La exigencia ética y política de proximidad, atención y buen trato. Introducción a la sección monográfica 'la Administración pública y el cuidado de las personas

AutorJoan Lluís Pérez Francesch
CargoCatedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Barcelona y secretario de la Revista Catalana de Dret Públic
Páginas1-5
Revista catalana de dret públic #62
www.rcdp.cat
LA EXIGENCIA ÉTICA Y POLÍTICA DE PROXIMIDAD, ATENCIÓN Y BUEN TRATO.
INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN MONOGRÁFICA “LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y
EL CUIDADO DE LAS PERSONAS”
Joan Lluís Pérez Francesch*
Resumen
A partir del reconocimiento de la fragilidad y la vulnerabilidad de la persona –como ha ocurrido con la actual pandemia
de la COVID-19– se deende una exigencia ética y también política consistente en el cuidado de las personas. Se nos
presenta el reto de construir un nuevo paradigma político donde el cuidado sea el centro de gravedad de la legitimidad
de los poderes públicos, aparte de las relaciones comunitarias, no reducido a la condición de ciudadano. La denición
de un estado del bienestar útil debe tener en cuenta prestaciones públicas ecaces y ecientes, con una gestión pública
al servicio de unas personas cuidadas, centrada en la proximidad, la atención y el buen trato. Esto conlleva por parte de
los poderes públicos una preocupación en tres ámbitos, en especial: las personas –sobre todo las necesitadas de ayuda–
el medio ambiente y los animales no humanos. En todo caso, se trata de políticas públicas que se mueven en el ámbito
de los derechos prestacionales, lo que signica que necesitan una asignación presupuestaria adecuada –no precaria–, y
presuponen una concepción “social” de la democracia. Al nal se presentan las aportaciones a la parte monográca del
presente número de la Revista.
Palabras clave: personas; vulnerabilidad; derechos prestacionales; estado del bienestar; gestión pública; legitimidad;
ciudadanía.
THE ETHICAL AND POLITICAL DEMAND OF PROXIMITY, ATTENTION AND GOOD
TREATMENT. INTRODUCTION TO THE MONOGRAPHIC SECTION “PUBLIC
ADMINISTRATION AND CARING FOR PEOPLE”
Abstract
Acknowledging the fragility and vulnerability of people —as has become apparent with the current COVID-19
pandemic— is the basis for defending an ethical and also political demand consisting of caring for people. We are faced
with the challenge of building a new political paradigm in which care underpins the legitimacy of public authorities, in
addition to community relations, not reduced to the condition of citizenship. The denition of a useful welfare state must
take into account effective and efcient public services, with public management at the service of cared-for people and
focused on proximity, attention and good treatment. This compels public authorities to be concerned with three specic
areas: people (especially those in need of help), the environment and non-human animals. In any case, this requires
public policies that operate in the sphere of rights to benets, which means that they require an adequate, non-precarious
budget allocation and presuppose a “social” conception of democracy. The contributions to the monographic part of
this issue of the journal are presented at the end.
Key words: people; vulnerability; social rights; welfare state; public management; legitimacy; citizenship.
* Joan Lluís Pérez Francesch, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Barcelona y secretario de la
Revista Catalana de Dret Públic. Facultad de Derecho. Departamento de Ciencia Política y Derecho Público, Edicio B, despacho
B2-156, 08193 Bellaterra (Cerdanyola del Vallès). JoanLluis.Perez.Francesch@uab.cat, @jotajlpf.
Texto recibido el 05.05.2021.
Citación recomendada: Pérez Francesch, Joan Lluís. (2021). La exigencia ética y política de proximidad, atención y buen trato.
Introducción a la sección monográca “La Administración pública y el cuidado de las personas”. Revista Catalana de Dret Públic,
62, 1-5. https://doi.org/10.2436/rcdp.i62.2021.3655.
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El presente número de la Revista Catalana de Dret Públic contiene en la parte monográca varios artículos
que hemos reunido bajo el rótulo común de “La Administración pública y el cuidado de las personas”.
