STSJ Cataluña , 25 de Enero de 2000

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2000:901
Número de Recurso921/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso nº 921/96 Partes: COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS CLH, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONA SENTENCIA Nº 48 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. JOSÉ JUANOLA SOLER MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de enero de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

921/96, interpuesto por LA COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS CLH, S.A., representada por la Procuradora Dª MARTA DURBAN PIERA y dirigida y asistida por el letrado D. JULIO PUENTE VIDAL, contra el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por el Procurador D. JUAN RODES DURALL y dirigido y asistido por la letrada consistorial.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora citada, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acto que expresa en el escrito de interposición del recurso, consistente en la resolución de fecha 11 de marzo de 1996 por la que el Ayuntamiento de Barcelona desestimó la solicitud de exención del Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en relación a diez estaciones de servicio de Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 4 de enero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo interpuesto a nombre de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) S.A. tiene por objeto la pretensión anulatoria de la resolución de 11 de marzo de 1996 por la que el Ayuntamiento de Barcelona desestimó la solicitud de exención del Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en relación a diez estaciones de servicio situadas en el término municipal de Barcelona, que fueron adquiridas por las sociedades beneficiarias de la escisión de la Compañía Arrendataria del Monopolio de petróleos, S.A. (CAMPSA); la cuantía del recurso se reputa indeterminada.

SEGUNDO

Mediante escritura pública otorgada el 26 de marzo de 1992, diversas sociedades beneficiarias de la escisión de CAMPSA, acordada el 30 de diciembre de 1991, adquirieron diez estaciones de servicio ubicadas en el término municipal de Barcelona. La Sociedad transmitente...

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