000985, y con fecha 30 de abril del 2007, con las características técnicas y ubicación del proyecto, al objeto de solicitar la Autorización Ambiental Integrada. El 10 de enero de 2007 se notifica al promotor el inicio del expediente. Con fecha 30 de abril del 2007 el promotor completa la documentación requerida.

Segundo.-La instalación existente es una industria de las incluidas en el Anejo VI, apartado 4º, se cita: «4.1.-Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos orgánicos de base, como: h) Materias plásticas de base (polímeros, fibras sintéticas, fibras a base de celulosa)», de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, por lo que se tramita la Autorización Ambiental Integrada. Dispone de Licencia de Actividades, emitida por el Ayuntamiento de Barbastro, con fecha 9 de septiembre de 1997, a titularidad de POLIBASA.

Tercero.-La empresa ha tramitado, en expediente independiente, ante la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático el Informe Preliminar de Suelos, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Cuarto.-Tras analizar la información contenida en el expediente, el INAGA somete a información pública la documentación presentada y se dicta Anuncio de 20 de junio de 2007, por la que se somete el Proyecto Básico a información pública durante treinta días hábiles. Con fecha 26 de junio del 2007 se comunica lo anterior al Ayuntamiento de Barbastro. El Anuncio se publica en el B.O.A. nº 76 de 27 de junio de 2007.

Quinto.-Durante el plazo citado de Información pública no se reciben alegaciones al proyecto «Solicitud de Autorización Ambiental Integrada de la Instalación existente de Fábrica de Producción y Distribución de materias primas plásticas de Polyone España S.L. en Barbastro (Huesca)»

Sexto.-Se solicita, con fecha 9 de agosto de 2007, informe al Ayuntamiento de Barbastro sobre la adecuación de la actividad a los aspectos de su competencia de acuerdo con el art. 47.7 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón. Sin embargo, dicho ayuntamiento no realiza el preceptivo informe dentro del plazo legal establecido y, por tanto, se continúa con la tramitación del expediente, tal como se señala en el art. 45 de Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.

Séptimo.-Se solicita, con fecha 8 de agosto de 2007, informe a la Confederación Hidrográfica del Ebro, sobre admisibilidad de vertido procedente de Polyone España, S. L. conforme a lo establecido en el art. 47 de Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón. Con fecha 26 de diciembre de 2007, se recibe en el INAGA informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Ebro, sobre admisibilidad de vertido procedente de Polyone España, S. L. con arreglo a una serie de condiciones y por un plazo de cinco años.

Octavo.-El trámite de audiencia al interesado, previsto en el artículo 47 de la Ley 7/2006, se llevó a cabo con fecha 13 de marzo de 2008. Con fecha 31 de marzo de 2008, se reciben en el INAGA alegaciones por parte del promotor, en contestación al informe propuesta. Posteriormente, se comunica al Ayuntamiento de Barbastro (Huesca) el borrador de la presente Resolución, sin que éste manifieste objeciones al mismo

Noveno.-La empresa se encuentra instalada en el Polígono Industrial Valle del Cinca s/n, en T.M. de Barbastro. La calificación urbanística del suelo donde se ubica la instalación es la de Suelo Urbano Producción Industrial. La instalación no se localiza en ningún enclave incluido en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, así como en ningún Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ni en ninguna Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), definida en base a la Directiva 79/439/CEE, de aves. Asimismo, se ha de señalar que la instalación no se ubica en zonas catalogadas como áreas de conservación de ninguna especie de aves protegidas, y en concreto, considerando las características del enclave, no se localiza en el ámbito del Plan de Conservación del Hábitat del Cernícalo Primilla.

Fundamentos jurídicos

Primero.-La Ley 23/2003, de 23 de diciembre, por la que se crea el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, modificada por el artículo 6 de la Ley 8/2004, de 20 de Diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo I de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas.

Segundo.-Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de general aplicación.

Tercero.-La pretensión suscitada es admisible para obtener la Autorización Ambiental Integrada de conformidad con el Proyecto básico y la documentación aneja aportada, si bien la autorización concedida queda condicionada por las prescripciones técnicas que se indican en la parte dispositiva de esta resolución.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación; la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón; la Ley 37/2003, del 17 de noviembre, de Ruido; la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos; el Real Decreto 208/2005, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos; el Real Decreto 679/2006, por el que se regula la gestión de aceites industriales usados; el Decreto 2/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos industriales no peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorización en la CAA.; la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; el Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas; el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas; el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, de 11 de abril de 1986, modificado por el Real Decreto 606/2003; la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, modificada por la Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de Medidas Urgentes en Materia de Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y su modificación en la Ley 4/1999; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de Julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Otorgar la Autorización Ambiental Integrada a Polyone España, S. L. NIF: B-22019723, CNAE: 24.16, ubicado en el Polígono Industrial Valle del Cinca s/n, cuyo suelo está clasificado como «urbano consolidado» y calificado como de «Industrial», en el término municipal de Barbastro (Huesca), coordenadas UTM (X: 757230 Y: 4655715 Z: 335), para una Fábrica de producción y distribución de materias primas plásticas, con una producción de 30.000 Tm/año. Dicha Autorización se otorga con el siguiente condicionado:

1.1.-Descripción de la instalación

La planta de Polyone España, S. L. cuenta con una superficie total ocupada de 27.956 m2 y se dedica a la extrusión de Poliamida 6 y Poliamida 6.6 para moldeo, así como extrusión de otros plásticos y polimerización de caprolactama para producir poliamida 6; para ello cuenta con una plantilla aproximada de 85 personas.

Cuenta con una planta de polimerización y una de extrusión. En la planta de polimerización es donde se obtiene como producto final poliamida 6 por polimerización de la Caprolactama, monómero que se recepciona fundido, se almacena en tanques calorifugados, y es introducido en autoclave al proceso junto con otros aditivos donde por acción de la presión y la temperatura tiene lugar su polimerización. Posteriormente, se hace pasar el polímero, bajo presión de nitrógeno, por un cabezal de extrusión, dándole forma de cable continuo que se enfría en un baño de agua, cortándose a continuación en forma de granza. La granza es lavada para eliminar el monómero que contiene, secada en un secador rotativo al vacío y almacenada en silos. Parte es vendida y parte es enviada a la planta de...

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