La cultura del cuidado (Francisco, 2021) ha cogido vuelo los últimos años y ha estallado con la pandemia del
COVID-19. Hace años que se habla de la necesidad de los cuidados, de garantizarlos, desde una perspectiva
multidisciplinar, es decir, desde la antropología, la losofía, la psicología, la sociología, la teoría política o
el derecho. La constatación de la vulnerabilidad y de la fragilidad humanas, de la existencia de “periferias de
la vida” (Ricardi, 2017; Torres, 2021) que hay que atender, nos presenta un escenario muy diferente a lo que
estamos acostumbrados. La proximidad a la necesidad, a la preocupación por los demás seres, humanos o no,
así como por el medio ambiente, conguran un ámbito amplio donde se han de plantear los cuidados (Pérez
Francesch, 2020). Unos cuidados integrales, de cuerpo y alma, para que la persona disfrute de la máxima
protección, y se posibilite el pleno desarrollo de la dignidad (Francklin, 2010; Nightingale, 2013).
Atender el cuidado de la persona debería convertirse en una exigencia ética, pero también política y, por
lo tanto, administrativa. El reto es construir un nuevo paradigma político donde el cuidado sea el centro de
gravedad de la legitimidad de los poderes públicos y también de las relaciones comunitarias. Se ha escrito
mucho acerca de la perspectiva ética interpersonal de los cuidados (Laguna, 2021), y sobre la construcción de
vínculos comunitarios (Mounier, 2008). Pero no mucho sobre la denición del estado del bienestar real, el de
la creación de prestaciones públicas ecaces y ecientes, desde la política institucional o la gestión pública
al servicio de las personas, que podríamos denir como políticas para el “bien ser”.
Durante los últimos siglos la política se ha entendido como una actividad que giraba en torno al contrato o la
utilidad de la condición de ciudadano, al amparo de la construcción europea del estado nación. La máxima
condición política ha sido y es ser ciudadano, y disfrutar de todos los derechos propios de este estatuto, el
cual para adquirirlo y mantenerlo no hay que hacer gran cosa: el nacimiento o la residencia son sucientes.
Y generan sobre todo derechos especícos (aquellos que expresan la participación política).
La revolución francesa consagró la tríada “libertad, igualdad, fraternidad”, pero el último de estos tres
conceptos siempre ha estado pendiente de una implementación real. El cuidado nos sitúa ante la fraternidad
como valor, y complementa los otros dos que ha desarrollado el estado del bienestar. En otros términos
podemos decir que es posible un despliegue del amor cívico, sobre el que ya los clásicos habían hablado,
y por lo tanto la construcción de un nuevo modelo político basado en la atención a las personas, la plena
humanización de las relaciones humanas e, incluso, –y este es el reto más difícil- la institucionalización de un
sistema de prestaciones públicas ecaces para hacer frente a la vulnerabilidad, las necesidades vitales básicas
y, en denitiva, el pleno cuidado de las personas y del entorno –las periferias- donde se desarrolla la vida.
Nos encontramos, por tanto, ante una exigencia de gestión pública, centrada en la proximidad, la atención,
el buen trato, que conlleva por parte de los poderes públicos la preocupación de tres ámbitos, en especial: las
personas –sobre todo las vulnerables y necesitadas de ayuda-, el medio ambiente y los animales no humanos.
La pandemia del COVID-19 nos ha puesto de maniesto la fragilidad de la condición humana, que algunos
quizás habían olvidado, y la política, tras una etapa basada en los recortes y la austeridad económica, se
ha vuelto a situar en la intervención pública, a n de tratar de frenar las consecuencias de la parálisis de la
actividad económica.
Algunos, con una ingenua conanza en el cientismo, nos dijeron que todo tenía remedio –que todo saldría
bien-, y que casi seríamos inmortales, como los transhumanistas (Pérez Francesch, 2019). Hemos redescubierto
que la ciencia salva vidas, pero también es determinante la caricia y el afecto, la ayuda, es decir, hacerse
cargo de los demás. Y esto todavía tiene más relevancia en el momento en que la actual crisis pandémica ha
caído sobre una sociedad precarizada, desatendida, demasiado desconectada de las prestaciones públicas tras
la gran crisis de 2008 (Standing, 2013).
