¿Existe una justicia administrativa antes de la revolución francesa? La jurisdicción administrativa local durante el Antiguo Régimen en Francia

AutorCédric Glineur
Cargo del AutorUniversidad de Le Havre. Francia
Páginas27-52
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CAPÍTULO 1
¿EXISTE UNA JUSTICIA ADMINISTRATIVA ANTES
DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA?
LA JURISDICCION ADMINISTRATIVA LOCAL
DURANTE EL ANTIGUO REGIMEN EN FRANCIA
CÉDRIC GLINEUR
Universidad de Le Havre1
Sumario: I. EL INTENDENTE, JUEZ DE ATRIBUCIÓN DEL CONTENCIO-
SO DE LA ADMINISTRACIÓN. 1. El tribunal del Intendente. 2. Las com-
petencias del Intendente. II. EL DESARROLLO DEL CONTENCIOSO DE
LA ADMINISTRACIÓN POR EL INTENDENTE. 1. El procedimiento
contencioso. 2. El sistema de recursos. III. CONCLUSIÓN.
La cuestión relativa a la existencia de una jurisdicción administra-
tiva anterior a la Revolución francesa de 1789 ha suscitado, entre los
historiadores del derecho, una importante controversia doctrinal has-
ta el punto de que el debate historiográfico ha distinguido dos escuelas
bien diferenciadas, cada una de ellas con posiciones, al respecto, bien
consolidadas aunque sustancialmente opuestas. Para un sector doctri-
nal, la separación de las autoridades administrativas y judiciales era
una cuestión indispensable para hacer emerger la idea de una justicia
administrativa, la cual no habría podido desarrollarse hasta el naci-
miento y la entrada en vigor de la ley 16-24 de agosto de 1790 sobre la
organización judicial. Esta ley, al disociar netamente justicia y admi-
1 Cédric Glineur es Catedrático de Historia del Derecho de la Universidad
de Le Havre. Francia. Email: cedricglineur@msn.com.
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nistración, habría permitido el conocimiento por parte de la adminis-
tración de justicia del contencioso generado por la administración,
cuando con su actividad se demuestra que ha lesionado los intereses
de los particulares. Al contrario, durante el Antiguo Régimen, la con-
fusión de las funciones judiciales y administrativas, propias de la for-
ma absolutista de ejercicio del poder, por el que se encuentran reuni-
dos todos los poderes en las manos del Monarca, habría hecho
imposible la existencia de una tal justicia administrativa2.
Por otra parte, otro sector doctrinal considera que la monarquía,
gracias al célebre edicto de Saint Germain en Laye promulgado en 1641,
habría querido disociar de forma nítida la justicia de la administración.
La primera reservada a los tribunales ordinarios y a los parlamentos, y
la segunda reservada al Monarca y a sus comisarios. Se habrían estable-
cido las condiciones para que pudiera emerger un contencioso específi-
co, el de la administración, en el que su conocimiento y desarrollo habría
sido confiado exclusivamente a los intendentes y al Consejo del Rey3. Esta
posición, estimulante a primera vista, ha sido no obstante, puesta en tela
de juicio, puesto que el preámbulo del edicto de 1641 y el contexto polí-
tico en el que fue promulgado nos inducen a pensar que el poder real
había querido únicamente impedir a los altos tribunales y a sus oficiales,
inmiscuirse en el gobierno del reino, no en su administración4. La lectu-
ra del texto parecería confirmar nítidamente esta idea; sin embargo nos
parece, no obstante, poco probable que sus redactores hubieran tenido
realmente la voluntad consciente de pertenecer a una administración que
se habría desarrollado al punto de suplantar al viejo Estado de justicia.
Sin duda este cambio es todavía demasiado prematuro. Aun así, si la
2 G. BIGOT, Introduction historique au droit administratif depuis 1789, París,
PUF, 2002, pp. 28-30.
3 M. BOULET-SAUTEL, « Recherches sur l’expédition du contentieux adminis-
tratif devant le Conseil du roi à la fin de l’Ancien Régime », en Conseil d’État.
Etudes et documents, 1965-1966, p. 15; F. MONNIER, Les marchés de travaux publics
dans la généralité de Paris au XVIIIe siècle, París, 1984, pp. 373-375; J.L. MESTRE,
Introduction historique au droit administratif français, París, 1985, pp. 189-190.
4 P. P AYEN, Les arrêts de règlement du Parlement de Paris, Dimension et doc-
trine, París, 1997, pp. 200-219; G. BIGOT, « La difficile distinction droit public/
droit privé dans l’ancien droit: l’exemple du droit administratif », en Droits, n°
38, 2003, pp. 101-102; K. WEINDENFELD, Histoire du droit administratif du XIVe
siècle à nos jours, París, 2010, pp. 15-16.
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