Hoy amplias capas de la población se encuentran debilitadas, en peligro de exclusión social. Sufren graves
problemas de pobreza habitacional, en el umbral de la subsistencia. Trabajar no es una condición para vivir
dignamente. La crisis migratoria nos ofrece la imagen de una Europa que no quiere acoger, que mira a otro
lado y convierte el extranjero en un enemigo. Demasiada gente se encuentra necesitada de ayuda y el tercer
sector está desbordado. El medio ambiente se convierte en una alcantarilla que continuamente debemos sanear.
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Vivimos desconectados de la naturaleza, contaminados por el aire y por unas formas de vivir insostenibles.
Para ello hay que institucionalizar los cuidados, hacer que sean unas políticas públicas bien presupuestadas,
para que se muestren útiles para ayudar a salir del agujero a muchísimas personas.
El pensamiento feminista ha hecho muchas aportaciones al cuidado de las personas, basándose en la idea
central que esta actividad siempre ha estado asociada a la mujer y a la esfera doméstica. En esta línea de
pensamiento, el contrato social reserva para los hombres la vida pública y sitúa a la mujer en el hogar para
llevar a cabo cuidados de todo tipo. El ecofeminismo amplía la mirada al cuidado del medio ambiente y del
entorno. En todo caso, se trata de aportaciones desde la reivindicación de la importancia de los cuidados y
de todo lo que estos expresan: sensibilidad, ternura, compasión, estimación y prevalencia del ser al tener.
Al nal, no se quiere asociar unas actitudes con ningún género o identidad, porque se deende una nueva
concepción de la vida política que afecta a todos los géneros, lo cual es, por tanto, un nuevo humanismo, que
debe pasar de la dominación a la atención de la vulnerabilidad (Ruddick, 1989). El cuidado debe convertirse
en una responsabilidad humana y social que corresponde a toda persona con independencia de su género
(Carrasco, Borderías, Tornos, 2013).
Se abre la puerta a una cultura cívica, de la responsabilidad social de la persona, un humanismo descentrado
al servicio de los demás. Una auténtica comunidad con lazos humanos mucho más sólidos que los meramente
societarios. Se supera también la centralidad de la idea de ciudadanía, meramente formal, por una ciudadanía
cuidada o “cuidadanía”, producto de un contrato social entre sujetos con identidades múltiples, en el marco
de una democracia compleja (Innerarity, 2020), que necesariamente debe superar las estructuras sociales e
institucionales actuales.
De esta manera vamos a parar al meollo de la cuestión del tema que nos ocupa: diseñar instituciones
representativas e inclusivas que sirvan para generar y gestionar políticas públicas que canalicen prestaciones
útiles a las personas necesitadas. No encuentro una justicación más profunda para el estado que la gestión
del bienestar de los ciudadanos, individuos, personas, nacionales y extranjeros (Tronto, 1993). La intervención
del estado en la sociedad está en la base del llamado estado social o estado del bienestar, aunque hace décadas
que se habla de la crisis del estado social, entre otras razones por la insuciencia nanciera para hacer frente
cada vez a más sectores y ámbitos (García Cotarelo, 1986).
El intervencionismo estatal tiene su razón de ser en la garantía de la igualdad de acceso a los servicios públicos
y en el mantenimiento de la igualdad material en general, es decir, la igualdad para que todos puedan ser
libres. Hay ámbitos estructuralmente ineludibles para que el estado garantice condiciones de igualdad, como
la educación o la sanidad, y sobre todo la garantía de unas condiciones mínimas vitales, desde percepciones
económicas como el salario mínimo o la renta mínima de ciudadanía, la protección de los menores de edad –el
interés superior del menor-, la ayuda a la discapacidad, la atención a las personas de la tercera edad -la gestión
de las residencias durante la pandemia ha sido un auténtico escándalo-, la lucha contra el desempleo, etc. Sin
embargo, hoy las políticas públicas deben tener inexorablemente en cuenta la protección del medio ambiente,
en la medida en que conlleva una mejor integración del ser humano con la naturaleza, y por supuesto también
un mejor trato a los animales como seres sintientes (Zubiri, 1998; Shiva, 1991).
Todas las políticas mencionadas se mueven en el ámbito de derechos prestacionales, comportan una asignación
presupuestaria adecuada -no precaria-, y suponen una concepción social de la democracia. Esto quiere decir,
un fortalecimiento del capital humano y social, que pone a la persona en el centro de la acción política.
En el marco de las coordenadas anteriores, presentamos en este número varias aportaciones, que abordan
aspectos sectoriales del tema que nos ocupa.
Albert Llorca Arimany lleva a cabo una reexión losóca en su artículo “L’ètica de la cura a l’Administració
pública”. Sostiene que ésta debe desplegar cualidades humanas, como la humildad de actuación, el respeto a
los ciudadanos y la satisfacción de sus derechos básicos. Deende la puesta en valor de una educación cívica,
que afecta a todos, Administración y administrados, que huya de la burocratización, la despersonalización o
la masicación. Los ciudadanos son titulares de derechos fundamentales, que no pueden ser dicultados o
ignorados por la gestión pública, la cual debe tener muy presente la satisfacción de los intereses generales.
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Enfatiza la necesidad de acercar las instancias europeas a las personas y superar determinadas indiferencias
o insuciencias como la grave crisis de los refugiados.
Salvador Cardús Ros, en “El projecte de reforma horària. L’impacte en el sector públic” nos aporta una serie
de consideraciones sobre el proyecto de reforma horaria en Cataluña, el cual desde 2013 intenta implantarse,
y analiza concretamente su impacto en la Administración pública y en los servicios públicos, a partir de
las propuestas que constan en el Pacto para la reforma horaria. Objetivo 2025, de 2017. Una nueva forma
de entender los usos horarios repercutirá en una mejora de las condiciones de vida de las personas y del
funcionamiento de la Administración pública.
M. Mercè Darnaculleta Gardella reexiona sobre la gestión de los servicios públicos de atención a las personas,
según los criterios del derecho administrativo actual en “Les noves modalitats de gestió de serveis a les
persones a la legislació autonòmica de serveis socials: especial referència a l’acció concertada”. Esta se mueve
según la autora con demasiada indenición jurídica, lo que pone en duda la imprescindible seguridad jurídica.
Sixte Garganté Petit, desde su atalaya como coportavoz de la Comisión promotora de la Renta Garantizada
de Ciudadanía durante la tramitación parlamentaria en el Parlamento de Cataluña, escribe “Les prestacions
econòmiques de protecció social de les comunitats autònomes: previsions legals de seguiment i d’avaluació
de la seva efectivitat, amb especial referència a la renda garantida de ciutadania a Catalunya i a l’ingrés
mínim vital estatal”. Se trata de prestaciones con el n de garantizar los mínimos de una vida digna a quien
no disponga de recursos económicos. El artículo tiene por objeto el análisis de los instrumentos legales de
seguimiento y de evaluación del derecho para garantizar la efectividad de la prestación económica. También
se hace una aproximación a unos posibles parámetros de evaluación aplicados a la prestación económica de
la renta garantizada de ciudadanía en Cataluña y pone énfasis en la oportunidad que supone la entrada en
vigor de la prestación económica estatal del ingreso mínimo vital.
Federico Laus, en “La posizione del cittadino nelle relazioni con la pubblica amministrazione in Italia” hace
un análisis desde la perspectiva de las relaciones entre el ciudadano y la Administración e incide con fuerza
sobre la digitalización y la colaboración entre el sector público y el privado. En este contexto, el administrado
debería ser un ciudadano con plenitud de derechos que se relaciona con una administración eciente, ecaz
y respetuosa de sus necesidades reales.
Finalmente, hay un dossier sobre la materia de esta parte monográca, a cargo de Mònica Sumoy Gete-Alonso
con un conjunto de recursos normativos, bibliográcos, y documentales de signo diverso, que esperamos sean
útiles para los lectores de la Revista.
Todas las aportaciones mencionadas nos dan argumentos para mejorar la regulación y la prestación de
servicios públicos, a n de avanzar con paso rme en una gestión pública más atenta, cercana, responsable
y humana. Parafraseando al profesor Alejandro Nieto, deseamos que nunca más un acto administrativo sea
un “budo administrativo”. Y también que se avance en el buen gobierno y reculen las prácticas de la “mala
administración”.
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